24 de octubre de 2025

BAJA TRIBUTARIA VEHÍCULOS AUTOMOTORES TERRESTRES

En que consiste: Es la suspensión temporal o definitiva de su Registro Tributario en la base de datos del Padrón Municipal de Contribuyentes, con el objetivo de no generar deudas tributarias a partir de la fecha que indique la Resolución, considerando la documentación presentada para los diferentes tipos de baja (por exportación, obsolescencia, siniestro, deterioro, robo y por fuera de circulación). Donde se inicia el servicio: SERVICIO PRESENCIAL CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV). Teléfono(s) de consultas: Línea Gratuita: 155 (opción 2) Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352 Teléfono: 2652228 – 2652234 Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas: Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas) Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM Días y horarios de atención: ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo) CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00                  – Sábados: 08:00 a 13:00 PIAC SUR – Lunes a  Viernes de : 08:30 a 16:30 PIAC CAMACHO – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00 NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio. Tiempo de duración: 20 minutos (tiempo promedio de un registro) Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: El trámite es personal o con testimonio poder con facultades. Presentación de requisitos legibles y sin enmiendas. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las Plataformas de Atención al Contribuyente de manera presencial, se tomará una fotografía y huella digital, siempre y cuando el trámite sea realizado por el o los propietarios y se requiera realizar el registro o modificación de datos. El vehículo no debe registrar adeudos  tributarios a la fecha de baja del vehículo (según corresponda). Requisitos: Inhabilitación por exportación: [Descargar nota de solicitud] Fotocopia de la Declaración Única de Exportación DUE (Póliza de Exportación). Placas metálicas, Plaquetas y Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), para su Devolución a la Administración Tributaria Municipal. Inhabilitación por obsolescencia o siniestro: [Descargar nota de solicitud] Original de la Resolución de Baja e Informe Pericial emitido por el Organismo Operativo de Transito. Placas metálicas, Plaquetas y Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), para su devolución a la Administración Tributaria Municipal.          NOTA.- Si en el siniestro se hubiera verificado la perdida de los documentos señalados en el inciso b), este hecho deberá constar en el informe del  peritaje emitido por el Organismo Operativo de Transito. Inhabilitación Tributaria por Robo: [[Descargar nota de solicitud] Original del Certificado de Denuncia por Robo del Vehículo emitido por la Dirección prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE). Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA) o Certificado de Extravío del CRPVA. El vehículo tiene que estar marcado como robado en sistema. Baja por fuera de Circulación: [Descargar nota de solicitud] Certificado emitido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) de no contar con cargado de combustible en los últimos 4 años. Certificado de no contar con el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) en los últimos 4 años. Certificación emitida por el Organismo Operativo de Tránsito de no contar con la Inspección Técnica Vehicular en los últimos 4 años. NOTA. – Este tipo de Baja es para aquellos vehículos cuya antigüedad sea mayor a 20 años y que no se encuentran en circulación. NOTA.- Para todo tipo de Baja la Administración Tributaria Municipal emitirá la Resolución Correspondiente. DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:  Persona natural. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del(los) propietario(s). Persona jurídica. Original y fotocopia del documento de identidad del representante legal. Original y fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT. En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar: Original y fotocopia del Testimonio Poder con facultades para el trámite. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado. Pasos del ciudadano: ATENCIÓN PRESENCIAL El sujeto pasivo o tercero responsable debe: La solicitud de baja tributaria por cualquiera de las causales deberá ser solicitada mediante nota expresa, adjuntando los requisitos definidos en Plataforma de SITRAM. Una vez emitida y notificada la Resolución Administrativa de baja tributaria deberá obtener una ficha de atención en plataforma. Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada. Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada. Importante: El presente trámite no genera costo. Documento/Servicio final: Certificado de Baja Tributaria del Vehículo Marco Legal:  Ley Nº 2492 Código Tributario Boliviano y sus Modificaciones. Ley Nº 843 de Reforma Tributaria. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus Modificaciones. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que Reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011 y sus Modificaciones. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus Modificaciones. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT). Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.  

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REGISTRO EXCLUSIÓN  DEL IMPVAT PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS DE LOS DIFERENTES NIVELES DEL ESTADO, MISIONES DIPLOMÁTICAS, CONSULARES EXTRANJERAS U ORGANISMOS INTERNACIONALES ACREDITADOS EN EL PAÍS Y DE LA IGLESIA CATÓLICA

En que consiste: Es la exclusión del pago total de los tributos del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT) a favor de vehículos automotores de propiedad de instituciones públicas de los diferentes niveles del estado, misiones diplomáticas, consulares extranjeras u organismos internacionales acreditados en el país y de la iglesia católica. Donde se inicia el servicio: SERVICIO PRESENCIAL CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV). Teléfono(s) de consultas: Línea Gratuita: 155 (opción 2) Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352 Teléfono: 2652228 – 2652234 Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas: Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas) Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM Días y horarios de atención: ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)  CENTRAL – Lunes  a  Viernes de: 08:00 a 19:00 – Sábados: 08:00 a 13:00 PIAC SUR – Lunes a Viernes de: 08:30 a 16:30 PIAC CAMACHO – Lunes a Viernes de: 9:00 a 17:00 NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio. Tiempo de duración: 10 minutos (tiempo promedio de un registro) Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: El trámite es personal o con testimonio poder con facultades. La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las Plataformas de Atención al Contribuyente de manera presencial, se tomará una fotografía y huella digital, siempre y cuando el trámite sea realizado por el o los propietarios y se requiera realizar el registro o modificación de datos. Requisitos: DOCUMENTOS DEL OBJETO: Detalle de vehículos sujetos al beneficio (si corresponde). Fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA). DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE: Instituciones Públicas de los diferentes niveles del Estado: Original y fotocopia del documento de identidad del representante legal. Original y fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT. Documento que acredite su condición de entidad estatal. Misiones Diplomáticas, Consulares Extranjeras u Organismos Internacionales acreditados en el país: Documento que acredite su condición de misión diplomática, consular extranjera u organismo internacional en el Estado. Original y fotocopia del documento de identidad del representante legal. Original y fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.  Instituciones Religiosas: Certificado actualizado emitido por la Conferencia Episcopal de Bolivia (con fecha de emisión posterior al perfeccionamiento del hecho generador del IMPVAT de la gestión fiscal de la cual operara la exclusión). Original y fotocopia del documento de identidad del representante legal. Original y fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal. En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar: Original y fotocopia del Testimonio Poder con facultades para el trámite. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado. Pasos del ciudadano: ATENCIÓN PRESENCIAL El sujeto pasivo o tercero responsable debe: Presentar todos los requisitos para obtener una ficha de atención en plataforma. Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada. Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada. Importante: El presente trámite no genera costo. Documento/Servicio final: Proforma sin deuda. Marco Legal:  REGISTRO EXCLUSIÓN  DEL IMPVAT

REGISTRO EXCLUSIÓN  DEL IMPVAT PARA INSTITUCIONES PÚBLICAS DE LOS DIFERENTES NIVELES DEL ESTADO, MISIONES DIPLOMÁTICAS, CONSULARES EXTRANJERAS U ORGANISMOS INTERNACIONALES ACREDITADOS EN EL PAÍS Y DE LA IGLESIA CATÓLICA Leer más »

REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA ENTREGA DE VALORES VEHÍCULOS

En que consiste: Es la entrega de  valores  al  finalizar  un  trámite, ya sea un Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), placa(s) o plaqueta(s). Donde se inicia el servicio SERVICIO PRESENCIAL CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 2, plataforma de atención al ciudadano entrega de valores. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo y la Sección de Vehículos. Teléfono(s) de consultas: Línea Gratuita: 155 (opción 2) Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352 Teléfono: 2652233 Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas: Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas) Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM Días y horarios de atención: ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo) CENTRAL – Lunes  a  Viernes de: 08:30 a 18:00 NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio Tiempo de duración: 10 minutos (tiempo promedio de un registro). Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: El trámite es personal o con testimonio poder con facultades. La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas. El ciudadano deberá estar registrado y actualizado en el Padrón Municipal del Contribuyente. Se verifica además que no existan documentos de entrega pendientes. El vehículo no debe tener observaciones. El vehículo no debe tener deudas pendientes municipales por ningún concepto a la fecha de entrega de valores. La radicatoria del vehículo debe ser igual al del gobierno municipal donde se realiza el trámite. Requisitos: DOCUMENTOS DEL OBJETO: Por Inscripción Directa y por Inscripción Directa con- Transferencia: Original de las Fichas Kardex o Resolución de Inscripción emitida por el Organismo Operativo de Transito. Por Inscripción Casa Comercial y por inscripción Casa Comercial con Transferencia: Original de las Fichas Kardex o Resolución de Inscripción emitida por el Organismo Operativo de Transito. Por Reemplaque: Original del Carnet de Propiedad sistema antiguo y/o Certificación emitido por la A.T.M. del G.A.M.L.P. Devolución de la(s) Placa(s) Antigua(s) o Certificado de Extravio o Robo de placas emitido por DIPROVE Por Reemplaque – Transferencia: Original del Carnet de Propiedad sistema antiguo y/o Certificación emitido por la A.T.M. del G.A.M.L.P. Devolución de la(s) Placa(s) Antigua(s) o Certificado de Extravio o Robo de placas emitido por DIPROVE. Por Duplicados de Placas y Plaquetas: Original y fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA) Certificado de denuncia de extravió o robo emitido por DIPROVE. Devolución de Placa en Caso de Pérdida o Robo de una de ellas. Por placas decomisadas: Papeleta de Decomiso Original. Recojo de CRPVA por Transferencia: Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA). Recojo de CRPVA por duplicado: Publicación de extravío del CRPVA en un medio de prensa escrita de circulación nacional o certificación de denuncia de extravío o robo emitido por el Organismo Operativo de Tránsito. Recojo de CRPVA por actualización: Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA) DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE: Persona natural. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del(los) propietario(s). Persona jurídica. Original y fotocopia del documento de identidad del representante legal. Original y fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT. En caso de ser apoderado: Original y fotocopia del Testimonio Poder con facultades para el trámite. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado. Pasos del ciudadano: ATENCIÓN PRESENCIAL Se apersona con el Oficial Tributario de Entrega de Valores con los requisitos definidos. Finalmente recoge los Valores del trámite correspondiente. Importante: El presente trámite no genera costo. Documento/Servicio final: Placa(s), plaqueta(s) y/o Certificado de Registro de Propiedad – Vehículos Automotores (CRPVA). (según corresponda) Marco Legal:  Ley Nº 2492 Código Tributario Boliviano y sus Modificaciones. Ley Nº 843 de Reforma Tributaria. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus Modificaciones. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que Reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011 y sus Modificaciones. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus Modificaciones. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT). Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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REGISTRO DE RESCISIÓN O DESISTIMIENTO DEL IMPUESTO MUNICIPAL A LA TRANSFERENCIA ONEROSA DE VEHICULOS AUTOMOTORES TERRESTRES

En que consiste: Es el acto jurídico mediante el cual los sujetos pasivos sean estas personas naturales o jurídicas, resuelven dejar sin efecto el último Acto Jurídico Traslativo registrado en el Padrón Municipal de Contribuyentes. Donde se inicia el servicio: SERVICIO PRESENCIAL CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV). Teléfono(s) de consultas: Línea Gratuita: 155 (opción 2) Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352 Teléfono: 2652228 – 2652234 Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas: Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas) Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM Días y horarios de atención: ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo) CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00                  – Sábados: 08:00 a 13:00 PIAC SUR – Lunes a  Viernes de : 08:30 a 16:30 PIAC CAMACHO – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00 NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio. Tiempo de duración: 20 minutos (tiempo promedio de un registro) Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: El trámite es personal o con testimonio poder con facultades. La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas. El objeto tributario no deberá registrar ningún proceso de Oficio o Determinación Mixta pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos. El vehículo no debe tener deudas pendientes municipales por ningún concepto a la fecha de la rescisión o desistimiento. (según corresponda). Si la recisión o desistimiento de transferencia de vehículos se realizó antes de la publicación de la Ley Municipal Autonómica Nº 012/2011 esta se operará en conformidad al Decreto Supremo 24054, que establece: Antes de estar perfeccionado el primer acto traslativo de dominio con instrumento público, el impuesto pagado en ese acto se consolida en favor del Gobierno Municipal sujeto activo del impuesto. Después de estar perfeccionado el primer acto traslativo de dominio con instrumento público, si la rescisión, desistimiento o devolución se perfeccionan con instrumento público después del quinto día a partir de la fecha de perfeccionamiento del primer acto, el segundo acto se conceptúa como una nueva operación. Si la rescisión, desistimiento o devolución se formalizan antes del quinto día, este acto no está alcanzado por el impuesto. Si la recisión o desistimiento de transferencia de vehículos se realizó después de la publicación de la Ley Municipal Autonómica Nº 012/2011 de creación de impuestos municipales que establece que: Antes que el documento o acto jurídico de transferencia sea elevado a instrumento público y no haya sido efectivizado el pago del impuesto liquidado, las partes podrán rescindir o desistir de dicha transferencia dentro de los diez (10) días hábiles computables a partir de la fecha de suscripción del documento o acto jurídico respectivo. La operación no será grabada como nueva transacción no obligará al sujeto pasivo al pago del impuesto originado por la transferencia. Si el desistimiento o la recisión de la transferencia es presentada a la Administración Tributaria Municipal después de transcurrido el plazo señalado en el parágrafo anterior, el sujeto pasivo estará obligado a efectuar el pago del Impuesto Municipal a las Transferencias, en forma previa al registro de la recisión o desistimiento. Dicha transacción no será gravada con un nuevo impuesto. Cuando el Impuesto Municipal a las Transferencias, se encuentre pagado al momento de la presentación del desistimiento o la rescisión de la transferencia que lo originó, el impuesto pagado se consolidará a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Después que el documento o acto jurídico de transferencia haya sido perfeccionado con instrumento público, la recisión o desistimiento deberá efectuarse con instrumento de la misma calidad, transacción que caso de ser efectuada dentro de los 10 días siguientes a la fecha de suscripción del protocolo de la transferencia, no será considerada como una nueva transferencia ni ameritará el pago de un nuevo impuesto. Si la recisión o desistimiento de trasferencia contendida en el instrumento público respectivo fuera efectuada de forma posterior a plazo señalado, el sujeto pasivo se encontrará obligado a realizar el pago de un nuevo impuesto municipal a las transferencias onerosas, entendiéndose dicha transacción como una nueva operación de compra venta. Requisitos: DOCUMENTOS DEL OBJETO: Original de la minuta de Recisión o Desistimiento de Compra y Venta. Original de la minuta de transferencia de Compra Venta primera operación. Fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA). Antes de la Publicación del Reglamento a la Ley Municipal 12/2011. Antes  de  efectuado  el pago del I.M.T.O. no es necesario ningún requisito adicional. Después de Pagar el Impuesto Municipal a las Transferencias y Antes de protocolizar el documento de transferencia: Original de la boleta de pago del Impuesto Municipal a la Transferencia. Después de Perfeccionado el Primer Acto Traslativo: Testimonio de Compra Venta. Testimonio de Rescisión o Desistimiento de Compra Venta. Ficha Kardex o documento equivalente del Organismo Operativo de Tránsito. (si corresponde) Después de la Publicación del Reglamento a la Ley Municipal 12/2011. Antes de efectuado el pago del I.M.T.O. no es necesario ningún requisito adicional. Después  de  los  diez  días  hábiles, a  partir  de  la Suscripción del documento de traslación de  dominio del derecho propietario: Original de la boleta de pago del I.M.T.O. Después de estar perfeccionado el primer acto traslativo: Testimonio de Compra Venta. Testimonio de Rescisión o Desistimiento de Compra Venta. Fotocopia legalizada de  la  ficha  Kardex o  documento  equivalente  del  Organismo  Operativo  de Tránsito. (si corresponde) DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE: Persona natural. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del(los) compradores y vendedores(s). Persona jurídica. Original y fotocopia del documento

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