REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA ENTREGA DE VALORES VEHÍCULOS

En que consiste:

Es la entrega de  valorores  al  finalizar  un  trámite, ya sea un Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), placa(s) o plaqueta(s).

Donde se inicia el servicio

SERVICIO PRESENCIAL

CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 2, plataforma de atención al ciudadano entrega de valores.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo y la Sección de Vehículos.

Teléfono(s) de consultas:

      1. Línea Gratuita: 155 (opción 2)
      2. Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
      3. Teléfono: 2652228 – 2652234

Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:

      1. Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
      2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)

      1. CENTRAL – Lunes  a  Viernes de: 08:30 a 19:00

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio

Tiempo de duración:

10 minutos (tiempo promedio de un registro).

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal o con testimonio poder.
      2. La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas.
      3. El ciudadano deberá estar registrado y actualizado en el Padrón Municipal del Contribuyente.
      4. Se verifica además que no existan documentos de entrega pendientes.
      5. El vehículo no debe tener observaciones.
      6. El vehículo no debe tener deudas pendientes municipales por ningún concepto a la fecha.
      7. La radicatoria del vehículo debe ser igual al del gobierno municipal donde se realiza el trámite.

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

Por Inscripción Directa y por Inscripción Directa con- Transferencia:

      1. Original de las Fichas Kardex emitida por el Organismo Operativo de Transito.

Por Inscripción Casa Comercial y por inscripción Casa Comercial con Transferencia:

      1. Original de las Fichas Kardex emitida por el Organismo Operativo de Transito.

Por Reemplaque:

      1. Carnet de Propiedad sistema antiguo y/o Certificación emitido por la A.T.M. del G.A.M.L.P.
      2. Placas Antiguas.

Por Reemplaque – Transferencia:

      1. Original de las Fichas Kardex emitida por el Organismo Operativo de Transito.
      2. Placas Antiguas.

Por Duplicados de Placas y Plaquetas:

      1. Fotocopia Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA)
      2. Certificado de denuncia de extravió o robo ante DIPROVE.
      3. Devolución de Placa en Caso de Pérdida o Robo de una de ellas.

Por placas decomisadas:

      1. Papeleta de Decomiso Original.

Recojo de CRPVA por Transferencia:

      1. Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA).

Recojo de CRPVA por duplicado:

      1. Publicación de extravío del CRPVA en un medio de prensa escrita de circulación nacional o certificación de denuncia de extravío o robo emitido por el Organismo Operativo de Tránsito.

Recojo de CRPVA por actualización:

      1. Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA)

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

Persona natural.

      1. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del(los) propietario(s).

Persona jurídica.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

En caso de ser apoderado:

      1. Fotocopia del Testimonio Poder.
      2. Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Pasos del ciudadano:

ATENCIÓN PRESENCIAL

      1. Se apersona con el Oficial Tributario de Entrega de Valores con los requisitos definidos.
      2. Finalmente recoge los Valores del trámite correspondiente.

Importante:

El presente trámite no genera costo.

Documento/Servicio final:

Placa(s), plaqueta(s) y/o Certificado de Registro de Propiedad – Vehículos Automotores (CRPVA). (según corresponda)

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492 y sus modificaciones.
      2. Ley Nacional Nº 843.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus modificaciones.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011.
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus modificaciones.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
      7. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
      8. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.