BAJA TRIBUTARIA VEHÍCULOS AUTOMOTORES TERRESTRES

En que consiste:

Es la suspensión temporal o definitiva de su Registro Tributario en la base de datos del Padrón Municipal de Contribuyentes, con el objetivo de no generar deudas tributarias a partir de la fecha que indique la Resolución, considerando la documentación presentada para los diferentes tipos de baja (por exportación, obsolescencia, siniestro, deterioro, robo y por fuera de circulación).

Donde se inicia el servicio:

SERVICIO PRESENCIAL

      1. CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano.
      2. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto.
      3. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV).

Teléfono(s) de consultas:

      1. Línea Gratuita: 155 (opción 2)
      2. Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
      3. Teléfono: 2652228 – 2652234

Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:

      1. Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
      2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)

      1. CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
                          – Sábados: 08:00 a 13:00
      2. PIAC SUR – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00
      3. PIAC CAMACHO – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

20 minutos (tiempo promedio de un registro)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal o con testimonio poder vigente.
      2. Presentación de requisitos legibles y sin enmiendas.
      3. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).
      4. El vehículo no debe registrar adeudos  tributarios a la fecha de baja del vehículo (según corresponda).

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

Inhabilitación por exportación:

      1. Fotocopia de la Declaración Única de Exportación DUE (Póliza de Exportación).
      2. Placas, Plaquetas y Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), para su Devolución a la Administración Tributaria Municipal.

Inhabilitación por obsolescencia o siniestro:

      1. Original del informe pericial emitido por el Organismo Operativo de Transito.
      2. Placas, Plaquetas y Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), para su devolución a la Administración Tributaria Municipal.

NOTA.- Si en el siniestro se hubiera verificado la perdida de los documentos señalados en el inciso b), este hecho deberá constar en el informe del peritaje emitido por el Organismo Operativo de Transito.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

Inhabilitación Tributaria por Robo:

      1. Original del Certificado de Denuncia por Robo emitido por la Dirección prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE).
      2. Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA) o Certificado de extravío del CRPVA.
      3. El vehículo tiene que estar marcado como robado en sistema.

Baja por fuera de Circulación:

      1. Certificado emitido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) de no contar con cargado de combustible en los últimos 4 años.
      2. Certificado de no contar con el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) en los últimos 4 años.
      3. Certificación emitida por el Organismo Operativo de Tránsito de no contar con la Inspección Técnica Vehicular en los últimos 4 años.

NOTA. – Este tipo de Baja es para aquellos vehículos cuya antigüedad sea mayor a 20 años y que no se encuentran en circulación.

               Para todo tipo de Baja la Administración Tributaria Municipal emitirá la Resolución Correspondiente.

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

Persona natural.

      1. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del(los) propietario(s).

Persona jurídica.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar:

      1. Fotocopia del Testimonio Poder.
      2. Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Pasos del ciudadano:

ATENCIÓN PRESENCIAL

El sujeto pasivo o tercero responsable debe:

      1. Mediante nota de solicitud, adjuntando los requisitos definidos, apersonarse a la Plataforma de SITRAM.
      2. Una vez emitida y notificada la Resolución Administrativa de baja tributaria deberá obtener una ficha de atención en plataforma.
      3. Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
      4. Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada.
      5. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.

Importante:

      • El presente trámite no genera costo.

Documento/Servicio final:

      • Certificado de Baja.

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492 y sus modificaciones.
      2. Ley Nacional Nº 843.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus modificaciones.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011.
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus modificaciones.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
      7. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
      8. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.