En que consiste:
Es la suspensión temporal o definitiva de su Registro Tributario en la base de datos del Padrón Municipal de Contribuyentes, con el objetivo de no generar deudas tributarias a partir de la fecha que indique la Resolución, considerando la documentación presentada para los diferentes tipos de baja (por exportación, obsolescencia, siniestro, deterioro, robo y por fuera de circulación).
SERVICIO PRESENCIAL
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- CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho.
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Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV).
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- Línea Gratuita: 155 (opción 2)
- Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
- Teléfono: 2652228 – 2652234
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Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:
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- Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
- Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM
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ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)
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- CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
– Sábados: 08:00 a 13:00 - PIAC SUR – Lunes a Viernes de : 9:00 a 17:00
- PIAC CAMACHO – Lunes a Viernes de : 9:00 a 17:00
- CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
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NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.
20 minutos (tiempo promedio de un registro)
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- El trámite es personal o con testimonio poder vigente.
- Presentación de requisitos legibles y sin enmiendas.
- Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).
- El vehículo no debe registrar adeudos tributarios a la fecha de baja del vehículo (según corresponda).
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DOCUMENTOS DEL OBJETO:
Inhabilitación por exportación:
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- Fotocopia de la Declaración Única de Exportación DUE (Póliza de Exportación).
- Placas, Plaquetas y Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), para su Devolución a la Administración Tributaria Municipal.
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Inhabilitación por obsolescencia o siniestro:
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- Original del informe pericial emitido por el Organismo Operativo de Transito.
- Placas, Plaquetas y Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA), para su devolución a la Administración Tributaria Municipal.
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NOTA.- Si en el siniestro se hubiera verificado la perdida de los documentos señalados en el inciso b), este hecho deberá constar en el informe del peritaje emitido por el Organismo Operativo de Transito.
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- Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
- Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
- Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.
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Inhabilitación Tributaria por Robo:
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- Original del Certificado de Denuncia por Robo emitido por la Dirección prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE).
- Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA) o Certificado de extravío del CRPVA.
- El vehículo tiene que estar marcado como robado en sistema.
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Baja por fuera de Circulación:
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- Certificado emitido por la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) de no contar con cargado de combustible en los últimos 4 años.
- Certificado de no contar con el Seguro Obligatorio contra Accidentes de Tránsito (SOAT) en los últimos 4 años.
- Certificación emitida por el Organismo Operativo de Tránsito de no contar con la Inspección Técnica Vehicular en los últimos 4 años.
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NOTA. – Este tipo de Baja es para aquellos vehículos cuya antigüedad sea mayor a 20 años y que no se encuentran en circulación.
Para todo tipo de Baja la Administración Tributaria Municipal emitirá la Resolución Correspondiente.
DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:
Persona natural.
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- Original y fotocopia del documento de identidad vigente del(los) propietario(s).
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Persona jurídica.
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- Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
- Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
- Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.
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En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar:
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- Fotocopia del Testimonio Poder.
- Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.
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ATENCIÓN PRESENCIAL
El sujeto pasivo o tercero responsable debe:
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- Mediante nota de solicitud, adjuntando los requisitos definidos, apersonarse a la Plataforma de SITRAM.
- Una vez emitida y notificada la Resolución Administrativa de baja tributaria deberá obtener una ficha de atención en plataforma.
- Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
- Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada.
- En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
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- El presente trámite no genera costo.
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- Certificado de Baja.
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- Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492 y sus modificaciones.
- Ley Nacional Nº 843.
- Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus modificaciones.
- Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011.
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus modificaciones.
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
- Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
- Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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