Verificaciones técnicas (Inmuebles)

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Consiste en determinar los datos técnicos reales del objeto tributario a efectos de su actualización y posterior determinación del impuesto anual.
Estas verificaciones de datos técnicos se realizan a solicitud del Sujeto Pasivo y previa programación por la ATM, en su condición de sujeto Activo, con el fin de determinar el tributo en base a los datos técnicos correctos y actualizados.
Asimismo, corresponde mencionar que la verificación técnica puede realizarse en gabinete a través de las herramientas informáticas de control o mediante inspección in situ u ocular en el lugar que se encuentre el objeto gravado.

Donde se inicia el servicio

OFICINA CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría con ingreso por la Calle Mercado, Plataforma de Atención al Ciudadano de la Sección Inmuebles.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación y Empadronamiento, Sección Inmuebles.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

800 13 55 55 (Servicio de Atención al Contribuyente ) – www.lapaz.bo

Días y horarios de atención:

      1. OFICINA CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 18:00 – Sábado de: 08:00 a 13:00.

Nota.- Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

      • Para las inspecciones in situ será de acuerdo al cronograma de programación de inspecciones.
      • En caso de análisis en gabinete, el Técnico Predial emitirá el informe dentro los tres días hábiles de presentados los requisitos.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. La Administración Tributaria Municipal podrá solicitar original y fotocopia o del Plano Georeferenciado o Levantamiento Topográfico cuando se identifiquen dificultades para identificar la ubicación exacta del predio o se traten de superficies extensas sin muro perimetral o se detecte sobreposición a predios colindantes.
      2. La presentación de los documentos requeridos deberán ser legibles y sin enmiendas (no tener tachaduras, ni borrones).
      3. Los poseedores, detentadores, ocupantes podrán solicitar la verificación predial, siempre y cuando se encuentren registrados como titulares en el PMC.
      4. El objeto tributario no deberá registrar ningún proceso de Oficio o Determinación Mixta pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.

Requisitos:

ACTUALIZACIÓN DATOS TÉCNICOS DEL OBJETO GRABADO

 PERSONA NATURAL:

      • Cedula de identidad del o los propietarios.

PERSONA JURIDICA:

      • Cedula de identidad vigente del representante legal.
      • Poder del representante legal o documento que acredite su representación legal.
      • NIT (si corresponde)

IDENTIFICACION DEL OBJETO:

    • Factura del servicio de luz del inmueble.
    • Pago de impuesto del inmueble.

DOCUMENTOS DE DERECHO PROPIETARIO:

      • Folio real ACTUALIZADO (máximo 3 meses de antigüedad), si no posee el actualizado adjuntar además INFORMACION RAPIDA (misma que tendrá una vigencia para trámites en la ad ministración tributaria municipal de 30 días)
      • Tarjeta de propiedad.
      • Testimonio de propiedad o título ejecutorial.

MODIFICAR SUPERFICIE DE TERRENO Y CONSTRUCCION:

      • Plano de ubicación del terreno.
      • Plano a mano alzada (con medidas)
      • Fotografías internas y externas del inmueble (cuando corresponda).
      • Certificado Catastral.
      • Plano de fraccionamiento.
      • Formulario único de registro catastral.(no es necesario que esté aprobado)

NOTA: Para terceras personas adjuntar cedula de identidad y poder notariado de representación legal.

Deberá presentar los documentos solicitados en original para fines de verificación y compulsa mismos que serán devueltos al concluir el trámite.

Pasos del ciudadano:

      1. Presentación de los requisitos en Ventanilla de Informaciones.
      2. En caso de que su trámite sea observado por algún requisito se le entregará a la Persona Natural o Jurídica, el Formulario de Revisión de Requisitos.
      3. Si su trámite cuenta con todos los requisitos se le asignará una ficha con la cual pasará a la Plataforma de Atención.
      4. El solicitante deberá encontrarse atento al llamado de su ficha por la persona encargada (azafato @) o el llamador que se registra en pantalla ubicada en la sala de espera.
      5. Se apersona con el Oficial Tributario o Inspector Predial de acuerdo al turno de la ficha asignada.
      6. En caso de inspección in situ se fija fecha y hora para la inspección predial, posteriormente se emite el Formulario de Verificación Predial. En cuanto se refiere a la verificación en gabinete se comunica al solicitante la fecha de emisión del Formulario de Verificación Predial (informe predial).
      7. En virtud al Formulario de Verificación Predial y al apersonamiento del Sujeto Pasivo se deben actualizar los datos técnicos del objeto tributario quien firma de los formularios de Declaración Jurada como constancia del o los trámites efectuados.

Importante:

El presente trámite es gratuito.

Documento/Servicio final:

Formulario de Solicitud de Inspección Predial.
Formulario de Verificación Predial

Marco Legal: 

Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro.02/2014, Capítulo IV artículo 27 (Definición), artículo 28 (Programas Informáticos) y artículo 30 (Información emergente de la Inspección Predial).