Verificaciones técnicas (Inmuebles)

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Son verificaciones técnicas que realiza la Administración Tributaria Municipal, a los, bienes inmuebles, que presenten datos técnicos incorrectos o inconsistentes entre la información proporcionada por el contribuyente y los sistemas de control y verificación, con el fin de determinar el tributo en base a los datos técnicos correctos, que pueden realizarse en gabinete a través de las herramientas informáticas de los sistemas de control y verificación con los que cuenta la Administración Tributaria Municipal o mediante inspección in-situ u ocular externa en el lugar en que se encuentre el objeto gravado.

Estas verificaciones de datos técnicos se realizan  previa programación a solicitud del Sujeto Pasivo.

Donde se inicia el servicio

OFICINA CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría con ingreso por la Calle Mercado, Plataforma de Atención al Ciudadano de la Sección Inmuebles.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación y Empadronamiento, Sección Inmuebles.

Teléfono(s) de consulta (WhatsApp):

71552352 – 62443034

Sitio(s) web:

www.lapaz.bo

Días y horarios de atención:

OFICINA CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00 – Sábado de: 08:00 a 13:00

Nota.- Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

      • Para las inspecciones in situ será de acuerdo al cronograma de programación de inspecciones.
      • En caso de análisis en gabinete, el Técnico Predial emitirá el informe dentro los tres días hábiles de presentados los requisitos.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. La Administración Tributaria Municipal podrá solicitar original y fotocopia  del Plano Georeferenciado o Levantamiento Topográfico cuando se  presenten dificultades para identificar la ubicación exacta del predio o se traten de superficies extensas mayores a 1000 m2, que no cuenten con  muro perimetral o se detecte sobreposición a predios colindantes.
      2. Los documentos presentados deberán ser legibles y sin enmiendas (no tener tachaduras, ni borrones).
      3. El objeto tributario no deberá registrar ningún proceso de Oficio o Determinación Mixta pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
      4. La documentación sobre la que se realiza las verificaciones técnicas es la misma que fue presentada dentro del trámite asociado.

Requisitos:

(Presentar Originales y copias para la compulsa) 

ACTUALIZACIÓN DATOS TÉCNICOS DEL OBJETO GRABADO

 PERSONA NATURAL:

      • Cedula de identidad del o los propietarios.

PERSONA JURIDICA:

      • Cedula de identidad vigente del representante legal.
      • Poder del representante legal o documento que acredite su representación legal.
      • NIT (si corresponde)

IDENTIFICACION DEL OBJETO:

      • Factura de luz con antigüedad no mayor a 180 días
      • Pago de impuesto del inmueble.

DOCUMENTOS DE DERECHO PROPIETARIO:

      • Folio real (ACTUALIZADO con antigüedad no mayor a 90 días, si no está actualizado además adjuntar INFORMACIÓN RÁPIDA que tendrá vigencia solo de  30 días).
      • Testimonio de propiedad o título ejecutorial.

MODIFICAR SUPERFICIE DE TERRENO Y CONSTRUCCION:

      • Certificado Catastral actualizado o ficha catastral más fotografías internas y externas para vivienda unifamiliar y/o terreno
      • Plano de fraccionamiento para propiedad horizontal

Nota: Para terceras personas adjuntar cedula de identidad y poder notariado de representación legal.

Para Herederos adjuntar testimonio de declaración y cedula de identidad.

Pasos del ciudadano:

      1. Presentación de los requisitos en Ventanilla de Informaciones.
      2. En caso de que su trámite sea observado por algún requisito se le entregará a la Persona Natural o Jurídica, el Formulario de Revisión de Requisitos.
      3. Si su trámite cuenta con todos los requisitos se le asignará una ficha con la cual pasará a la Plataforma de Atención.
      4. El solicitante deberá encontrarse atento al llamado de su ficha por el Oficial Tributario o el llamador que se registran en las pantallas ubicadas en la sala de espera.
      5. Se apersona con el Oficial Tributario o Inspector Predial de acuerdo al turno de la ficha asignada.
      6. En caso de inspección in situ se fija fecha y hora para la inspección predial, posteriormente se emite el Formulario de Verificación Predial. En cuanto se refiere a la verificación en gabinete se comunica al solicitante la fecha de emisión del Formulario de Verificación Predial (informe predial).
      7. En virtud al Formulario de Verificación Predial y al apersonamiento del Sujeto Pasivo se deben actualizar los datos técnicos del objeto tributario. Conforme a procedimiento ATM-UREA-SI-GOC 002/2024.

Importante:

El presente trámite es gratuito.

Documento/Servicio final:

Formulario de Solicitud de Inspección Predial.
Formulario de Verificación Predial

Marco Legal: 

Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro.02/2014 Reglamento del Padrón Municipal de Contribuyentes.