Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
La Compensación es la devolución de un pago indebido o en exceso que de oficio oh a petición de la parte es compensada para el pago total o parcial delas obligaciones tributaria pendientes del sujeto pasivo. La acción de repetición es la solicitud ante la Administración tributaria la restitución de pagos indebidos o en exceso efectuados por cualquier concepto tributario.
CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Calle Mercado, planta baja, Plataforma de Atención al Ciudadano.
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Inmuebles.
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
2652226 – 800135555 (opción 2) – www.lapaz.bo (consultas)
CENTRAL:
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- Lunes a Viernes de: 07:30 a 20:30
- Sábados: 08:00 a 13:00
(Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio)
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Cuando proceda lo solicitado, la Administración Tributaria se pronunciará, dentro de los cuarenta y cinco (45) días posteriores a la solicitud
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- La solicitud deberá estar suscrita por el o los sujeto(s) pasivo(s) consignado(s) en el PMC a la fecha de pago.
- Los datos técnicos del inmueble deberán estar actualizados caso contrario debe proceder a su modificación.
- En caso que el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre, debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes.
- Podrá hacer el seguimiento del trámite con el número de Hoja de Ruta asignada.
- Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones
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- Documentos del Contribuyente:
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- Solicitud expresa de compensación o acción de repetición dirigida a la Administración Tributaria Municipal.
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- Documentos del Contribuyente:
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- Persona natural.
- Fotocopia de documento de identidad del o los contribuyentes.
- Persona jurídica.
- Fotocopia de documento de identidad del representante legal.
- Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite su representación legal.
- Trámite realizado por apoderado.
- Persona natural.
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- Fotocopia del Testimonio Poder.
- Fotocopia documento de identidad vigente del apoderado.
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- Documentos del Inmueble:
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- Fotocopia del o los comprobantes de pago del impuesto objeto de la devolución.
- Otros documentos que comprueben el pago indebido o en exceso.
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- Presenta toda la documentación requerida.
- Debe hacer el seguimiento del trámite con el número de Hoja de Ruta asignada.
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El presente trámite es gratuito
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- Informe Técnico (compensación).
- Informe Técnico, Resolución Administrativa y Nota de Crédito
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Marco Legal:
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- Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
- Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
- Ley Nacional Nº 843.
- Reglamento del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Supremo Nº 24204.
- Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales.
- Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014 y Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014.
- Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles.
- Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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