REGISTRO EXENCIONES DEL IMPVAT PARA MIEMBROS DE MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES EXTRANJERAS ACREDITADAS, FUNCIONARIOS EXTRANJEROS DEPENDIENTES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES, GOBIERNOS EXTRANJEROS E INSTITUCIONES OFICIALES EXTRANJERAS

En que consiste:

Es la exención del pago total de los tributos del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT) a favor de vehículos automotores de miembros de misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país con motivo del  directo desempeño de su cargo y a condición de reciprocidad; asimismo, los funcionarios extranjeros dependientes de organismos internacionales, gobiernos extranjeros e instituciones oficiales extranjeras con motivo directo del desempeño de su cargo.

Donde se inicia el servicio

SERVICIO PRESENCIAL

      1. CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano.
      2. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto.
      3. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV).

Teléfono(s) de consultas:

      1. Línea Gratuita: 155 (opción 2)
      2. Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
      3. Teléfono: 2652228 – 2652234

Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:

      1. Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
      2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

5 minutos (tiempo promedio de un registro)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal o con testimonio poder con facultades.
      2. La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas.
      3. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las Plataformas de Atención al Contribuyente de manera presencial, se tomará una fotografía y huella digital, siempre y cuando el trámite sea realizado por el o los propietarios y se requiera realizar el registro o modificación de datos.

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

      1. Detalle de vehículos sujetos al beneficio (si corresponde).
      2. Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA)

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

      1. Original y fotocopia del documento de identidad del propietario.
      2. Documento que acredite su condición de formar parte de misión diplomática, misión consular extranjera, organismo internacional, gobierno extranjero o institución oficial extranjera en el Estado.

En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar:

      1. Original y fotocopia del Testimonio Poder con facultades para el trámite.
      2. Original y fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Pasos del ciudadano:

ATENCIÓN PRESENCIAL

El sujeto pasivo o tercero responsable debe:

      1. Presentar todos los requisitos para obtener una ficha de atención en plataforma.
      2. Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
      3. Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada.
      4. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.

Importante:

El presente trámite no genera costo.

Documento/Servicio final:

Proforma sin deuda.

Marco Legal: 

      1. Ley Nº 2492 Código Tributario Boliviano y sus Modificaciones.
      2. Ley Nº 843 de Reforma Tributaria.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus Modificaciones.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que Reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011 y sus Modificaciones.
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus Modificaciones.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
      7. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
      8. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.