En que consiste:
Es un trámite combinado, que permite la transmisión de dominio de propiedad del vehículo de un propietario a otro, a través de un documento de transferencia (minuta o documento privado con reconocimiento de firmas) además de cambio de radicatoria de una jurisdicción municipal a otra.
SERVICIO PRESENCIAL
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- CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivian Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho.
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Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV).
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- Línea Gratuita: 155 (opción 2)
- Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
- Teléfono: 2652228 – 2652234
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Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:
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- Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
- Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM
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ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)
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- CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
– Sábados: 08:00 a 13:00 - PIAC SUR – Lunes a Viernes de : 9:00 a 17:00
- PIAC CAMACHO – Lunes a Viernes de : 9:00 a 17:00
- CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
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NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.
20 minutos en Atención de Plataforma Contribuyentes ATM.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- El trámite es personal o con testimonio poder.
- La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas.
- Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).
- El vehículo no debe tener deudas pendientes municipales por ningún concepto a la fecha.
- El vehículo no deberá tener trámites pendientes.
- El vehículo no tiene que registrar gravámenes asociados para iniciar el trámite.
- El trámite se puede procesar con una de las partes (vendedor o comprador).
- El pago del IMT o IMTO debe ser pagado dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha del hecho generador (firma del documento de transferencia por compra-venta), vencido este plazo se genera una multa por incumplimiento de deberes formales, intereses y mantenimiento de valor.
- El objeto tributario no deberá registrar ningún proceso de Oficio o Determinación Mixta pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
- El pago del Impuesto Municipal a las Transferencias Onerosas no consolida el derecho propietario del bien objeto de la traslación de dominio.
- Para el registro de la transferencia el contribuyente deberá también presentarse antes las oficinas de tránsito.
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INICIO DE TRANSFERENCIA.
DOCUMENTOS DEL OBJETO:
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- Original y fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA).
- Original y fotocopia de la minuta de transferencia de compra y venta.
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DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:
Persona natural.
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- Fotocopia del documento de identidad del contribuyente.
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Persona jurídica.
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- Fotocopia del documento de Identidad del representante legal.
- Fotocopia del poder o documento que acredite su representación legal.
- Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.
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En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar:
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- Original y fotocopia del Testimonio Poder.
- Original y fotocopia del documento de identidad del apoderado.
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- CONTINUAR TRANSFERENCIA.
- DOCUMENTOS DEL OBJETO:(Para este trámite se debe adjuntar también el requerido en el numeral 2 apartado de Requisitos de Inicio de Trámite).
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- Original o fotocopia del Testimonio Protocolizado.
- Original y fotocopia de la Resolución de transferencia.
- Original y fotocopia del Certificado de registro de propiedad vehículos automotores (CRPVA).
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ATENCIÓN PRESENCIAL
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- Presentar todos los requisitos para obtener una ficha de atención en plataforma.
- Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
- Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada.
- Recibir la proforma la cual puede ser cancelada en las entidades financieras autorizadas a nivel nacional. También se puede realizar el pago mediante la banca por internet si su banco se encuentra habilitado para el servicio y como alternativa de pago se encuentra también a su disposición el servicio de “PAGOS QR”, mismo que puede ser generado a través del portal web del RUAT (https://www.ruat.gob.bo) y pagado con el uso del aplicativo móvil de la entidad financiera habilitada.
- En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
- Posteriormente a fin de proseguir con el trámite debe apersonarse a la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional, Notaria y Dirección de Prevención de Robo de Vehículos (DIPROVE) (Instancias ajena al GAMLP).
- Una vez acudido ante las instancias señaladas, debe presentar los requisitos de Continuar Transferencia en el GAMLP.
- Para el recojo del Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA) deberá apersonarse a los ambientes de Almacenes – Entrega de Valores del GAMLP.
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- Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA).
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Marco Legal:
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- Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492 y sus modificaciones.
- Ley Nacional Nº 843.
- Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus modificaciones.
- Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus modificaciones.
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
- Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
- Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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