CAMBIO DE RADICATORIA

En que consiste:

Es el proceso por el cual el propietario (contribuyentes) del vehículo, decide realizar el traslado del vehículo de una jurisdicción municipal a otra, efectuando el trámite de cambio radicatoria al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP).

Donde se inicia el servicio

SERVICIO PRESENCIAL

      1. CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano.
      2. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto
      3. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV).

Teléfono(s) de consultas:

      1. Línea Gratuita: 155 (opción 2)
      2. Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
      3. Teléfono: 2652228 – 2652234

Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:

      1. Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
      2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)

      1. CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
        – Sábados: 08:00 a 13:00
      2. PIAC SUR – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00
      3. PIAC CAMACHO – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00

ATENCIÓN  NO PRESENCIAL – CENTRO DE CONTACTO CIUDADANO (CCC)

      1. Lunes a Viernes de Lunes a  Viernes de: 08:00 a 19:00 (Procesamiento de Trámites 24/7)

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

10 minutos (tiempo promedio de un registro)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal, con testimonio poder o por el poseedor de buena fe.
      2. La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas.
      3. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).
      4. El vehículo no debe tener deudas municipales pendientes por ningún concepto ni gravámenes a la fecha del trámite.
      5. El vehículo no deberá tener trámites pendientes ni observaciones en el Municipio de origen.

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

      1. Original y fotocopia del Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA).
      2. Fotocopia a colores legalizada de la ficha Kardex emitida por el Organismo Operativo de Transito  en  caso  de  que  el  certificado  de  propiedad  RUAT  haya  sido  generado  con  el sistema antiguo (cuando el trámite no sea realizado por el titular).
      3. Declaración Jurada de Posesión de buena Fe del Vehículo Automotor Terrestre (Original y fotocopia).
      4. Documentación que acredite que el poseedor tiene bajo su tenencia de buena fe el vehículo automotor terrestre (Documento privado de compra y venta,
      5. Testimonio Poder, u otros similares).

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

Persona natural.

      1. Fotocopia del documento de identidad del propietario o del poseedor de buena fe.

Persona jurídica.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar:

      1. Fotocopia del Testimonio Poder.
      2. Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Pasos del ciudadano:

ATENCION PRESENCIAL

      1. Presentar todos los requisitos para obtener una ficha de atención en plataforma.
      2. Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
      3. Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada.
      4. Recibir la proforma la cual puede ser cancelada en las entidades financieras autorizadas a nivel nacional. También se puede realizar el pago mediante la banca por internet si su banco se encuentra habilitado para el servicio y como alternativa de pago se encuentra también a su disposición el servicio de “PAGOS QR”, mismo que puede ser generado a través del portal web del RUAT (https://www.ruat.gob.bo) y pagado con el uso del aplicativo móvil de la entidad financiera habilitada.
      5. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
      6. Para el recojo del nuevo Certificado de Propiedad de Vehículos Automotores (CRPVA). Deberá apersonarse Almacenes – Entrega De Valores del GAMLP.

TRÁMITE NO PRESENCIAL – CENTRO DE CONTACTO CIUDADANO (CCC)

      1. Debe ingresar al sitio web http://atm.lapaz.bo (Trámites en Línea), para crear el trámite y subir los requisitos señalados según corresponda.
      2. Antes de concluir el trámite se enviará al contribuyente las declaraciones juradas a su correo electrónico personal.
      3. Para concluir el trámite el contribuyente debe verificar y firmar las declaraciones juradas como constancia del o los trámites efectuados y remitirlos mediante correo electrónico institucional, en las siguientes 72 horas.
      4. Recibe la proforma al correo institucional, la cual puede ser cancelada en todas las entidades financieras autorizadas a nivel nacional. Como también se puede realizar el pago mediante la banca por internet si su banco se encuentra habilitado para el servicio.
      5. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
      6. Para el recojo del Certificado de Propiedad de Vehículos Automotores (CRPVA). Deberá apersonarse a los ambientes de Almacenes – Entrega De Valores del GAMLP.

Nota. En caso de dudas y consultas respecto a su trámite, comuníquese con la Línea Gratuita 155 (opción 2).

Documento/Servicio final:

      1. Certificado de Registro de Propiedad – Vehículo Automotor (CRPVA).

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492 y sus modificaciones.
      2. Ley Nacional Nº 843.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus modificaciones.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 10/2022.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus modificaciones.
      7. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
      8. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
      9. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.