Bases Imponibles – Registro Valor tablas

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

En generar el valor de acuerdo a las tablas que anualmente son elaboradas por la Administración Tributaria Municipal.

Donde se inicia el servicio

ATENCIÓN PRESENCIAL

      1. CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Colón, planta baja, plataforma de atención al ciudadano.
      2. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Centro Comercial Camacho.
      3. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Sur.
      4. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Torres.
      5. SERMAT Miraflores.

ATENCIÓN  NO PRESENCIAL – CENTRO DE CONTACTO CIUDADANO / TRAMITES IGOB – CERO PAPEL

Debe contactarse con la Línea Gratuita 800 – 13- 5555 (opción 2) o ingresar a la página web: www.lapaz.bo (trámites en Línea).

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Vehículos.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2652228 – 800135555 – www.lapaz.bo 

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL

      1. CENTRAL – Lunes  a  Viernes de: 07:30 a 20:30 – Sábados: 08:00 a 13:00
      2. PIAC MERCADO CAMACHO – Lunes a  Viernes de: 8:40 a 16:30
      3. PIAC SUR – Lunes a  Viernes de : 8:45 a 16:30
      4. PIAC TORRES MALL – Lunes a  Viernes de: : 8:40 a 16:30
      5. SERMAT MIRAFLORES – Lunes a  Viernes de: 8:00 a 16:00

ATENCIÓN  NO PRESENCIAL – CENTRO DE CONTACTO CIUDADANO / TRAMITES IGOB – CERO PAPEL

      1. Lunes a Viernes de 8:00 a 18:00 (Procesamiento de trámites 24/7)

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

10 minutos (tiempo promedio de un registro)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal o con testimonio poder.
      2. Presentación de requisitos legibles y sin enmiendas.
      3. Debe recabar un formulario N.º 409 en las distintas plataformas de atención al ciudadano (presencial o no presencial).
      4. El propietario o representante legal deberá estar empadronado en el GAMLP.
      5. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).
      6. Para Trámites en Línea inicialmente deberá contar con un correo electrónico personal y realizar su trámite de registro mediante la página lapaz.bo
      7. Para crear su trámite en línea deberá ingresar a la página lapaz.bo.
      8. Para el caso de trámites en línea debe digitalizar toda la documentación señalada en los requisitos, de forma legible (caso contrario el trámite será rechazado), no debe exceder los 20 MB y ser descargada en la página lapaz.bo – Tramites en Línea.
      9. Además, en tramites en línea deberá enumerar las fojas según el orden de los documentos.

Nota.- Evite retrasos y multas presentando su documentación en los plazos establecidos.

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

      1. Formulario 409 para vehículos, debidamente llenado y firmado por el Sujeto Pasivo.
      2. Solicitud expresa justificada mediante  nota  dirigida  al  Director  de  la  Administración  Tributaria Municipal. solicitando liquidación valor tablas
      3. Detalle del o los objeto (s) Tributario (s) a liquidar, (si corresponde).

Vencido el plazo de registro de valor tablas, se debe adicionar:

      1. Fotocopia del Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes del NIT.
      2. Fotocopia del Formulario único municipal (multa por incumplimiento a deberes formales).

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

 Persona natural.

      1. Fotocopia del documento de identidad del contribuyente.

Persona jurídica.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

En caso de ser apoderado:

      1. Fotocopia del Testimonio Poder.
      2. Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Pasos del ciudadano:

ATENCION PRESENCIAL

      1. Presentación de los requisitos en ventanilla de Informaciones, para obtener una ficha para atención en plataforma.
      2. Se apersona con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
      3. Una vez procesado el Trámite requerido, el contribuyente deberá revisar y firma el formulario de declaración jurada.
      4. Se emite la proforma la cual puede ser cancelada en todas las entidades financieras autorizadas a nivel nacional. Como también se puede realizar el pago mediante la banca por internet si su banco se encuentra habilitado para el servicio.
      5. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.

TRÁMITE NO PRESENCIAL – CENTRO DE CONTACTO CIUDADANO / TRAMITES IGOB – CERO PAPEL

      1. Debe ingresar a la página web: lapaz.bo (Trámites en Línea), para crear el trámite y subir los requisitos señalados según corresponda.
      2. Antes de concluir el trámite se enviará al contribuyente las declaraciones juradas a su correo electrónico personal.
      3. Para concluir el trámite el contribuyente debe verificar y firmar las declaraciones juradas.
      4. Recibe la proforma la cual puede ser cancelada en todas las entidades financieras autorizadas a nivel nacional. Como también se puede realizar el pago mediante la banca por internet si su banco se encuentra habilitado para el servicio.
      5. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.

Nota 2. En caso de dudas y consultas respecto a su trámite, comuníquese con la línea gratuita 800 -13-5555 opción 2

Importante:

La emisión de proforma es gratuita.

Documento/Servicio final:

Proforma de Pago.

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
      2. Ley Nacional Nº 843.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
      7. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres.
      8. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.