18 de mayo de 2023

Levantamiento de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR)  y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico y/o legal

En que consiste:         El trámite consiste en el Levantamiento de las Restricciones técnicas o legales, impuestas a predios con el objeto de que se encuentren sin observaciones para la administración territorial. Instancia responsable:         Unidad de Administración Territorial         Dirección de Administración y Control Territorial         Ubicación física piso 6 Edificio Tobía (toda atención es a través de Ventanilla Única piso 1 Edificio Tobía) Donde se inicia el servicio         Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram), Planta Baja Edificio Tobía Calle Potosí Nº1285 Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:        Telefono: 2652065         Web: www.lapaz.bo Días y horarios de atención:           Lunes a Viernes de 08:30 a 14:30 en Ventanilla Única Piso 1Todos los días, por la tarde, en horario laboral. Tiempo de duración:         30 días Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:         El trámite es personal o con poder y posterior al cumplimiento de las restricciones impuestas al predio en Ordenanza Municipal de       aprobación de la planimetría del sector. Requisitos: Levantamiento de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR)  y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden legal (de acuerdo a la casuística detallada para cada lote):           Acreditación Derecho Propietario Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Fotocopia Escritura Pública sobre derecho propietario, previo cotejo con el original. Fotocopia Folio Real o Tarjeta de Propiedad, previo cotejo con el original. Certificado de tradición o de origen, cuando corresponda.          Presentación de declaración Jurada de posesión. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Declaración Jurada de posesión presentada ante Juzgado de Turno en lo Civil.          Presentación de documentación que evidencie la resolución de conflictos sobre derecho propietario entre particulares. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Fotocopia Escritura Pública sobre derecho propietario, previo cotejo con el original. Fotocopia Folio Real o Tarjeta de Propiedad, previo cotejo con el original. Fotocopia legalizada de la Resolución Judicial pasada en calidad de cosa juzgada, sobre mejor derecho propietario. Fotocopia legalizada del Acta de Conciliación, homologada ante la autoridad jurisdiccional competente, que resuelve el conflicto de mejor derecho.          Suscripción de minuta de transferencia  de lote de terreno a título gratuito a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Escritura Pública de la transferencia a título gratuito.          Presentación de documentación que acredite derecho propietario sobre áreas excedentes. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Fotocopia Escritura Pública sobre derecho propietario, previo cotejo con el original. Fotocopia Folio Real o Tarjeta de Propiedad, previo cotejo con el original. Documentación sobre deslinde.          Presentación de documentación gráfica sobre servidumbres. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Documento judicial o notariado que acredite el deslinde.          Otras condicionantes. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Documento que sea requerido por la Dirección de Administración y Control Territorial, de acuerdo a las características de cada caso Levantamiento de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR)  y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico (de acuerdo a la casuística detallada para cada lote):          Presentación de Proyecto para la ejecución de obras civiles. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Especificaciones técnicas (planos, cálculos, etc) en un original y dos fotocopias, elaborados y firmados por profesionales especializados, los cuales deben estar visados y registrados por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia.          Estudios geológicos – geotécnicos Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.  Estudio geológico – geotécnico en un original y dos copias, visado y registrado por la SIB y por la SMGIR del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.          Presentación de estudios ambientales. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.  Ficha o licencia Ambiental en un original y dos copias elaborado por un profesional especialista habilitado, en las instancias competentes, visados y registrados por la SIB según corresponda y la SMGAER del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.          Presentación de documentación gráfica sobre deslinde técnico Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Plano que acredite el deslinde técnico, cumpliendo las normas y patrones de asentamientos establecidos en  la planimetría aprobada y/o vigente, parte indisoluble de la documentación judicial o notariada.          Presentación de documentación gráfica sobre servidumbres. Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Plano que acredite la servidumbre, cumpliendo las normas y patrones de asentamientos establecidos en la planimetría aprobada y/o vigente, parte indisoluble de la documentación judicial o notariada.          Otras condicionantes Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original. Documentación requerida por la Dirección de Administración y Control Territorial. Pasos del ciudadano: 1.- En Ventanilla Única el propietario o representante legal debe llenar la solicitud de Regularización dispuesta en la sección 1 del Formulario para Levantar la de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR)  y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico y/o legal, adjuntando, según sea el tipo de observación la documentación antes descrita el cual será autorizada por el saneador técnico o legal encargado. 2.- Posteriormente introduce este formulario y la documentación adjunta en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) planta baja Edificio Tobia. 3.- En un plazo de cinco días hábiles  de haber sido emitida la Resolución Administrativa de Levantamiento  de la  de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR)  y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico y/o legal, se notificará al administrado con el citado acto administrativo Importante:      

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Plan de manejo ambiental

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Revisión del Plan de Manejo Ambiental (PMA) conforme a lo establecido en el Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM). Donde se inicia el servicio Plataforma Sitr@mCalle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra Instancia responsable: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovable (SMAGAER) – Dirección de Prevención y Control Ambiental (DPCA) – Unidad de Control Ambiental a las Actividades Económicas y Sociales (UCAAES).Calle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra, 1er. Piso Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: 67123590 – Facebook: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovables Días y horarios de atención: Lunes a ViernesMañana : 8:30 a 16:30 Tiempo de duración: 15 días hábiles si se trata de la primera versión del documento y 10 días hábiles si es la segunda versión. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: El Plan de Manejo Ambiental es un Instrumento de Regulación de Alcance Particular con carácter de Declaración Jurada que debe ser presentado por las Unidades Industriales que se encuentren dentro la categoría 3, conforme la categoría otorgada en el Registro Ambiental Industrial aprobado.Este documento tiene vigencia de 5 años y debe ser elaborado por un Consultor inscrito al Registro Nacional de Consultoría Ambiental (RENCA).La renovación debe ser presentada con 60 días de antelación a la fecha de vencimiento de la vigencia del documento, caso contrario se realizará el cobro de la multa conforme establece el RASIM. Requisitos: Persona Natural:  Carta Dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental. Cuatro Copias del Plan de Manejo Ambiental respetando el contenido mínimo establecido en el RASIM, quedándose con un ejemplar impreso con constancia. Carnet de identidad Representante Legal firmado en la mitad. Facturas de Luz y Agua. Fotografías de la Unidad Industrial. Resultados de análisis de laboratorio en cuanto a descargas industriales, gases de combustión, ruido, COVs, Partículas Suspendidas, según corresponda conforme al rubro de la Unidad Industrial. Carnet de Identidad Consultor RENCA firmado en la mitad Certificado RENCA Vigente Otra documentación de respaldo que se considere necesaria Persona Jurídica: Carta Dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental. Cuatro Copias del Plan de Manejo Ambiental respetando el contenido mínimo establecido en el RASIM, quedándose con un ejemplar impreso con constancia. Carnet de identidad Representante Legal firmado en la mitad. Poder de representación legal. Facturas de Luz y Agua. Planos de la Unidad Industrial. Fotografías de la Unidad Industrial. Resultados de análisis de laboratorio en cuanto a descargas industriales, gases de combustión, ruido, COVs, Partículas Suspendidas, etc. según corresponda conforme al rubro de la Unidad Industrial. Carnet de Identidad Consultor RENCA firmado en la mitad Certificado RENCA Vigente Otra documentación de respaldo que se considere necesaria. Pasos del ciudadano: Vía SITRAM el ciudadano envía en tres folderes los tres formularios originales firmados (color gris, verde y café) con una carta dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental con los documentos de respaldo, detallados en los requisitos. Realiza el seguimiento respectivo al trámite. Recepciona la respuesta En caso de generarse una multa: 4. Se emite proforma de pago o FUM en los bancos autorizados para el pago correspondiente. Una vez remitido el comprobante de pago (dos fotocopias simples), se entrega la documentación solicitada. Importante: Ninguno En caso de generarse una multa. Documento/Servicio final: Nota de aprobación y categorización, renovación o modificación. Marco Legal:  Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (Decreto Supremo Nº26736)

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Ajuste de límite de predios en planimetrías validadas

En que consiste: En la correcta delimitación del predio en planimetría validada respecto a sus colindantes privados o públicos. Instancia responsable: Unidad de Administración Territorial. Dirección de Administración y Control Territorial Ubicación física piso 6 Edificio Tobía (toda atención es a través de Ventanilla Única piso 1 Edificio Tobía) Donde se inicia el servicio Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram), Planta Baja Edificio Tobía Calle Potosí Nº1285 Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:          Teléfono: 2652065          Web: www.lapaz.bo Días y horarios de atención: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:30 en Ventanilla Única Piso 1 Tiempo de duración:           10 días hábiles. Requisitos: Persona Natural: Nota de solicitud dirigida al Director de la DACT.  Tarjeta de Propiedad o Folio Real del Bien Inmueble (fotocopia).   Cédula de Identidad del o los propietario(s) (fotocopia). Croquis de Ubicación y/o Código Catastral. Persona Jurídica:                           1.     Adicionalmente a los requisitos previamente señalados, en caso de empresa o sociedad deberá estar representado por                                   un personero, quien obligatoriamente deberá adjuntar un Testimonio – Poder Notariado que acredite su condición. Pasos del ciudadano: Inicia el trámite en Ventanilla Sitr@m de la DATC (1° piso),  presentando los requisitos, dejando todos sus datos personales.  Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en Ventanilla Única piso 1 Edificio Tobía. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite. Recoge su informe. Importante:           Costo del Servicio: Gratuito Documento/Servicio final:          Informe técnico y/o legal de predio y/o planimetría Marco Legal:        Resolución Municipal Nº406/2008 de fecha 01/09/2008 y Resolución Municipal Nº 398/2011

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Descripción de proyecto – Plan de manejo ambiental

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Revisión de la Descripción de Proyecto – Plan de Manejo Ambiental (DP-PMA) conforme a lo establecido en el Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM). Donde se inicia el servicio Plataforma Sitr@mCalle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra Instancia responsable: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovable (SMAGAER) – Dirección de Prevención y Control Ambiental (DPCA) – Unidad de Control Ambiental a las Actividades Económicas y Sociales (UCAAES).Calle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra, 1er. Piso Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: 67123590 – Facebook: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovables Días y horarios de atención: Lunes a ViernesMañana : 8:30 a 16:30 Tiempo de duración: 15 días hábiles si se trata de la primera versión del documento y 10 días hábiles si es la segunda versión (es decir, si el documento presentó observaciones en la primera presentación). Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: La Descripción de Proyecto – Plan de Manejo Ambiental es un Instrumento de Regulación de Alcance Particular con carácter de Declaración Jurada que debe ser presentado por las Unidades Industriales que están en proyecto y que se encuentren dentro de la categoría 3, emplazadas en el Municipio de La Paz, conforme la categorización del Registro Ambiental Industrial aprobado.El documento Descripción de Proyecto no debe ser renovado, el Plan de Manejo Ambiental tiene vigencia de 5 años y debe ser actualizado. El DP-PMA debe ser elaborado por un Consultor inscrito al Registro Nacional de Consultoría Ambiental (RENCA). Requisitos: Persona Natural:  Carta Dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental Cuatro Copias impresas y una digital del documento Descripción de Proyecto – Plan de Manejo Ambiental respetando el contenido mínimo establecido en el RASIM, quedándose con un ejemplar impreso con constancia de recepción. Carnet de identidad Representante Legal firmado en la mitad. Carnet de Identidad Consultor RENCA firmado en la mitad. Certificado RENCA Vigente Otra documentación de respaldo que se considere necesaria. Persona Jurídica: Carta Dirigida al Ing. Marco Antonio Martinez U. – Director de Prevención y Control Ambiental Cuatro Copias impresas y una digital del documento Descripción de Proyecto – Plan de Manejo Ambiental respetando el contenido mínimo establecido en el RASIM, quedándose con un ejemplar impreso con constancia de recepción. Carnet de identidad Representante Legal firmado en la mitad. Poder de representación legal. Carnet de Identidad Consultor RENCA firmado en la mitad. Certificado RENCA Vigente Otra documentación de respaldo que se considere necesaria. Pasos del ciudadano: Vía SITRAM, el ciudadano envía el Manifiesto Ambiental Industrial-Plan de Manejo Ambiental, en cuatro copias físicas y una copia digital, con una carta dirigida a Dirección de Prevención y Control Ambiental con documentos de respaldo, detallados en los requisitos. Realiza el seguimiento respectivo al trámite (Piso 1 – Edificio ESPRA). Recoge la respuesta. Importante: Ninguno Documento/Servicio final: Descripción de Proyecto – Plan de Manejo Ambiental aprobado y/u observado.Certificado de Aprobación Marco Legal:  Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (Decreto Supremo Nº26736)

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Fortalecimiento al brazo social para la atención a personas de escasos recursos en el Municipio

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Implementar espacios de cobertura y apoyo social a favor de personas de escasos recursos o en situación de pobreza, riesgo social o vulnerabilidad, articulando la participación de la sociedad civil organizada en el municipio de La Paz, a través de convenios y alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, ONG´s, fundaciones, entidades financieras y medios de comunicación para la realización de campañas de solidaridad y canalización de recursos brindando una atención oportuna que dé solución a las demandas a nivel social, psicológico, legal, psicopedagógico y de atención médica. Donde se inicia el servicio Edificio Feliciano Cantuta (Edif. Técnico), Calle Colombia y Mcal. Santa Cruz, Planta Baja, Plataforma de Atención Ciudadana. Instancia responsable: Secretaria Municipal de Educación y Desarrollo Social, a través de la Unidad de Protección a Víctimas de Violencia y Población en Riesgo SocialUbicación física/Dirección: Avenida Mariscal Santa Cruz y Colombia, Edificio Feliciano Cantuta Piso 8. Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: 2319905. Días y horarios de atención: Lunes a Viernes Hrs. 08:30 a 12:00 y 14:30 a 19:00. Tiempo de duración: 365 días del año. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Se atienden únicamente a personas de escasos recursos, riesgo social y vulnerabilidad del municipio de La Paz, a través del llenado de una ficha social para el posterior estudio socioeconómico del caso. Que servicios se brindan: Apoyo psicopedagógico y psicomotriz. Apoyo psicológico. Asesoramiento legal. Apoyo con medicamentos previa presentación de receta médica actualizada. Cancelación de estudios especializados (laboratorios, tomografías, rayos x, insumos médicos y otros) previa presentación de orden medica actualizada. Apoyo con alimentos y vestimenta. Canalización de campañas de solidaridad con aliados estratégicos. Gestión social de reducción de costos por gastos de hospitalización u otros. Gestión de aparatos ortopédicos en gratuidad. Gestiones de ataúdes y nicho en gratuidad. Gestión para obtención de documentos de identificación (carnet de identidad y certificados de nacimientos). Gestión de albergue transitorio. Gestión social de reducción de costos en pasajes al interior del país. Que servicios no se atienden: Apoyo en el acceso a la vivienda. Gestión de fuentes laborales. Provisión de capitales para funcionamiento de negocios. Apoyo en tratamientos de por vida. Trasplantes de órganos, tejidos y Trasplantes metálicos. Cirugías estéticas. Ortodoncias tratamiento con brackets. Malformaciones de nacimiento. Recursos económicos (dinero). Requisitos: Persona Natural: Personas de escasos recursos, riesgo social y vulnerabilidad del Municipio de La Paz. Portar Cedula de identidad o algún documento de identificación. En caso de solicitud de medicamentos, presentar receta médica actualizada. Pago de análisis médicos, previa presentación formularios de la instancia solicitante (orden medica actualizada). Persona Jurídica No corresponde. Pasos del ciudadano: Solicitud recepcionada vía Sitr@m. Remisión al Programa Brazo Social. Asignación del tramite al personal del área de Trabajo Social. Identificación de la demanda o solicitud. Apertura del caso (Llenado de la ficha social). Investigación socioeconómica (visita domiciliaria). Gestión social para dar respuesta a la solicitud Cierre de Caso. Elaboración del informe social de cierre de caso. Archivo del tramite. Importante: Costo del Servicio: El servicio no tiene costo. Documento/Servicio final: Informe social de cierre de caso. Marco Legal:  Constitución Política del Estado. Ley Nº 031 Marco de Autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez” de 19 de julio de 2010. Ley Nº 482 de Gobiernos Autónomo Municipales de 9 de enero de 2014. Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamental de 20 de julio de 1990. Ley Nº 2026, Niña, Niña y Adolecente de 27 de octubre de 1990. Ley Nº 045 de Lucha Contra el Racismo y toda forma de Discriminación de 8 de octubre de 2010. Ley Municipal Autonómica G.A.M.L.P. Nº 056 de 20 de diciembre de 2013. Decreto Supremo Nº 23318-A, que aprueba el Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública.

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Informe Ambiental anual

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Revisión del Informe Ambiental Anual (IAA) conforme a lo establecido en el Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM). Donde se inicia el servicio Plataforma Sitr@mCalle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra Instancia responsable: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovable (SMAGAER) – Dirección de Prevención y Control Ambiental (DPCA) – Unidad de Control Ambiental a las Actividades Económicas y Sociales (UCAAES).Calle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra, 1er. Piso Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: 67123590 – Facebook: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovables Días y horarios de atención: Lunes a ViernesContinuo : 8:30 a 16:30 Tiempo de duración: No establecido en la norma. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: El Informe Ambiental Anual es un documento con carácter de Declaración Jurada que debe ser presentado por las Unidades Industriales que se encuentren dentro de las categorías 1 y 2, y 3, conforme la categoría otorgada en el Registro Ambiental Industrial aprobado.Este documento debe ser presentado anualmente hasta el 30 de mayo, contiene información de cierre al 31 de diciembre del año anterior. El IAA debe ser elaborado por un Consultor inscrito al Registro Nacional de Consultoría Ambiental (RENCA). Requisitos: Persona Natural:  Carta Dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental Dos copias del Informe Ambiental Anual respetando el contenido mínimo establecido en el RASIM. Facturas de consumo de energía eléctrica y agua. Carnet de identidad Representante Legal firmado en la mitad. Carnet de Identidad Consultor RENCA firmado en la mitad Certificado RENCA Vigente Fotografías de la Unidad Industrial. Resultados de análisis de laboratorio en cuanto a descargas industriales, gases de combustión, ruido, COVs, Partículas Suspendidas, según corresponda conforme al rubro de la Unidad Industrial. Otra documentación de respaldo que se considere necesaria. Copia digital de TODA la documentación presentada. En caso de ser Categorías 1 y 2, después de revisado el trámite este es enviado al Gobierno Autónomo Departamental de La Paz (GADLP) para su revisión. Persona Jurídica: Carta Dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental Dos copias del Informe Ambiental Anual respetando el contenido mínimo establecido en el RASIM. Facturas de consumo de energía eléctrica y agua. Carnet de identidad Representante Legal firmado en la mitad. Poder de Representación Legal. Carnet de Identidad Consultor RENCA firmado en la mitad Certificado RENCA Vigente Fotografías de la Unidad Industrial. Resultados de análisis de laboratorio en cuanto a descargas industriales, gases de combustión, ruido, COVs, Partículas Suspendidas, según corresponda conforme al rubro de la Unidad Industrial. Otra documentación de respaldo que se considere necesaria. Copia digital de toda la documentación presentada. En caso de ser Categorías 1 y 2, después de revisado el trámite este es enviado al Gobierno Autónomo Departamental de La Paz (GADLP) para su revisión. Pasos del ciudadano: Vía SITRAM, el ciudadano envía el Informe Ambiental Anual, en dos copias, con una carta dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental con documentos de respaldo, detallados en los requisitos. Realiza el seguimiento respectivo al trámite. Recepciona la respuesta. Importante: NingunoEl presente trámite puede requerir un costo por parte del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz (en caso de categorías 1 y 2). Documento/Servicio final: Informe Ambiental Anual aprobado. Marco Legal:  Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (Decreto Supremo Nº26736).

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Duplicado de Certificado de Registro Catastral

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: El Duplicado del Certificado de Registro Catastral es un documento técnico que avala la existencia del Registro de un bien inmueble en el Módulo Catastro del Sistema de Información Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (SIT V2) del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. Puede ser obtenido en cualquier plataforma de atención ciudadana de las Subalcaldías, Centros Multipropósito y Unidad de Catastro. Donde se inicia el servicio Plataforma Integral de Atención al Ciudadano (Mercado Camacho) calle Bueno esq. Calle Simon Bolívar. Plataforma Integral de Atención al Ciudadano (Edificio Atlanta) Av. Gral. Jose Ballivian entre calles 13 y 14 Calacoto. Plataforma SERMAT 2 (Edificio Torre Vicenta)Av. Argentina esq. Calle Díaz Romero. Instancia responsable: Dirección de Administración Territorial y Catastral – Unidad de Catastro Edificio Tobía 1er Piso – Calle Potosí Nº1285. Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: Oficina Central Telf. 2651067 – PIAC Calacoto 2652089 – Oficina SERMAT 2650920 – www.lapaz.bo Días y horarios de atención: Plataforma Integral de Atención al Ciudadano mercado Camacho de 8:30 a 12:00 Y 14:30 a 18:00, Plataforma Integral de Atención al Ciudadano zona Calacoto de 8:30 a 16:30 y oficina SERMAT 2 de 8:30 a 16:30. Tiempo de duración: La atención del trámite es inmediata. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: La documentación debe ser presentada en el orden definido, en un fólder con un sujetador. Los documentos originales presentados serán devueltos inmediatamente verificada su correspondencia y fidelidad respecto a las fotocopias de los mismos. Requisitos: Persona Natural:  Cédula Identidad del/los propietario(s) (original y fotocopia) Código Catastral y/o Croquis de Ubicación. Si es apoderado: Cédula Identidad del/los propietario(s). (fotocopia) Poder Notariado específico (original y fotocopia) Cédula de Identidad del apoderado (original y fotocopia) Persona Jurídica: Fotocopia NIT Poder Notariado específico (original y fotocopia) Cédula de identidad del/los apoderado(s) o representante legal. (original y fotocopia) Pasos del ciudadano: Inicio del trámite, en plataforma de Catastro. Recepción de documentación. Procesamiento de la información en la Unidad de Catastro. Entrega del Certificado de Registro Catastral. Conclusión del trámite. Importante: 46.00 Bs. Documento/Servicio final: Certificado de Registro Catastral Marco Legal:  Constitución Política del Estado Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002. Ley Nº 2372 de Regularización de Derecho Propietario Urbano de 22 de mayo de 2002. Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez” de 19 de julio de 2010. Ley Nº 247 de Regularización de Derecho Propietario sobre bienes inmuebles Urbanos destinados a Vivienda de 5 de junio de 2012. Texto ordenado de las Leyes Autonómicas Municipales Nos. 007-013 y 014 sobre Ordenamiento Jurídico y Administrativo Municipal. Texto ordenado de las Leyes Autonómicas Municipales Nos. 017-024-050 y 080 sobre Uso de Suelos Urbanos. Ley Autonómica Municipal Nº 58 de Catastro de 30 de diciembre de 2013. Ley Autonómica Municipal Nº 031 de 26 de febrero de 2013. Decreto Supremo Nº 22902 de 19 de septiembre de 1991. Ordenanza Municipal Nº 561/2007 de 10 de octubre de 2007, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 349/14 de 07 de julio de 2014. Ordenanza Municipal Nº 456/2009 de 1º de septiembre de 2009. Resolución Municipal Nº 227/04 de 1º de julio de 2004 modificado por la Resolución Ejecutiva Nº 342/12 de 23 de octubre de 2012. Decreto Municipal Nº 15/14 Reglamento a la Ley de Catastro de 27 de junio de 2014. Resolución Administrativa Nº 008/2009 sobre “Tolerancias y Precisiones” de 04 de agosto de 2009.

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Exención de presentación de Registro Ambiental Industrial

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Determinación de la pertinencia o no de presentar el Registro Ambiental Industrial dependiendo del tipo de actividad que realiza. Donde se inicia el servicio Plataforma SitramCalle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra Instancia responsable: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovable (SMAGAER) – Dirección de Prevención y Control Ambiental (DPCA) – Unidad de Control Ambiental a las Actividades Económicas y Sociales (UCAAES).Calle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra, 1er. Piso Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: 67123590 – Facebook: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovables Días y horarios de atención: Lunes a ViernesMañana : 8:30 a 16:30 Tiempo de duración: No establecido en la norma. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Las actividades económicas contempladas en el Anexo 1 del RASIM deben presentar el Registro Ambiental Industrial, en caso de que las Subalcaldías soliciten la presentación de este documento, sin desarrollar una actividad manufacturera, debe solicitarse una inspección para determinar si es necesaria o no presentación del mismo. Requisitos: Persona Natural:  Carta Dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental, solicitando la inspección. Croquis de ubicación, donde se identifique claramente la Actividad Económica. Señalar días y horarios de funcionamiento (en caso de que se encuentre en operación) Incluir números de teléfono fijo y celular. Fotocopia del Carnet de Identidad firmado en la mitad. Persona Jurídica: Carta Dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental, solicitando la inspección. Croquis de ubicación, donde se identifique claramente la Actividad Económica. Señalar días y horarios de funcionamiento (en caso de que se encuentre en operación) Incluir números de teléfono fijo y celular. Fotocopia del Carnet de Identidad firmado por la mitad. Pasos del ciudadano: Vía SITRAM, el ciudadano envía la solicitud de inspección, con una carta dirigida al Ing. Marco Antonio Martinez Uriarte – Director de Prevención y Control Ambiental con documentos de respaldo, detallados en los requisitos. Realiza el seguimiento respectivo al trámite. Recoge la respuesta. Importante: Ninguno Documento/Servicio final: Nota de respuesta al ciudadano. Marco Legal:  Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (Decreto Supremo Nº26736)

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Habilitación de tierras para usos urbanos

En que consiste: Es la autorización municipal a nuevas urbanizaciones y/o asentamientos planificados en áreas destinadas a usos habitacionales y compatibles con este, en el cual se garantice de acuerdo a norma la dotación de espacios destinados a equipamientos, áreas verdes y vías a ceder al GAMLP. Instancia responsable: Unidad de Administración Territorial. Dirección de Administración y Control Territorial Ubicación física piso 6 Edificio Tobía (toda atención es a través de Ventanilla Única piso 1 Edificio Tobía) Donde se inicia el servicio Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram), Planta Baja Edificio Tobía Calle Potosí Nº1285 Teléfonos: 2652065 Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:   Teléfono: 2652065    Web:  www.lapaz.bo Días y horarios de atención: Lunes a Viernes de 08:30 a 14:30 en Ventanilla Única Piso 1 Tiempo de duración: Etapa 1: 10 Días Hábiles Etapa 2: 15 Días Hábiles Etapa 3: 10 Días Hábiles Etapa 4: 15 Días Hábiles Vigencia de cada etapa: Etapa 1: 6 meses Etapa 2: 6 meses Etapa 3: 12 meses Etapa 4: Una vez emitida la Resolución Ejecutiva de aprobación de la Urbanización, su vigencia es indefinida. Todo documento que no haya concretado su objetivo, posibilitando el paso a otra etapa de tramitación, dentro del plazo previsto, podrá ser revalidado mediante solicitud expresa. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: El trámite cuenta con 4 etapas:                                 Etapa 1: Emisión de normativa                                Etapa 2: Visado preliminar (anteproyecto)                                Etapa 3: Autorización para la ejecución de obras de habilitación de urbanización                                Etapa 4: Aprobación de proyectos de urbanización Toda operación de habilitación de tierras supone la tácita aceptación de transferir gratuitamente al Municipio en calidad de aportes áreas destinadas al uso público bajo la figura de vías, áreas verdes, equipamientos, etc. en el porcentaje establecido para cada tipología de habilitación. Requisitos: Persona Natural:  Etapa 1: Nota dirigida al Director de la DATC solicitando acogerse al Reglamento de Habilitación de Tierras (RHAT). Folio Real o Tarjeta de Propiedad preferiblemente registrado bajo una sola partida. Registro Catastral Actualizado. Levantamiento topográfico georreferenciado. Estudio Geológico Geotécnico (puede recabarse información en la SMGIR – Secretaría Municipal de Gestión Integral de Riesgos) Documentación de derecho propietario. Etapa 2: Informe de otorgación de normativa. Planos originales y 1 copia de la propuesta de diseño urbano con el Visado del Colegio de Profesionales que corresponda. Etapa 3: Haber presentado todos los estudios complementarios requeridos en la Resolución Administrativa de visado preliminar (etapa 2) y presentación de estudios complementarios Solicitud de autorización de inicio de obras. Presupuesto y Cronograma de Ejecución de Obras. Plan de contingencias para época de lluvias. Boleta Bancaria que garantice la ejecución de las obras de infraestructura. Etapa 4: Solicitud de aprobación definitiva de Urbanización. Plano As Built de la urbanización con el respectivo visado del Colegio de Profesionales correspondiente (2 originales y 1 copia). Minuta de cesión de áreas públicas a nombre del GAMLP. Persona Jurídica: Adicionalmente a los requisitos previamente señalados, en caso de empresa o sociedad deberá estar representado por un personero, quien obligatoriamente deberá adjuntar un Testimonio –  Poder Notariado que acredite su condición. Pasos del ciudadano: Etapa 1: Inicia el trámite en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en plataforma de atención al ciudadano. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite. Recoge su Informe de Otorgación de Normativa para urbanizaciones/ o Informe de observaciones. Etapa 2:  Continúa la tramitación en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en ventanilla única piso 1 Edificio Tobía. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite. Recoge la Resolución Administrativa que autoriza el visado preliminar del proyecto presentado y el plano firmado y sellado. Etapa 3: Continúa la tramitación en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en plataforma de atención al ciudadano. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite. Recoge la Resolución Administrativa que autoriza el inicio de obras. Etapa 4: Continúa la tramitación en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en ventanilla única piso 1 Edificio Tobía. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite. Realiza la cesión de áreas públicas. Recoge la Resolución Ejecutiva de aprobación de la urbanización y los planos de Urbanización aprobados Importante: Etapa 1: Gratuito Etapa 2: Debe presentar una boleta de garantía que se determinará en base al presupuesto por obras. Etapa 3: Gratuito Etapa 4: De acuerdo al patrón de asentamiento.                 Documento/Servicio final: Etapa 1: Informe de Otorgación de Normativa para urbanizaciones/ o Informe de observaciones. Etapa 2: Resolución Administrativa de visado preliminar y autorización de presentación de estudios complementarios. Plano firmado y sellado. Etapa 3: Resolución Administrativa de Autorización de inicio de obras. Etapa 4: Resolución Ejecutiva de aprobación de la urbanización. Planos de Urbanización aprobados. Marco Legal:  Reglamento de Habilitación de Tierras para Usos Urbanos (RHAT), aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 032/95 HAM – HCM 031/95 de fecha 20 de abril de 1995. 

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Atención a denuncias interpuestas contra Unidades Industriales

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Atención a denuncias interpuestas contra Unidades Industriales por posible contaminación ambiental (hídrica, atmosférica, acústica, suelos o por residuos sólidos). Donde se inicia el servicio Plataforma Sitr@mCalle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra Instancia responsable: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovable (SMAGAER) – Dirección de Prevención y Control Ambiental (DPCA) – Unidad de Control Ambiental a las Actividades Económicas y Sociales (UCAAES).Calle Chichas Nº1204, Edificio Torre Espra, 1er. Piso Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: 67123590 – Facebook: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovables Días y horarios de atención: Lunes a ViernesMañana : 8:30 a 16:30 Tiempo de duración: La primera atención al caso debería realizarse en 10 días, posteriormente dependiendo si se requiere monitoreo de alguno de los factores ambientales el plazo se amplía para contar con los resultados de laboratorio del GAMLP, posteriormente si corresponde deberá realizarse un segundo monitoreo por parte del laboratorio GAMLP y del denunciado, debiendo dar una “resolución expresa” o pronunciamiento definitivo en un plazo máximo de 3 meses. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Es necesario contar con datos mínimos acerca del denunciante y denunciado para poder realizar a atención adecuada a la denuncia interpuesta.En caso de denuncias colectivas debe identificarse a cada uno de los denunciantes. Requisitos: Persona Natural:  Carta Dirigida al Ing. Marco Antonio Martinez Uriarte – Director de Prevención y Control Ambiental, señalando los extremos de la denuncia. Croquis de ubicación, donde se identifique a la Unidad Industrial y el domicilio denunciante. Señalar días y horarios de mayor molestia. Incluir números de teléfono fijos y celulares del denunciante. Fotocopia del Carnet de Identidad del denunciante firmado en la mitad. Persona Jurídica: Carta Dirigida al Ing. Marco Antonio Martinez Uriarte – Director de Prevención y Control Ambiental, señalando los extremos de la denuncia. Croquis de ubicación, donde se identifique a la Unidad Industrial y el domicilio denunciante. Señalar días y horarios de mayor molestia. Incluir números de teléfono fijos y celulares del denunciante. Fotocopia del Carnet de Identidad del denunciante firmado en la mitad. Pasos del ciudadano: Vía SITRAM el ciudadano denuncia mediante una carta dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental con documentos de respaldo, detallados en los requisitos. Realiza el seguimiento respectivo al trámite (Piso 1 – Edificio ESPRA) Importante: Ninguno Documento/Servicio final: Informe y nota de atención a la denuncia. Marco Legal:  Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero (RASIM)

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