Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
La Autorización “E”, es el documento otorgado por el G.A.M.L.P. en favor de personas naturales o jurídicas, que autoriza el expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas en espacios privados excepcionalmente habilitados para el desarrollo de recepciones sociales en el marco de las manifestaciones folclóricas y/o populares con valor patrimonial, entre los que se encuentran comprendidos con carácter enunciativo y no limitativo garajes, terrenos, galpones y otros.
La solicitud de Autorización “E”, debe realizarse mediante la plataforma de atención ciudadana adjuntando los datos de la solicitud, luego de la revisión de los documentos se procede a verificar la documentación y si el espacio privado donde se pretende llevar adelante la recepción social no cuenta con Antecedentes o no ha excedido el número de autorizaciones permitido.
Finalmente se emitirá la correspondiente Autorización.
En etapa de pandemia la otorgación de la autorización E, estará sujeta a las restricciones del COEM, COED, y demás determinaciones del GAMLP.
PLATAFORMA VIRTUAL
Plataforma virtual “iGob 24/7”: http://igob247.lapaz.bo/
PLATAFORMAS PRESENCIALES
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- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Miraflores, Calle Chichas Esq. Juan de Vargas. Zona Miraflores. Edificio “TORRE ESPRA” Planta baja, N° 1204.
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho, Av. Simón Bolívar, mercado Camacho, Subsuelo
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur, Av. Ballivián entre calles 12 y 13 Zona Calacoto. Edificio “Atlanta” N° 720.
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Cotahuma, Av. Marcelo Quiroga Santa Cruz, Z. Ernesto Torres esquina Av. Mariscal Santa Cruz (camino a Pasankeri).
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Max Paredes, Calle Max Paredes esq. Av. Buenos Aires.
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Periférica, Edificio Nardin Rivas, Avenida Montes y Uruguay Nº451.
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia San Antonio, Av. Josefa Mujica Zona Alto Villa San Antonio.
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Sur, Avenida Hernando Siles Nº 4678, entre calles 11 y 12 Zona Obrajes.
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Centro, Av. Tejada Sorzano esq. Av. Sucre.
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U.A.E.C. Unidad de Actividades Económicas de cada Subalcaldía Macrodistrital.
Instancia Gerente: Unidad de Actividades Económicas (UAE), de la Dirección de Actividades Económicas y Mercados (DAEM) dependiente de la Secretaria Municipal de Desarrollo Económico (SMDE).
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
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- UAE Fono: 2650737
- LÍNEA GRATUITA Fono: 800135555 (Centro de Contacto Ciudadano)
- COTAHUMA Fono: 2419674
- MAX PAREDES Fono: 2454553
- PERIFÉRICA Fono: 2461312
- SAN ANTONIO Fono: 2232084
- SUR Fono: 2783631
- MALLASA Fono: 2745156
- CENTRO Fono: 2203380
- ZONGO Fono: 2285959
- HAMPATURI Fono: 2213587
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- Plataforma virtual “iGob 24/7”: http://igob247.lapaz.bo/
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- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Miraflores, Horario 08:15 a 17:30 (continuo).
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho, Horario 08:15 a 17:30 (continuo).
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur, Horario 08:15 a 17:30 (continuo).
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Cotahuma, Horario 08:15 a 17:30 (continuo).
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Max Paredes, Horario 08:15 a 17:30 (continuo).
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Periférica, Horario 08:15 a 17:30 (continuo).
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia San Antonio, Horario 08: 45 a 12:15 y 14:15 a 17:30 (discontinuo).
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Sur, Horario 08:15 a 17:30 (continuo).
- Plataforma Atención Ciudadana Subalcaldia Centro, Horario Horario 08: 45 a 12:15 y 14:15 a 17:30 (discontinuo).
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De 5 a 7 días hábiles.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
ALCANCE DE LA AUTORIZACIÓN:
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- Con la otorgación de la Autorización E, se permitirá el expendio y consumo de bebidas alcohólicas únicamente durante la recepción social y en el interior del establecimiento.
- La autorización surtirá efectos únicamente para el titular respecto del puesto, espacio público o espacio privado autorizado, no pudiendo extenderse a otra persona, puesto o espacio diferente al cual fue originalmente otorgado.
- Cada espacio privado excepcionalmente habilitado solo podrá desarrollar en su interior hasta seis (6) recepciones sociales, por año.
- En etapa de pandemia la Autorización estará sujeta a las determinaciones del COEM y COED, así como a las restricciones que puedan operar para el consumo de bebidas alcohólicas en el municipio.
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En atención al Texto Ordenado de las Leyes Municipales Autonómicas Nº 263 – 274, “De Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas”, para la otorgación de la Autorización el solicitante debe presentar la siguiente documentación:
Persona Natural:
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- Formulario de Solicitud de Autorización debidamente llenado y firmado;
- Cedula de Identidad del representante de la recepción social (original y fotocopia).
- Licencia de Funcionamiento de la actividad económica no vinculada al expendio y consumo de bebidas alcohólicas del lugar donde se desarrollara la recepción social (fotocopia).
- Croquis de ubicación del espacio privado donde se pretenda desarrollar la recepción social.
- Acta de compromiso de cumplimiento de condiciones suscrita de manera conjunta y corresponsable por el propietario del inmueble y el representante de la fraternidad folclórica.
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- El acta de Compromiso que tendrá carácter de declaración jurada preverá las siguientes condiciones que deberán ser cumplidas obligatoriamente por el solicitante:
- Extintores tipo químico;
- Personal de Seguridad, al interior y exterior del establecimiento;
- Puerta de ingreso y salida;
- Servicios sanitarios debidamente señalizados de acuerdo a la proporción de los asistentes;
- Iluminación adecuada durante la realización del evento;
- La instalación de mecanismos que permitan atenuar la contaminación acústica generada por el evento;
- La obligación de informar al GAMLP sobre la existencia de puestos de expendio de bebidas alcohólicas y/o alimentos, al exterior del espacio privado donde se desarrolla la recepción social:
- Instalación de sistemas de cámaras de seguridad y monitoreo electrónico, las mismas que podrán ser incorporadas para el día del evento o que podrán encontrarse e instaladas de manera permanente, debiendo estar habilitadas y en funcionamiento, obligatoriamente, una hora antes de la recepción social y hasta una hora después de su finalización.
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- Presentar los requisitos en la Plataforma de Atención a la Ciudadanía.
- Recoger la Autorización de la Plataforma de Atención a la Ciudadanía.
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Las condiciones técnicas deben ser cumplidas, previo al inicio de la recepción social, en atención a la Declaración Jurada presentada por el responsable de la recepción social.
Autorización “E”.
Marco Legal:
Texto Ordenado de Leyes Municipales Autonómicas Nº 263 – 274, “De Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas”.