Requisitos específicos para la entrega de Valores Vehículos

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Es la entrega de un valor al finalizar un trámite, ya sea un CRPVA, placa o plaqueta.

Donde se inicia el servicio

ATENCIÓN PRESENCIAL

CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Colón, planta baja, plataforma de atención al ciudadano

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Vehículos.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2652228 – 800135555 (Opción 2 para consultas) – www.lapaz.bo; igob247.lapaz.bo (consultas)

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL

CENTRAL – Lunes  a  Viernes de: 07:30 a 20:30 – Sábados: 08:00 a 13:00

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio

Tiempo de duración:

10 minutos (tiempo promedio de un registro).

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal o con testimonio poder.
      2. Presentación de requisitos legibles y sin enmiendas.
      3. El ciudadano deberá estar registrado y actualizado en el Padrón Municipal del Contribuyente.
      4. Se verifica además que no existan documentos de entrega pendientes.
      5. El vehículo no debe tener observaciones.
      6. El vehículo no debe tener deudas pendientes municipales por ningún concepto a la fecha.
      7. La radicatoria del vehículo debe ser igual al del gobierno municipal donde se realiza el trámite.

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

Por Inscripción Directa y por Inscripción Directa con- Transferencia:

      1. Original de las Fichas Kardex emitida por el Organismo Operativo de Transito.

Por Inscripción Casa Comercial:

      1. Original de las Fichas Kardex emitida por el Organismo Operativo de Transito.
      2. Nota autorizando la entrega de valores, registrando Datos de: Número de Póliza, Chasis, Motor por cada Vehículo

Por Reemplaque:

      1. Carnet de Propiedad sistema antiguo y/o Certificación emitido por la A.T.M. del G.A.M.L.P.
      2. Placas Antiguas.

 Por Reemplaque – Transferencia:

      1. Original de las Fichas Kardex emitida por el Organismo Operativo de Transito.
      2. Placas Antiguas.

Por Duplicados de Placas y Plaquetas:

      1. Fotocopia Certificado de Propiedad RUAT-03.
      2. Certificado de denuncia de extravió o robo ante DIPROVE.
      3. Devolución de Placa en Caso de Pérdida o Robo de una de ellas.

Por placas decomisadas:

      1. Papeleta de Decomiso Original.

Recojo de CRPVA por Transferencia:

      1. Certificado de Propiedad RUAT-03.

 Recojo de CRPVA por duplicado:

      1. Denuncia de extravío emitido por el Organismo Operativo de Tránsito.

Recojo de CRPVA por actualización:

      1. Certificado de Propiedad RUAT-03.

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

 Persona natural:

      1. Fotocopia del documento de identidad del contribuyente.

Persona jurídica.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

En caso de ser apoderado:

      1. Fotocopia del Testimonio Poder.
      2. Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Pasos del ciudadano:

ATENCIÓN PRESENCIAL

      1. Presentación de requisitos para obtener una ficha para atención en plataforma.
      2. Se apersona con el Oficial Tributario de Entrega de Valores de acuerdo a la ficha asignada.
      3. Finalmente recoge los Valores del trámite correspondiente.

Importante:

El presente trámite no genera costo.

Documento/Servicio final:

Placa, plaqueta y/o Certificado de Registro de Propiedad – Vehículos Automotores (CRPVA). (según corresponda)

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
      2. Ley Nacional Nº 843.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014
      7. Otros reglamentos y normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el GAMLP.