Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
Es el beneficio que otorga la Administración Tributaria Municipal a todas aquellas actividades cuya función no persigue fines lucrativos, que consiste en la exención del 100% en el pago de la Patente de Funcionamiento Anual.
CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado), planta baja, Ventanilla SITRAM.
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo.
Teléfono(s) de consulta(s):
Línea Gratuita 155 (opción 2)
Líneas WhatsApp 62443035 – 71552352
Página web: http://atm.lapaz.bo
Página Facebook: Administración Tributaria Municipal
CENTRAL – lunes a viernes de: 08:30 a 16:30
NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.
15 días hábiles para el procesamiento del trámite desde que ingresa la solicitud a la Administración Tributaria Municipal.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
- La actividad económica no debe tener bloqueo por proceso de fiscalización o liquidación mixta por ninguna gestión.
- El solicitante debe cumplir las condiciones establecidas en normativa vigente.
- La Exención es otorga desde la gestión en la cual se solicita la exención.
- Recojo de la Resolución Administrativa de exención en oficinas de la Sección Jurídica dependiente de la Administración Tributaria Municipal, el tercer piso del Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado).
- Previamente al trámite se debe realizar el ingreso de los requisitos con Hoja de Ruta en la plataforma de SITRAM 24/7.
Titular:
-
-
-
- Nota de solicitud dirigida a la Administración Tributaria Municipal
- Estatuto Orgánico o Acuerdo Marco aprobado
- Reglamento Interno
- Poder del Representante Legal
- Documento De Identidad del Representante Legal
- Número de Identificación Tributaria – NIT
- Certificado de Inscripción en el Servicio de Impuestos Nacionales
- Licencia de Funcionamiento Vigente
-
-
Apoderado:
-
-
-
- Documento de Identidad del apoderado.
- Testimonio Poder.
-
-
-
-
-
- Dejar la solicitud en la Plataforma del Sitram adjuntando todos los requisitos.
- En caso de que el trámite cumpla todos los requisitos y condiciones determinadas en la normativa municipal vigente, el contribuyente podrá recoger de la Sección Jurídica dependiente de la Administración Tributaria Municipal la Resolución Administrativa de exención.
- De forma anual debe solicitar la liquidación en cero, adjuntando la Resolución Administrativa de Exención para registro de la exención, el Estatuto Orgánico o Acuerdo Marco aprobado, Poder del Representante Legal y el Documento De Identidad del Representante Legal y Licencia de funcionamiento vigente.
- El ciudadano puede hacer seguimiento del trámite mediante el número de hoja de ruta asignado.
- El contribuyente una vez recepciona la liquidación debe apersonarse a cualquier entidad financiera autorizada para realizar la presentación de la liquidación en cero durante el periodo de cobro de la gestión fiscal, posteriormente el sistema generará Multa Por Incumplimiento a Deberes Formales.
-
-
El presente trámite no genera costo.
Resolución Administrativa de Exención de Patentes Municipales y liquidación en cero.
Marco Legal:
-
-
- Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
- Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
- Ley Municipal Autonómica N° 217/2016 y sus modificaciones.
- Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
-