EMISIÓN DE CERTIFICACIONES (bienes inmuebles)

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Es la atención por parte de la Administración Tributaria Municipal a solicitud expresa del sujeto pasivo o tercero responsable o mediante Orden Judicial, Requerimiento Fiscal u otros; requiere certificar el registro técnico, tributario o datos del contribuyente; generándose la Certificación con la información consignada en el Padrón Municipal del Contribuyentes.

Las certificaciones solicitadas, solo pueden ser otorgadas al sujeto y/o sujetos pasivos que acrediten su interés legal y se encuentren debidamente registrados ante el Padrón Municipal de Contribuyentes, salvo orden judicial o requerimiento fiscal, debidamente fundamentados.

La documentación que cursa en la ATM, es estrictamente de carácter tributario y tiene el carácter de reservado y no pueden ser informados, cedidos o comunicados, a terceras personas.

Dónde se inicia el trámite/ servicio:

ATENCIÓN PRESENCIAL

  1.  OFICINA DE ARCHIVO: Edificio Armando Escobar Uría con ingreso por la Calle Mercado, Plataforma de Archivo General de la ATM.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo, Sección Inmuebles y/o Archivo General.

Teléfono(s)  de consulta (WhatsApp):

71552352 – 62443034

Sitio(s) web y/o redes sociales:

www.lapaz.bo

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL

  1. OFICINA CENTRALLunes a Viernes de: 08:30 a 19:00
  2. OFICINA SITRAM – Lunes a Viernes de: 08:45 a 16:00
  3. OFICINA DE ARCHIVO Lunes a Viernes de: 08:30 a 19:00

Nota.- Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

30 minutos (tiempo promedio por registro)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

  1. Las certificaciones sólo se pueden emitir a los propietarios o apoderados debido a que toda información proporcionada por la Administración Tributaria es confidencial, salvo mediante instrucción, orden judicial fundamentada o requerimiento fiscal fundamentado.
  2. Los sujetos pasivos previamente a la solicitud de la certificación, tienen la obligación de actualizar los datos técnicos del bien inmueble y los datos del propietario, si hubieran modificaciones. Revisar las Guías de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: MODIFICACIÓN DE DATOS (BIENES INMUEBLES código Nro. ATM-UREA-SI- GOC 002/2025).
  3. En caso que el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre (copropiedad), se debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes. Revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: REGULARIZACIÓN O ACTUALIZACION DE PROPIEDAD (BIENES INMUEBLES código Nro. ATM-UREA-GOC 008/2025).
  4. En caso que el bien inmueble no se encuentre registrado en el Padrón Municipal de Contribuyentes, debe realizar el empadronamiento del inmueble. Revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: EMPADRONAMIENTO (BIENES INMUEBLES código Nro. ATM-UREA-SI-GOC 001/2025).
  5. El documento de identidad debe encontrarse vigente o indefinido al momento de su solicitud, según corresponda.
  6. La presentación de los documentos requeridos deberán ser legibles y sin enmiendas (no tener tachaduras, ni borrones).
  7. El objeto tributario no deberá registrar ningún proceso de Oficio o Determinación Mixta pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
  8. Si el objeto tributario tuviera adeudos tributarios, estos deben estar cancelándose dentro de Facilidades de Pago.

Requisitos: (Presentar Originales y copias para la compulsa)

Nota dirigida a la Máxima Autoridad de la Administración Tributaria Municipal adjuntando:

Persona natural :

  1. Original y fotocopia del documento de identidad del o los Sujetos Pasivos.

Persona Jurídica:

  1. Original y fotocopia del documento de identidad del Representante Legal.
  2. Original y fotocopia del Testimonio Poder Notariado del Representante Legal o documento que acredite su representación legal.

 

En caso de que el trámite sea realizado por Apoderado, deberá adjuntar los requisitos señalados según corresponda, más lo siguiente:

  • Original y fotocopia de documento de identidad del Apoderado.
  • Original y fotocopia del Testimonio Poder Notariado.

Emisión de Certificaciones por Orden Judicial, Requerimiento Fiscal u otros. Orden Judicial, Requerimiento Fiscal u otros, que identifique el objeto gravado, la información requerida e instruya la emisión de la certificación.

Pasos del ciudadano:

  1. Presentación de los requisitos en Ventanilla de la Plataforma de ARCHIVO GENERAL de la ATM.
  2. Si su trámite cuenta con todos los requisitos, se valorada la documentación para establecer si cumple con las formalidades que la Ley exige, en caso de que su trámite sea observado por algún requisito se le entregará a la Persona Natural o Jurídica, el Formulario de Revisión de Requisitos.
  3. El sistema RUAT – INMUEBLES validara si el inmueble del que se solicita la certificación tiene sus datos técnicos y de titularidad debidamente actualizados y si el inmueble tiene Facilidades de Pago o solo tiene pendiente de cancelar el impuesto de la gestión vigente, previó a la emisión de la certificación correspondiente.
  4. Una vez emitida la certificación y previo pago del arancel correspondiente se entregara al ciudadano.

Importate:

La certificación tiene un costo de Bs 63.

Documento/Servicio final:

  1. Certificación original.
  2. – Formulario de Revisión de Requisitos.

Marco Legal: (Respaldo legal referente al servicio) 

  1. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales
  2. Decreto Municipal N° 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica N° 12/2011.