Solicitud de renovación de funcionamiento para Casas Funerarias, Salones Velatorios

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

La Renovación de la Licencia de Funcionamiento es la revalidación del documento otorgado por el G.A.M.L.P. en favor de personas naturales o jurídicas, que autoriza el funcionamiento de Casas Funerarias, Salones Velatorios.

Para acceder a la renovación de la Licencia de Funcionamiento el solicitante debe cumplir con todos los requisitos exigidos en la normativa municipal vigente, para iniciar el trámite de Renovación puede acceder a la plataforma virtual en línea “iGob 24/7”, o las plataformas presenciales, posteriormente se procederá a verificar la consistencia documental.

Donde se inicia el servicio

PLATAFORMA VIRTUAL

Plataforma virtual “iGob 24/7”:  http://igob247.lapaz.bo/

PLATAFORMAS PRESENCIALES

      1. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Miraflores, Calle Chichas Esq. Juan de Vargas. Zona Miraflores. Edificio “TORRE ESPRA” Planta baja, N° 1204.
      2. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho, Av. Simón Bolívar, mercado Camacho, Subsuelo
      3. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur, Av. Ballivián entre calles 12 y 13 Zona Calacoto. Edificio “Atlanta” N° 720. 
      4. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia Cotahuma, Av. Marcelo Quiroga Santa Cruz, Z. Ernesto Torres esquina Av. Mariscal Santa Cruz (camino a Pasankeri).
      5. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia Max Paredes, Calle Max Paredes esq. Av. Buenos Aires.
      6. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia Periférica, Edificio Nardin Rivas, Avenida Montes y Uruguay Nº451.
      7. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia San Antonio, Av. Josefa Mujica Zona Alto Villa San Antonio.
      8. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia  Sur, Avenida Hernando Siles Nº 4678, entre calles 11 y 12  Zona Obrajes.
      9. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia  Centro, Av. Tejada Sorzano esq. Av. Sucre.

Instancia responsable:

U.A.E.: Plataforma Empresarial dependiente de la Unidad de Actividades Económicas.

U.A.E.C.: Unidad de Actividades Económica de cada Subalcaldía Macrodistrital.

Instancia Gerente: Unidad de Actividades Económicas (UAE), de la Dirección de Actividades Económicas y Mercados (DAEM) dependiente de la Secretaria Municipal de Desarrollo Económico (SMDE).

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

      1. UAE Fono: 2650737
      2. LÍNEA GRATUITA Fono: 800135555 (Centro de Contacto Ciudadano)
      3. COTAHUMA Fono:  2419674 
      4. MAX PAREDES Fono:  2454553
      5. PERIFÉRICA Fono:  2461312 
      6. SAN ANTONIO Fono:  2232084 
      7. SUR Fono:  2783631 
      8. MALLASA Fono:  2745156
      9. CENTRO Fono:  2203380 
      10. ZONGO Fono:  2285959
      11. HAMPATURI Fono:  2213587
      • Plataforma virtual “iGob 24/7”: http://igob247.lapaz.bo/

Días y horarios de atención:

      1. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Miraflores, Horario  08:15 a 17:30 (continuo).
      2. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho, Horario  08:15 a 17:30 (continuo).
      3. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur, Horario  08:15 a 17:30 (continuo).
      4. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia Cotahuma, Horario  08:15 a 17:30 (continuo).
      5. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia Max Paredes, Horario  08:15 a 17:30 (continuo).
      6. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia Periférica, Horario  08:15 a 17:30 (continuo).
      7. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia San Antonio, Horario  08: 45 a 12:15  y   14:15  a  17:30 (discontinuo).
      8. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia  Sur, Horario  08:15 a 17:30 (continuo).
      9. Plataforma  Atención Ciudadana Subalcaldia  Centro, Horario Horario  08: 45 a 12:15  y   14:15  a  17:30 (discontinuo).

Tiempo de duración:

De 2 a 3 días

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      • El titular de la actividad económica deberá tramitar la solicitud de renovación correspondiente con al menos treinta (30) días calendario de anticipación a su vencimiento.
      • Queda prohibido el funcionamiento de la actividad económica, sin Licencia de Funcionamiento vigente.

Requisitos:

En atención al Texto Ordenado de las Leyes Municipales Autonómicas N° 217, 221, 343 “De Integración, Modificación y Actualización de Patentes Municipales”, se dispone la simplificación de requisitos.

Para el inicio del trámite debe contar con los requisitos

Persona Natural: 

      1. Contar con Registro Ciudadano (Cédula de Identidad) y acceso a la plataforma virtual “iGob 24/7”.
      2. Una fotografía de cada elemento de identificación de la actividad económica – VIAE y Una fotografía del frontis del inmueble, con las medidas correspondientes en metros.
      3. NIT o inscripción al Régimen Simplificado (Opcional)

Persona Jurídica:

      1. Contar con Registro de Persona Jurídica y acceso a la plataforma virtual “iGob 24/7”.
        • Testimonio de Constitución de Sociedad
        • Matricula de Comercio (SEPREC)
        • NIT o inscripción al Régimen Simplificado
        • Poder de Representación Legal
        • Registro Ciudadano del Representante Legal como persona natural en la plataforma virtual “iGob 24/7”
      1. Una fotografía de cada elemento de identificación de la actividad económica – VIAE y Una fotografía del frontis del inmueble, con las medidas correspondientes en metros.
      2. Declaración Jurada de no haber modificado la estructura, condiciones técnicas y relación de propiedad del bien inmueble donde se autorizó el funcionamiento de la actividad económica, sobre las cuales se otorgó la Licencia de Funcionamiento

Pasos del ciudadano:

      • Contar con registro ciudadano en la plataforma virtual “iGob 24/7”.
      • Adjuntar los requisitos digitalizados a través de la plataforma virtual “iGob 24/7” o presentar los requisitos originales y digitalizados en plataformas presenciales, de acuerdo al tipo de Actividad Económica.
      • Descargar e imprimir la licencia de funcionamiento de la plataforma virtual “iGob 24/7” o en cualquier Plataforma de Atención Ciudadana.

Importante:

      • Seguirá el mismo procedimiento que la emisión de la Licencia de Funcionamiento.
      • Una vez procesada la licencia de funcionamiento, el ciudadano puede acceder a su impresión desde su cuenta iGob24/7.
      • La licencia de funcionamiento no tienen ningún costo.

Documento/Servicio final:

Licencia de Funcionamiento

Marco Legal: 

Decreto Municipal Nº 002/2020, aprueba “Reglamento Municipal para el Funcionamiento de Casas Funerarias, Salones Velatorios y Actividades Conexas”; Decreto Municipal Nº 003/2020 “Reglamento Municipal de Elementos Publicitarios de Identificación de Actividades Económicas”.