Reducción de sanciones

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

En aplicar la reducción de la Multa por Incumplimiento a Deberes Formales dentro del régimen de incentivos del Art. 156 de la Ley 2492, previsto en el Art. 162 del Código Tributario a todos los contribuyentes que tienen deudas pendientes por el Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles y que procedan a la actualización o rectificación de sus datos técnicos siempre que no se encuentren con proceso de fiscalización.

Donde se inicia el servicio

Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado)

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Inmuebles.

Ubicación física/Dirección: Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Mercado, planta baja, plataforma de atención al ciudadano.
Teléfonos:2651066

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2651066

Días y horarios de atención:

Lunes a Viernes de: 07:30 a 20:30 horas.
Sábados: 08:00 a 13:00

Tiempo de duración:

15 a 20 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      • Los datos técnicos del inmueble deberán estar actualizados caso contrario debe proceder a su modificación.
      • En caso que el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre, debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes.
      • Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente.
      • Debe recabar un formulario Nº 408. En la Sección de Inmuebles ubicada en el Edificio Armando Escobar Uría (Ex banco del Estado), Planta Baja.
      • La persona que lizará el trámite deberá portar el original del su Cédula de Identidad.
      • El Padrón Municipal de Contribuyentes del o los propietarios deberá encontrarse actualizado caso contrario se debe proceder a su modificación.
      • El inmueble no deberá registrar ningún proceso Administrativo pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.

Requisitos:

      1. Documentos del Contribuyente:
        • Solicitud expresa dirigida a la Autoridad de la Administración Tributaria Municipal.
        • Persona Natural.
          • Fotocopia de la Cédula de Identidad del o los contribuyentes.
        • Persona Jurídica.
          • Fotocopia de la Cédula de Identidad del representante legal.
          • Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite su representación legal.
        • Tramite realizado por terceras personas.
          • Fotocopia del Testimonio Poder Notariado que le faculte a realizar el trámite solicitado.
          • Fotocopia Cédula de Identidad vigente del apoderado.
      1. Documentos del Inmueble:
      • Fotocopia del comprobante de pago o proforma del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, si tiene más de un inmueble registrado, a efecto de identificar el número de inmueble objeto del incentivo.

Pasos del ciudadano:

      1. Presentación de requisitos para obtener una ficha para atención en plataforma.
      2. Se apersona con el oficial tributario de acuerdo al turno asignado.
      3. Revisa y firma la constancia del registro. Y proforma de inmueble.
      4. Verifica el monto por pagar si corresponde.
      5. Solicita una explicación detallada en caso de ser necesario.

Importante:

Gratuito

Documento/Servicio final:

      1. Copia de la declaración Jurada.
      2. Proforma de inmueble con la reducción de sanciones.

Marco Legal: 

Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.

      • Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
      • Ley Nacional Nº 843.
      • Reglamento del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Supremo Nº 24204.
      • Ley Municipal Autonómica Nº 12 de Creación de Impuestos Municipales.
      • Reglamento del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Municipal Nº 1.