Redención de Nota de Crédito

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

En la extinción de las obligaciones tributarias correspondientes a tributos, multas, intereses y recargos en exceso o indebidamente, podrá pagar mediante nota de crédito previa tramitación.

Donde se inicia el servicio

      1. Central: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Mercado, planta baja, plataforma de atención al ciudadano.
      2. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho (PIAC Camacho) Plaza Camacho nivel -1, Av Simón Bolívar esq. calle Bueno.
      3. Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur (PIAC Sur) Edif. Atlanta PB, Av José Ballivián entre calles 13 y 14 (carril de subida).

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Inmuebles.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2652226

Días y horarios de atención:

      • Central – Lunes  a  Viernes de: 07:30 a 20:30 Sábados: 08:00 a 13:00
      • Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho (PIAC Camacho) – Lunes a viernes, de 8:15 a 15:30.
      • Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur (PIAC Sur) – Lunes a viernes, de 8:15 a 15:30.

Tiempo de duración:

Dependiendo de la complejidad del caso.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. Los datos técnicos del inmueble sujeto a pago mediante crédito fiscal deberán estar actualizados.
      2. Debe hacer el seguimiento del trámite con el número de Hoja de Ruta asignada.
      3. Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente.
      4. La persona que realizará el trámite deberá portar el original de su Cédula de Identidad.
      5. El Padrón Municipal de Contribuyentes del o los propietarios no deberá registrar ningún proceso Administrativo y/o Judicial pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.

Requisitos:

      • Documentos del Contribuyente:
        • Solicitud expresa dirigida a la Autoridad de la Administración Tributaria Municipal.
      • Persona natural.
        • Fotocopia de la cédula de identidad del o los contribuyentes.
      • Persona jurídica.
        • Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal.
        • Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite su representación legal.
      • Trámite realizado por terceras personas.
        • Fotocopia del Testimonio Poder Notariado que le faculte a realizar el trámite solicitado.
        • Fotocopia cédula de identidad vigente del apoderado.
      • Documentos del Inmueble:
        • Nota de Crédito Municipal fotocopia.
        • Fotocopia del comprobante de pago o proforma del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, si tiene más de un inmueble registrado, a efecto de identificar el número de inmueble del que se solicita la Compensación mediante la Nota de Crédito.

Pasos del ciudadano:

      1. Presenta toda la documentación requerida.
      2. Presenta su cédula de identidad y carta de solicitud con el número de hoja de ruta asignado al trámite.
      3. Verifica el Comprobante de Compensación de Deudas y en caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
      4. Registran el trámite en el sistema S.I.G.E.P.

Importante:

Gratuito.

Documento/Servicio final:

      • Formulario 412.
      • Comprobante de Compensación de Deudas.

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
      2. Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
      3. Ley Nacional Nº 843.
      4. Reglamento del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Supremo Nº 24204.
      5. Ley Municipal Autonómica Nº 12 de Creación de Impuestos Municipales.
      6. Reglamento del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Municipal Nº 1.