Exención de Patentes de Actividades Económicas

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

La exención es el trámite por el cual se libera del pago de la obligación tributaria (patente) al contribuyente.

Están exentos del pago de la Patente de Funcionamiento Anual, no así del registro que es obligatorio:

      1. Las asociaciones, fundaciones, organismos no gubernamentales, instituciones religiosas, de caridad, beneficencia, asistencia social, culturales, educativas, científicas, ecológicas, artísticas, literarias, deportivas, políticas con personería jurídica, sin fines de lucro.
      2. La actividad realizada por los Beneméritos de la Guerra del Chaco, siempre y cuando la ejecuten en forma directa como personas naturales; en caso de que el Benemérito posea más de una actividad, la exención alcanzará únicamente a la primera actividad que hubiere registrado en el Padrón Municipal de Contribuyentes.

Donde se inicia el servicio

CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Mercado, planta baja, Ventanilla SITRAM 24/7.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2652234 – lapaz.bo (Consulta)

Días y horarios de atención:

CENTRAL – Lunes  a  Viernes de: 08:30 a 12:00 y de 14:30 a 19:00

Tiempo de duración:

48 horas para el procesamiento del trámite desde que ingresa la solicitud a la Unidad de Recaudaciones.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. La actividad económica no debe tener bloqueo por proceso de fiscalización o liquidación mixta por las gestiones que solicita la exención
      2. Previamente al trámite se debe realizar el ingreso de los requisitos con Hoja de Ruta en la plataforma de SITRAM 24/7
      3. Este trámite corresponde a los contribuyentes que ya cuentan con su Resolución de exención otorgada por la ATM.

Requisitos:

      1. Solicitud de Exención de la Patente de Funcionamiento Anual por la gestión correspondiente.
      2. Fotocopia de la Resolución Administrativa de Exención, anteriormente otorgada por la ATM
      3. Fotocopia del Poder de Representación Legal
      4. Fotocopia del Documento de Identidad del Representante Legal.
      5. Al momento del registro del trámite, el responsable deberá presentar Fotocopia del Documento de Identidad.

Pasos del ciudadano:

      1. Ingresa los requisitos en la ventanilla del SITRAM 24/7
      2. El ciudadano puede hacer seguimiento del trámite mediante el número de hoja de ruta asignado.
      3. El responsable deberá solicitar la ficha de atención en la ventanilla de informaciones del primer piso del Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado)
      4. Se apersona a la plataforma de atención
      5. Recibe la proforma de exención con el monto en 0 verifica y firma la otra copia de la proforma en conformidad al trámite.
      6. Se apersona a la entidad financiera autorizada y realiza el loteo correspondiente.

Importante:

El trámite es Gratuito

Documento/Servicio final:

Proforma o liquidación de exención.

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
      2. Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
      3. Ley Municipal Autonómica N° 217 y sus modificaciones
      4. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.