Audiencia de conciliación con el consumidor o con el comerciante

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Ante la denuncia de un consumidor o un comerciante de mercado o feria, contra otro comerciante de Mercado o Feria. En el caso del consumidor de alimentos y bebidas se realizará las acciones para restituir el derecho de consumo. En el caso de conflictos personales entre comerciantes, se trata de una etapa conciliatoria, previa a la etapa sancionatoria en la Dirección de Mercados y comercio en Vía Pública.

Donde se inicia el servicio

ODIM del macrodistrito Comisarias en mercados

Instancia responsable:

Área de Conciliación ODIM (Oficina Desconcentrada de la Intendencia Municipal) del Macrodistrito.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2900735 – Horarios de oficina

Días y horarios de atención:

Lunes a Viernes de 08:30 a 17:00

Tiempo de duración:

Dos días.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

Debe brindar datos precisos de la situación, ubicación y datos principales de los hechos a ser conciliados, además de posibles daños Colaterales que afecten a la tranquilidad del mercado.

Requisitos:

Persona Natural:

      1. Denuncia.
      2. Cédula de Identidad o directamente el número de Cl.
      3. Número telefónico de referencia.

Persona Jurídica:

      1. Nota de denuncia (se adjunta representación legal, documentos adicionales y análisis si corresponde).De la agrupación, asociación o empresa que emite la denuncia.
      2. Cédula de Identidad o directamente el número de Cl.
      3. Número telefónico de referencia.

Pasos del ciudadano:

      1. Realización de la denuncia Citación a las partes interesadas.
      2. Designación de personal para la atención y fijación de día y hora para la audiencia.
      3. Informe de resultados.

Documento/Servicio final:

Copia del informe de resultados de la conciliación.

Marco Legal: 

OM o RA: 634/2012
Resolución Ejecutiva Nro. 673/2013
Ley Municipal Autonómica N° 042/2013