BASES IMPONIBLES – REGISTRO VALOR TABLAS

En que consiste:

Es el registro de la Base Imponible del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT) de acuerdo a la valuación del vehículo según las tablas aprobadas por Resolución Administrativa que autoriza el inicio de cobro de impuestos municipales.

Donde se inicia el servicio

SERVICIO PRESENCIAL

      1. CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano.
      2. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto.
      3. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV).

Teléfono(s) de consultas:

      1. Línea Gratuita: 155 (opción 2)
      2. Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
      3. Teléfono: 2652228 – 2652234

Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:

      1. Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
      2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)

      1. CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
        – Sábados: 08:00 a 13:00
      2. PIAC SUR – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00
      3. PIAC CAMACHO – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00

ATENCIÓN  NO PRESENCIAL – CENTRO DE CONTACTO CIUDADANO (CCC)

      1. Lunes a Viernes de Lunes a  Viernes de: 08:00 a 19:00 (Procesamiento de Trámites 24/7)

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

10 minutos (tiempo promedio de un registro)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal o con testimonio poder.
      2. Presentación de requisitos legibles y sin enmiendas.
      3. Debe recabar un formulario Nº 409 en las distintas plataformas de atención al ciudadano (presencial o no presencial). [Descargar FORM. 409].
      4. El propietario o representante legal deberá estar empadronado en el GAMLP.
      5. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).
      6. En caso de tratarse del registro de la Base Imponible de una gestión fiscal vencida (en mora) previamente deberá solicitar la liquidación de la proforma para realizar el pago de la Multa por Incumplimiento de Deberes Formales de 240 UFV.

Nota.- Evite retrasos y multas presentando su documentación en los plazos establecidos.

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

      1. Formulario 409 para vehículos, debidamente llenado y firmado por el Sujeto Pasivo.
      2. Solicitud expresa justificada mediante  nota  dirigida  al  Director  de  la  Administración  Tributaria Municipal. solicitando liquidación valor tablas
      3. Detalle del o los objeto (s) Tributario (s) a liquidar, (si corresponde).

Vencido el plazo de registro de valor tablas, se debe adicionar:

      1. Fotocopia del Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes del NIT.
      2. Fotocopia del Formulario único municipal (Multa por Incumplimiento a Deberes Formales).

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

Persona natural.

      1. Fotocopia del documento de identidad del contribuyente.

Persona jurídica.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

En caso de ser apoderado:

      1. Fotocopia del Testimonio Poder.
      2. Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Pasos del ciudadano:

ATENCION PRESENCIAL

El sujeto pasivo o tercero responsable debe:

      1. Presentar todos los requisitos para obtener una ficha de atención en plataforma.
      2. Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
      3. Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada.
      4. Recibir la proforma la cual puede ser cancelado en las entidades financieras autorizadas a nivel nacional. También se puede realizar el pago mediante la banca por internet si su banco se encuentra habilitado para el servicio.
      5. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.

TRÁMITE NO PRESENCIAL – CENTRO DE CONTACTO CIUDADANO (CCC)

      1. Debe ingresar al sitio web http://atm.lapaz.bo (Trámites en Línea), para crear el trámite y subir los requisitos señalados según corresponda.
      2. Antes de concluir el trámite se enviará al contribuyente las declaraciones juradas a su correo electrónico personal.
      3. Para concluir el trámite el contribuyente debe verificar y firmar las declaraciones juradas como constancia del o los trámites efectuados y remitirlos mediante correo electrónico institucional, en las siguientes 72 horas.
      4. Recibe la proforma al correo institucional, la cual puede ser cancelada en todas las entidades financieras autorizadas a nivel nacional. Como también se puede realizar el pago mediante la banca por internet si su banco se encuentra habilitado para el servicio.
      5. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
      6. Para el recojo del Certificado de Propiedad de Vehículos Automotores (CRPVA). Deberá apersonarse a los ambientes de Almacenes – Entrega De Valores del GAMLP.

Nota. En caso de dudas y consultas respecto a su trámite, comuníquese con la Línea Gratuita 155 (opción 2).

Importante:

La emisión de proforma es gratuita.

Documento/Servicio final:

Proforma de Pago.

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492 y sus modificaciones.
      2. Ley Nacional Nº 843.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus modificaciones.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011.
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus modificaciones.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
      7. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
      8. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.