JUNTA VECINAL
Por: Aldo Avalos Valenzuela – Unidad de Investigación y Políticas Municipales
Instancia de organización territorial conformada por los habitantes de una zona, barrio o sector urbano, que actúa como representación colectiva ante autoridades municipales y otras instituciones. Su finalidad principal es la gestión y defensa de los intereses comunes de la comunidad, promoviendo la participación ciudadana, la mejora de los servicios públicos, el control social y el desarrollo local. Las juntas vecinales suelen estar reconocidas legalmente y se estructuran en torno a normas internas, directivas electas y espacios de deliberación vecinal. En muchas ciudades, son actores clave en los procesos de planificación urbana, fiscalización de obras y priorización de presupuestos participativos.
Marco Normativo en Bolivia
La Ley Nº 341 define tres tipos de actores de la participación y control social: orgánicos, comunitarios y circunstanciales. Los actores orgánicos son los sectores sociales, juntas vecinales y/o sindicales organizados, reconocidos legalmente. Los actores comunitarios son las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las comunidades interculturales y afrobolivianas. Finalmente, los actores circunstanciales son aquellos que se organizan para un fin determinado, y que cuando el objetivo ha sido alcanzado, dejan de existir.
El Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, en función de las atribuciones otorgadas por la Ley nacional Nº 341, ha emitido la Ley Municipal Nº 025 de Participación y Control Social que aprueba el Reglamento Municipal de Participación y Control Social. Esta norma define la existencia de organizaciones territoriales, organizaciones funcionales y organizaciones sectoriales como actores de la participación y control social. Las organizaciones territoriales contemplan, entre otras, a las Juntas vecinales.
Funciones y Atribuciones
Las funciones principales de una Junta Vecinal incluyen:
- Representación comunitaria ante las autoridades municipales.
- Identificación y priorización de necesidades y proyectos locales.
- Supervisión y control social de la ejecución de obras y servicios públicos.
- Promoción de la participación ciudadana y la cohesión social.
- Colaboración en temas de seguridad ciudadana y prevención de delitos.
Estas funciones permiten a las Juntas Vecinales actuar como intermediarias entre la comunidad y el gobierno municipal, facilitando la implementación de políticas públicas y proyectos que respondan a las necesidades locales.
Referencias bibliográficas
Estado Plurinacional de Bolivia (2013). Ley Nº 341, Ley de Participación y Control Social
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (2012). Ley Municipal Nº 025 de Participación y Control Social
Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente una posición del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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