VIOLENCIA DE GÉNERO
Por: Javier Gustavo Pérez Mendieta – Unidad de Investigación y Políticas Municipales
ONU Mujeres (s/f) define a la violencia de género como “la violencia dirigida contra una mujer por el hecho de ser mujer o que afecta a las mujeres de manera desproporcionada. Incluye actos que infligen daño o sufrimiento físico, mental o sexual, amenazas de tales actos, coacción y otras privaciones de libertad”.
De acuerdo al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades de España (s/f) “Este tipo de violencia se basa y se ejerce por la diferencia subjetiva entre los sexos. En pocas palabras, las mujeres sufren violencia por el mero hecho de ser mujeres, y las víctimas son mujeres de cualquier estrato social, nivel educativo, cultural o económico. La violencia de género es aquella que se ejerce sobre las mujeres por parte de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones de afectividad (parejas o ex-parejas). El objetivo del agresor es producir daño y conseguir el control sobre la mujer, por lo que se produce de manera continuada en el tiempo y sistemática en la forma, como parte de una misma estrategia”.
Jaramillo-Bolívar y Canaval-Erazo (2020) sostienen que “constituye una violación a los derechos humanos, rompe el derecho a la vida, la dignidad, la integridad física y moral, la igualdad, la seguridad, la libertad, la autonomía y el respeto; es un fenómeno social de múltiples y diversas dimensiones forjado por un sistema patriarcal que da lugar a la subordinación estructural de las mujeres y cuya consecuencia repercute en el desarrollo humano, social y político, en la expresión de las potencialidades y habilidades de los seres humanos”.
Rico (1996) señala que “Se entiende por violencia de género el ejercicio de la violencia que refleja la asimetría existente en las relaciones de poder entre varones y mujeres, y que perpetúa la subordinación y desvalorización de lo femenino frente a lo masculino. Ésta se caracteriza por responder al patriarcado como sistema simbólico que determina un conjunto de prácticas cotidianas concretas, que niegan los derechos de las mujeres y reproducen el desequilibrio y la inequidad existentes entre los sexos. La diferencia entre este tipo de violencia y otras formas de agresión y coerción estriba en que en este caso el factor de riesgo o de vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer”.
Para la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados “la violencia de género puede ser de tipo sexual, físico, psicológico y económico; además, puede darse tanto en el espacio público como en la esfera privada. Las amenazas, la coerción, la manipulación, la violencia de pareja, la violencia sexual, el matrimonio infantil, la mutilación genital femenina y los supuestos “crímenes de honor” son también formas de violencia de género”.
Poggi (2019) reflexiona que “en la literatura no encontramos una noción unitaria y clara de violencia de género”. En este sentido, la autora advierte 4 sentidos diferentes sobre el concepto de violencia de género:
“La violencia como estereotipo de género. (…) porque hay, de hecho, una asociación entre violencia y género por la cual aquellos que pertenecen al género masculino están estadísticamente más inclinados a la violencia respeto de los miembros del género femenino. Este estereotipo con base estadística puede ser empleado predictivamente, pero, en nuestras sociedades, también es empleado normativamente.
Violencia motivada por cuestiones de género. (…) puede entenderse la violencia motivada por, o dirigida a, imponer el cumplimiento de las expectativas, el respeto por las características (actitudes, roles, etc.), del género de pertenencia: la violencia contra aquellos que no se ajustan al género que pertenece a su sexo. Violencia contra transexuales u homosexuales, asesinatos o lesiones contra la chica que deshonra a la familia porque no cumple con los deberes de su género.
La violencia basada en estereotipos de género. Criterio cuantitativo. (…) identifica la violencia basada en el género como aquella que afecta a un género en manera desproporcionada respecto al otro, parece razonable: si, con respecto a cierto crimen, el sexo de las víctimas es irrelevante, entonces nos esperamos que el porcentaje de víctimas masculinas y femeninas sea más o menos equivalente (como sucede, por ejemplo, en los ataques terroristas o en los delitos de tránsito); si, por el contrario, el porcentaje de víctimas femeninas (o masculinas) es considerablemente más alto que el de las víctimas del otro género, entonces esto significa que el género de pertenencia es, de alguna manera, un elemento relevante.
La violencia basada en estereotipos de género. Criterio ideológico. Según el criterio ideológico, una violencia está basada en el género si está dirigida contra una mujer como tal, por el hecho de serlo. Así, según el criterio en discusión, también el snatching (hurto con violencia) se puede considerar violencia basada en el género porque, al ser cometido sobre todo por hombres y al golpear sobre todo a mujeres, fortalece la posición de inferioridad de todo el género femenino”.
De esta manera, el concepto de violencia de género comprende una serie de elementos comunes en la literatura especializada, siendo considerada como un tipo de violencia dirigida contra una mujer por el hecho de ser mujer, que afecta a las mujeres en mayor proporción, que se basa y se ejerce por la diferencia subjetiva entre los sexos y refleja la asimetría existente en las relaciones de poder entre varones y mujeres.
Sin embargo, y a pesar de estos elementos comunes, en el debate sobre la conceptualización, particularmente cuando se aplica en la normativa, se advierte la necesidad de precisión para evitar que la violencia de género sea confundida o subsumida dentro de otros tipos de violencia.
Referencias bibliográficas
ONU Mujeres (s/f). Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas. https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/faqs/types-of-violence
Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades – Ministerio de Sanidad, Servicios sociales e Igualdad – España (s/f). Definición de Violencia de Género. https://www.inmujeres.gob.es/servRecursos/formacion/Pymes/docs/Introduccion/02_Definicion_de_violencia_de_genero.pdf
Jaramillo-Bolívar, Cruz Deicy y Canaval-Erazo, Gladys Eugenia (2020). Violencia de género: Un análisis evolutivo del concepto. Univ. Salud vol.22 no.2. http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0124-71072020000200178
Rico, Nieves (1996). Violencia de género: un problema de derechos humanos. SERIE MUJER Y DESARROLLO. https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/ad499997-25ec-4e34-9d48-60b60f5f4180/content
Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados – ACNUR (s/f). Violencia de género. https://www.acnur.org/violencia-de-genero
Poggi, Francesca (2019). Sobre el concepto de violencia de género y su relevancia para el derecho. DOXA, Cuadernos de Filosofía del Derecho, 42, pp. 285-307. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r6522.pdf
Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente una posición del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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