TASA TRIBUTARIA
Por: Javier Gustavo Pérez Mendieta – Unidad de Investigación y Políticas Municipales
El Diccionario panhispánico del español jurídico define a la tasa como la “Contribución económica realizada por un usuario al Estado por un servicio prestado. No es un impuesto, ya que se paga por un servicio utilizado por el usuario y prestado por el Estado” (Real Academia Española, s/f).
El Ministerio de Economía y Finanzas de Perú (s/f) define a la tasa como “el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente”.
El Estudio Jurídico Rigoberto Paredes (s/f) sostiene que “se entiende por tasa al tributo dinerario que se paga como producto de la prestación de servicios estatales, servicios básicos, generales y necesarios. En Bolivia la tasa es diferenciada, es decir, cada usuario del servicio paga conforme al consumo que realiza y al nivel de sus ingresos, por ejemplo el alumbrado público y el aseo urbano”.
El Código Tributario Boliviano en su artículo 11 establece que:
“I. Las tasas son tributos cuyo hecho imponible consiste en la prestación de servicios o la realización de actividades sujetas a normas de Derecho Público individualizadas en el sujeto pasivo, cuando concurran las dos (2) siguientes circunstancias: 1. Que dichos servicios y actividades sean de solicitud o recepción obligatoria por los administrados. 2. Que para los mismos, esté establecida su reserva a favor del sector público por referirse a la manifestación del ejercicio de autoridad.
II. No es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual o la contraprestación recibida del usuario en pago de servicios no inherentes al Estado.
III. La recaudación por el cobro de tasas no debe tener un destino ajeno al servicio o actividad que constituye la causa de la obligación”.
Referencias bibliográficas
Ministerio de Economía y Finanzas de la República de Perú (s/f). Tasa. https://www.mef.gob.pe/es/?option=com_content&language=es-ES&Itemid=100532&view=article&catid=24&id=63&lang=es-ES
Real Academia Española (s/f). Tasa tributaria. https://dpej.rae.es/lema/tasa-tributaria
República de Bolivia (2003). Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492 de 2 de Agosto de 2003.
Rigoberto & Asociados (s/f). ¿Qué es una Tasa? https://www.rigobertoparedes.com/es/que-es-una-tasa/
Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente una posición del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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