LICENCIA AMBIENTAL

0
(0)

LICENCIA AMBIENTAL

Por: Evelyn Anahí Rojas Candia  – Unidad de Investigación y Políticas Municipales

En Bolivia, desde que se ha promulgado la Ley Nº 1333 de Medio Ambiente, el 27 de abril de 1992, se tiene establecido que toda Actividad, Obra o Proyecto (AOP) debe contar con una Licencia Ambiental para el inicio o consecución de sus actividades. Al respecto, la Licencia Ambiental (LA) es “el documento jurídico administrativo otorgado por la Autoridad Ambiental Competente al Representante Legal que avala el cumplimiento de todos los requisitos previstos en la Ley y reglamentación correspondiente en lo que se refiere a los procedimientos de prevención y control ambiental” (Reglamento General de Gestión Ambiental).

La autorización se otorga a una AOP que pueda producir deterioro leve o grave a los recursos naturales, a la flora, fauna, o al medio ambiente en general, estableciendo, dentro de sus instrumentos, la mitigación a cada uno de sus impactos para que la AOP sea sostenible en relación al medio ambiente.

Para efectos legales y administrativos, tienen carácter de licencia ambiental la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA), el Certificado de Dispensación (CD) y la Declaratoria de Adecuación Ambiental (DAA), con vigencia por el lapso de diez años.

De igual manera, para la tramitación de la Licencia Ambiental y para las actividades de seguimiento, control y monitoreo ambiental, corresponde la aplicación de Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs).

El procedimiento de la tramitación para AOP nuevas y en operación, es el siguiente:

Gráfico 1. Procedimiento de tramitación de licencias ambientales

Fuente: elaboración propia, en base a Ley Nº 1333 y DS Nº 3856.

Los motivos para dejar sin efecto la Licencia Ambiental, son:

a) Cuando el plazo hubiera llegado a su término y no existiera solicitud de renovación.

b) Por renuncia del solicitante.

c) Por modificación o ampliación de la actividad inicial.

d) Por incumplimiento a la legislación ambiental.

e) Por incumplimiento a lo establecido en los documentos aprobados por la Autoridad Ambiental Competente.

Referencias bibliográficas

Estado Plurinacional de Bolivia. Gaceta Oficial (1995). Decreto Supremo Nº 24176.

Estado Plurinacional de Bolivia. Gaceta Oficial (2018). Decreto Supremo Nº 3549

Estado Plurinacional de Bolivia. Gaceta Oficial (2019). Decreto Supremo Nº 3856

Estado Plurinacional de Bolivia. Gaceta Oficial (1992). Ley Nº 1333. Ley de Medio Ambiente.

Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente una posición del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

¿Qué tan útil fue esta publicación?

¡Haz clic en una estrella para calificarla!

Puntuación media 0 / 5. Recuento de votos: 0

No hay votos hasta ahora! Sea el primero en calificar esta publicación.