GOBERNABILIDAD
Por: Javier Gustavo Pérez Mendieta – Unidad de Investigación y Políticas Municipales
Antecedentes
Varios autores señalan como el origen del debate contemporáneo de la gobernabilidad al informe “The Crisis of Democracy” encargado por la Comisión Trilateral[1] en 1975 (Prats, 2003; Guzmán, 2003). En este documento se hace la evaluación de los problemas y desafíos de las democracias actuales en función de la capacidad del sistema político para atender las amenazas contextuales, las tendencias societales y los desafíos intrínsecos generados los años recientes. El informe señala que “la causa del malestar actual es la disminución de los recursos materiales y de la autoridad política disponible para que el gobierno satisfaga estas demandas y necesidades” (Crozier, et al, 2012).
Como señala Guzmán (2003), en este documento se evalúa el estado actual de la gobernabilidad como un desbalance entre las demandas ciudadanas y la capacidad de respuesta del Estado. La democracia, las libertades y el Estado de bienestar habrían generado sus propias debilidades, pues se señalaba que:
- “La búsqueda de las virtudes democráticas de la igualdad y el individualismo ha llevado a la deslegitimación de la autoridad en general y a la pérdida de confianza en el liderazgo.
- La ampliación democrática de la participación y la implicación políticas ha provocado una “sobrecarga” en el gobierno y una expansión desequilibrada de las actividades gubernamentales, exacerbando las tendencias inflacionarias en la economía.
- La competencia política esencial para la democracia se ha intensificado, dando lugar a la desagregación de los intereses y al declive y la fragmentación de los partidos políticos.
- La capacidad de respuesta del gobierno democrático al electorado y a las presiones sociales alienta el provincianismo nacionalista en el modo en que las sociedades democráticas dirigen sus relaciones exteriores”. (Crozier, et al, 2012)
Enfoques de estudio
A partir del trabajo sobre la Crisis de la Democracia de 1975, el mundo académico, los líderes políticos y los mismos organismos internacionales vuelcan su mirada e interés en el estudio del concepto de gobernabilidad, particularmente en relación con el estado de la democracia. Guzmán (2003) señala la existencia de tres perspectivas en relación a la gobernabilidad:
“La perspectiva liberal da relevancia a la habilidad de los gobiernos para convertir las demandas individuales en acción colectiva o en políticas públicas mediante la constitución de coaliciones, la negociación de intereses ciudadanos o agrupaciones que forman parte del sistema político. La perspectiva estructural da mayor importancia a la estructura de poder prevaleciente en la sociedad, la que va a determinar el espectro de actores sociales premunidos de la capacidad de conducir las sociedades. La perspectiva institucional pone de manifiesto la importancia de los valores, las pautas y organizaciones, y las reglas en la acción del gobierno, las que son compartidas por la mayor parte de los miembros de una sociedad gracias a procesos de comunicación, de socialización y de articulación de intereses”.
Prats (2003) identifica cuatro enfoques sobre el concepto de gobernabilidad: “(1) los trabajos encargados por la Comisión Trilateral desde los 70; (2) la aplicación del concepto al entendimiento de los procesos de transición a la democracia; (3) su uso por los organismos internacionales; y (4) su utilización en la explicación de la construcción europea”.
Cada enfoque, en un momento particular, señala determinadas preocupaciones principales y perspectivas sobre su uso. De esa manera, señala que, al principio, como resultado del trabajo de la Comisión Trilateral, se comprendió la gobernabilidad como “la distancia entre las demandas sociales y la habilidad de las instituciones públicas para satisfacerlas; así pues, la gobernabilidad se definía, en sentido amplio, como la capacidad de las instituciones públicas de hacer frente a los desafíos que confronta, sean éstos retos u oportunidades” (Prats, 2003).
En torno a los procesos de transición a la democracia, la gobernabilidad es “aquel estado de un país que, por un lado, evitaba la regresión autoritaria y, por otro, permitía avanzar, expandir y aprovechar las oportunidades sociales, económicas y políticas. Así pues, implícito a la gobernabilidad estaba la mejora del desempeño económico-social reforzado y generador de la mejora de lo político” (Prats, 2003).
Asimismo, Prats (2003) acusa, en la tercera perspectiva, que la comprensión del término por agencias internacionales ha contribuido a su confusión asimilando la gobernabilidad con la gobernanza, comprendiéndola como: “(1) el proceso y las reglas mediante los cuales los gobiernos son elegidos, mantenidos, responsabilizados y reemplazados; (2) la capacidad de los gobiernos para gestionar los recursos de manera eficiente y formular, implementar y reforzar políticas y regulaciones; y (3) el respeto de los ciudadanos y del estado a las instituciones que gobiernan las interacciones socio-económicas entre ellos” (citando a Kauffman, Kraay y Labatón, 2000).
“Finalmente, la cuarta corriente clave que confluye en el estudio de la gobernabilidad es aquella surgida a raíz del análisis del proceso de construcción europea. Durante los 90, apareció toda una literatura que trataba de explicar a partir del concepto de “governance” (o gobernanza) la gobernabilidad de la Unión Europea como estructura de toma de decisiones a través de redes multinivel de actores gubernamentales y no gubernamentales” (Prats, 2003).
Definición mínima
Como se puede colegir de la existencia de diferentes perspectivas o enfoques sobre la gobernabilidad, su definición también cuenta con una variedad de énfasis, elementos necesarios, características o condiciones.
Aguilar Villanueva (2020) sostiene que la gobernabilidad denota “la probabilidad de que el gobierno gobierne a su sociedad y, en correspondencia, la probabilidad de que la sociedad en general o en específicas situaciones y asuntos esté siendo gobernada o vaya a serlo en el futuro”.
Camou (citado en Mayorga & Córdova, 2007) señala que es “un estado de equilibrio dinámico entre el nivel de las demandas societales y la capacidad del sistema político (estado/gobierno) para responderlas de manera legítima y eficaz”.
Guzmán (2003) sostiene que la gobernabilidad hace referencia a “la estabilidad de las instituciones democráticas a pesar de la incertidumbre de los resultados del juego político, es decir, de las negociaciones y los acuerdos entre los actores políticos; y a las capacidades de las instituciones políticas y sociales para agregar y articular intereses, así como para regular y resolver los conflictos que se susciten entre ellos”.
La Cooperación Técnica Alemana – GTZ (2010), intentando establecer una definición mínima de gobernabilidad democrática, señala que se trata de: “La calidad y capacidad del sistema de gobierno, encuadrado en sus competencias y facultades y de los sistemas político y social, de interactuar en un territorio determinado para resolver problemas públicos en el marco del Estado de Derecho”.
De acuerdo a Prats (2003) “la gobernabilidad se derivaría del alineamiento efectivo entre las necesidades y las capacidades de un sistema sociopolítico; es decir, de sus capacidades para autoreforzarse (…) Si entendemos por gobernanza la interacción entre actores estratégicos causada por la arquitectura institucional, entonces la gobernabilidad debe entenderse como la capacidad que dicha interacción proporciona al sistema sociopolítico para reforzarse a sí mismo; es decir, de transformar sus necesidades o preferencias en políticas efectivas”.
En el marco del análisis sistémico, que es dominante en el estudio de la gobernabilidad, se entendería a la gobernabilidad como el estado de equilibrio o estabilidad entre las demandas de la sociedad y la capacidad del sistema político para atenderlas mediante políticas públicas.
Una diferencia de grado
En el análisis de la gobernabilidad, se podría fácilmente asumir que en un determinado contexto existe gobernabilidad o ingobernabilidad, entendiendo a éste último estado como la ausencia de gobernabilidad, sin embargo, también podría estudiarse y comprenderse diferencias de grado en torno a la gobernabilidad:
Camou (citado en Mayorga & Córdova, 2007), de manera algo controvertida, señala que en medio de los dos extremos de gobernabilidad ideal y de ingobernabilidad existirían otros tres tipos, conformando cinco grados hipotéticos de la gobernabilidad:
- La gobernabilidad “ideal”, que implica la anulación de conflictos.
- La gobernabilidad “normal” se refiere a “una situación donde las discrepancias (o diferencias) entre demandas y respuestas se encuentran en un equilibrio dinámico”.
- La situación de “déficit de gobernabilidad” se refiere a “un desequilibrio [una anomalía] entre el nivel de las demandas sociales y la capacidad de respuesta gubernamental (…) que puede presentarse en diversas esferas de la sociedad (economía, política, seguridad ciudadana, etc.)”
- La “crisis de gobernabilidad” denota una “situación de proliferación de anomalías, es decir, una conjunción de desequilibrios inesperados y/o intolerables entre demandas sociales y respuestas gubernamentales.
- La ”ingobernabilidad” como disolución de las pautas de reproducción de una comunidad política.
Referencias bibliográficas
AGUILAR VILLANUEVA, Luis (2020) Democracia, gobernabilidad y gobernanza. Conferencias Magistrales Temas de la Democracia. Instituto Nacional Electoral México. https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2021/02/CM25_baja.pdf
Cooperación Técnica Alemana – GTZ (2010). Gobernabilidad Democrática. Unidad de Gobernabilidad y Gobernanza. https://www.bivica.org/files/contexto-gobernabilidad.pdf
CROZIER, Michel; HUNTINGTON, Samuel P., WATANUKI, Joji; MUÑOZ CLARES, Bibiana (trad.) (2012). The Crisis of Democracy. Report on the Governability of democracies to the Trilateral Commission. Sociología Histórica: Revista de investigación acerca de la dimensión histórica de los fenómenos sociales, 2255-3851, Nº. 1. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=4554297
GUZMÁN, Virginia (2003). Gobernabilidad democrática y género, una articulación posible. Comisión Económica para América Latina. Unidad Mujer y Desarrollo. Serie Mujer y Desarrollo 48. Chile. https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/5911/1/S038566_es.pdf
MAYORGA, F. & CÓRDOVA, E. (2007). “Gobernabilidad y Gobernanza en América latina”. Working Paper NCCR Norte-Sur IP8, Ginebra.
http://www2.institut-gouvernance.org/docs/ficha-gobernabilida.pdf
PRATS, Joan Oriol (2003). El concepto y el análisis de la gobernabilidad. Revista Instituciones y Desarrollo Nº 14-15. 239-269. Institut Internacional de Governabilitat de Catalunya. Barcelona, España. https://www.ses.unam.mx/docencia/2007II/Lecturas/Mod3_Oriol.pdf
[1] La Comisión Trilateral es una organización de membresía global que durante décadas ha reunido a responsables políticos de alto nivel, líderes empresariales y representantes de los medios y la academia para discutir y proponer soluciones a algunos de los problemas mundiales más difíciles. Fundada en 1973 por David Rockefeller, la Comisión ha sido durante mucho tiempo un lugar importante para incubar ideas y formar relaciones entre sectores y geografías (traducción propia). https://www.trilateral.org/about/
Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente una posición del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
¿Qué tan útil fue esta publicación?
¡Haz clic en una estrella para calificarla!
Puntuación media 0 / 5. Recuento de votos: 0
No hay votos hasta ahora! Sea el primero en calificar esta publicación.