GANAR-GANAR CON TUS IMPUESTOS

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GANAR-GANAR CON TUS IMPUESTOS

RESUMEN

PALABRAS CLAVE

1. INTRODUCCIÓN

2. MATERIALES Y MÉTODOS

3. DIAGNÓSTICO

3.1. Análisis exploratorio

PERIODOPLAZODESCUENTO SOBRE MONTO DETERMINADO
Desde la fecha de inicio de cobro hasta el 31 de marzo.15%
Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio.10%
Desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre.5%
Desde el 1 de octubre hasta el último día hábil de diciembre.0%

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Normativa Municipal GAMLP.

PERIODOPLAZODESCUENTO SOBRE MONTO DETERMINADO
Desde el inicio hasta 45 días calendario.15%
Concluido el primer periodo, 45 días calendario.10%
Concluido el segundo periodo, 45 días calendario.5%
Concluido el tercer periodo, 45 días calendario.0%

3.2. Análisis de contexto

3.2.1. Monto recaudado

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

3.2.2. Cantidad de bienes

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

3.2.3. Conciliación monto cantidad

Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

Día hábil: es considerado cualquier día no feriado de lunes a viernes, sábados y domingos se considera como un solo día hábil, ya que en algunos casos se realizó el cobro estos días. Fuente: Gobierno Autónomo Municipal de La Paz. (2021). Administración Tributaria Municipal.

4. PROPUESTA

  • La aplicación de la economía del comportamiento para el cobro de impuestos tiene resultados diversos, en función a la eficiencia en la planificación y en la aplicación de la política pública y a la respuesta de los contribuyentes dado un contexto particular para cada sociedad.
  • A partir del año 2011 se crea, junto a otros tres impuestos, el IMPBI; que se aplica al ejercicio de la propiedad de bienes inmuebles en la jurisdicción municipal de La Paz, el pago del mismo se realiza dentro del año siguiente del periodo correspondiente.
  • El año 2012 se inicia el periodo de pago escalonado, que beneficia con 15%, 10% y 5% a los contribuyentes que efectúan el pago del IMPBI hasta el 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre del año siguiente al periodo correspondiente respectivamente.
  • El año 2015 se modifican los plazos de los periodos de pago escalonado considerando el descuento de 15% al pago del IMPBI dentro de los primeros 45 días desde el inicio del cobro, 10% desde concluido el primer periodo hasta pasado 45 días, y 5% desde concluido el segundo periodo hasta pasado 45 días.
  • Pasado los periodos de aplicación de los descuentos escalonados, los contribuyentes podrán realizar el pago sin ninguna sanción siempre y cuando lo realice dentro del año siguiente del periodo correspondiente.
  • Del monto recaudado el periodo 2012 – 2018 mediante el IMPBI, 76% corresponde a aquel correspondiente a alguno de los periodos de descuento escalonado, dejando un mínimo del total recaudado para el periodo sin ningún incentivo.
  • La proporción del monto recaudado bajo algún descuento, y por lo tanto también del monto cobrado sin ningún descuento, se mantiene más o menos constante dentro del periodo analizado.
  • 71.3% de los bienes abarcados por el IMPBI corresponden al periodo con algún tipo de descuento, el restante corresponde al periodo de cobro sin ningún beneficio.
  • La proporción de los bienes abarcados por el cobro del IMPBI dentro del periodo de descuento incrementa en el tiempo, principalmente en el periodo en el que los plazos de pago son menores (momento 3).
  • La proporción del monto recaudado y de los bienes abarcados por el IMPBI incrementa vertiginosamente el último día del plazo para cada periodo, lo que no ocurre para el pago sin ningún beneficio, para el cual el incremento es más lento a partir de los últimos cinco días de pago.

Por lo tanto, las propuestas de política pública son:

  • Mantener la política de descuentos escalonados, ya que en el periodo estudiado se evidencia que los contribuyentes buscan acogerse a este beneficio, y en efecto lo hace en su gran mayoría.
  • Mejorar el proceso de socialización de los descuentos escalonados, la relación entre los beneficiarios de los descuentos escalonados respecto a quienes no lo son puede incrementar más en el tiempo (como ocurre dentro del momento 3) con una buena estrategia de socialización.
  • Implementar otro tipo de incentivos positivos como la “LOTERÍA TRIBUTARIA”[2], ya que mediante este tipo de políticas sería posible:
    • Aplicar otro tipo de incentivo positivo con un premio grande pero con pocos ganadores, con la posibilidad de generar un “efecto lotería”, es decir que los contribuyentes sobredimensionen las posibilidades de ganar el gran premio, incentivando el pago de impuestos.
    • Medir el efecto de los incentivos positivos con mayor precisión, ya que sería posible identificar a un beneficiario en particular y comparar el comportamiento de este y su entorno respecto al comportamiento de quienes no fueron beneficiados.
    • Generar mayor confianza por parte de los contribuyentes hacia la autoridad impositiva, ya que con premios como la remodelación del espacio público se generaría mayor confianza por parte de la población, al ser este un beneficio tangible y durable en el tiempo.
  • PROPUESTA DE LOTERÍA TRIBUTARIA:

5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

5.1. Conclusiones

5.2. Recomendaciones

6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Agradecimiento a la Administración Tributaria Municipal por facilitar los datos administrativos.


Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente una posición del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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