ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Por: Javier Gustavo Pérez Mendieta – Unidad de Investigación y Políticas Municipales
El Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible de la Universidad de Costa Rica (s/f) define al Ordenamiento Territorial como “el conjunto de herramientas técnicas y científicas que ayudan a organizar dentro de un territorio los numerosos usos del suelo (por ejemplo: habitacional, comercial, cultural, industrial, institucional, entre otros.) y sus actividades asociadas, tratando de minimizar los conflictos entre ellos. Determina los mejores usos para cada terreno y los terrenos aptos para cada uso, considerando que el contexto social, político, económico y ambiental correspondiente limita muchas de las posibles opciones”.
El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial del Gobierno de Uruguay (2020) lo define como “el conjunto de acciones transversales del Estado que tienen como cometido implementar una ocupación ordenada y un uso sostenible del territorio. Estas acciones regulan y promocionan la localización de la población, el desarrollo de todas las actividades económicas y sociales dentro del territorio, de forma que se logre un desarrollo sostenible que prevea las potencialidades y limitaciones existentes por los criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos”.
El Ministerio de Economía del Gobierno de Argentina (s/f) entiende que el Ordenamiento Territorial significa “disponer, con orden, de la ocupación y usos del territorio según la mayor o menor aptitud de los diferentes elementos constitutivos de este. Implica, en la práctica, orientar mediante normativas la localización de las actividades en contraposición a la distribución espontánea imperante, motorizada por las leyes del mercado”.
La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura – FAO (s/f) señala que el Ordenamiento Territorial comprende los siguientes elementos:
- “Una política pública, en la medida que involucra la toma de decisiones concertadas de los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y el aprovechamiento del territorio.
- Una disciplina científica, que forma parte de la política de Estado sobre el desarrollo sostenible.
- Un proceso técnico- administrativo, porque orienta la regulación y promoción de la localización y desarrollo de los asentamientos humanos, actividades económicas, sociales, y desarrollo físico, espacial”.
En síntesis, el Ordenamiento Territorial es un conjunto de herramientas y acciones que tienen como fin la organización de los diferentes usos de suelo en el territorio, y una ocupación ordenada que comprenda sus aptitudes, limitaciones y potencialidades.
Referencias bibliográficas
Ministerio de Economía del Gobierno de Argentina (s/f). Ordenamiento Territorial. https://www.argentina.gob.ar/produccion/segemar/peligros-geologicos/ordenamiento-territorial
Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial del Gobierno de Uruguay (13 de julio de 2020). ¿Qué es el Ordenamiento Territorial? https://www.gub.uy/ministerio-vivienda-ordenamiento-territorial/politicas-y-gestion/es-ordenamiento-territorial
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura – FAO (s/f). Ordenamiento Territorial. https://www.fao.org/in-action/territorios-inteligentes/componentes/ordenamiento-territorial/contexto-general/es/
Programa de Investigación en Desarrollo Urbano Sostenible de la Universidad de Costa Rica (s/f). Ordenamiento territorial. https://www.produs.ucr.ac.cr/investigacion/lineas-de-investigacion/ordenamiento-territorial/
Las opiniones expresadas en este documento son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan necesariamente una posición del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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