Servicio Municipal de Registro Catastral

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Consiste en el levantamiento de la información de las características físicas de un bien inmueble (superficie de terreno, superficie construida y otros), el registro de la información en el Módulo de Catastro del Sistema de Información Territorial (SIT V2) del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y finalmente la emisión del Certificado Catastral el cual determina la ubicación geográfica, características físicas y la valoración del bien inmueble.

Donde se inicia el servicio

Plataforma Integral de Atención al Ciudadano (PIACs):

“PIAC CAMACHO” , Ubicada en el Mercado Camacho, Sub suelo 1 (avenida libertador Simon Bolivar esq. calle bueno).

“PIAC MIRAFLORES”, Uicada en el edificio Torre “espra”, planta baja (calle chicas casi esquina calle juan de vargas de la zona miraflores ); o

“PIAC SUR”, Ubicada en el edificio “Atlanta” (avenida ballivian entra las calles 13 y 14 de la zona calacoto).

Instancia responsable:

Dirección de Administración Territorial y Catastral – Unidad de Catastro

Edificio Tobía 1er Piso – Calle Potosí Nº1285

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

Oficina Central Telf. – PIAC Calacoto 2651676 – Oficina SERMAT 2651026 – www.lapaz.bo

Días y horarios de atención:

Plataforma Integral de Atención al Ciudadano mercado Camacho de 8:30 a 12:00 Y 14:30 a 18:00, Plataforma Integral de Atención al Ciudadano zona Calacoto de 8:30 a 16:30 y Plataforma Integral de Atención al Ciudadano Miraflores de 8:30 a 16:30.

Tiempo de duración:

10 días hábiles procesamiento del trámite. Los cuales podrán incrementarse en caso de requerirse información de otras áreas.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      • La documentación debe ser presentada en el orden definido, en un fólder con un sujetador.
      • Los documentos originales presentados serán devueltos inmediatamente verificada su correspondencia y fidelidad respecto a las fotocopias de los mismos.
      • El propietario debe encontrarse en el predio al momento de la inspección.
      • El Propietario debe identificar y definir claramente los límites de su propiedad.
      • Debe existir acceso a todos los ambientes.

Requisitos:

Persona Natural: 

      1. Testimonio de Propiedad del Bien Inmueble (original y fotocopia)
      2. Folio Real/Tarjeta de Propiedad.
      3. Cédula Identidad del/los propietario(s) (original y fotocopia)
      4. Fotografías del inmueble en formato físico o digital impreso de la fachada.
      5. Número de inmueble registrado en el Padrón Municipal del Contribuyente, ultima boleta de impuestos.

En caso de propiedad horizontal, adjuntar:

      1. Plano de Fraccionamiento aprobado (fotocopia)

En casos de inmuebles ubicados en sectores sin planimetría:

      1. Además de los requisitos, es indispensable verificar que el bien inmueble esté consolidado mínimamente con muros de cerco.

En caso de Usucapión, adjuntar:

      1. Sentencia Ejecutoria del proceso de usucapión (original y fotocopia)
      2. Plano que formo parte del proceso judicial o inspección ocular (fotocopia legalizada)

Si es apoderado:

      1. Testimonio de Propiedad del Bien Inmueble (original y fotocopia)
      2. Folio Real/Tarjeta de Propiedad (original y fotocopia)
      3. Cédula Identidad del/los propietario(s) (fotocopia)
      4. Fotografías del inmueble en formato físico o digital impreso de la fachada.
      5. Código Catastral y/o Croquis de Ubicación.
      6. Número de inmuebles registrado en el Padrón Municipal del Contribuyente.
      7. Poder Notariado específico (original y fotocopia)
      8. Cédula de Identidad del apoderado (original y fotocopia)

En caso de propiedad horizontal, adjuntar:

      1. Plano de Fraccionamiento aprobado (fotocopia)

En casos de inmuebles ubicados en sectores sin planimetría:

      1. Además de los requisitos, es indispensable verificar que el bien inmueble esté consolidado mínimamente con muros de cerco.

En caso de Usucapión, adjuntar:

      1. Sentencia Ejecutoria del proceso de usucapión (original y fotocopia)
      2. Plano que formo parte del proceso judicial o inspección ocular.

Persona Jurídica:

      1. Testimonio de Propiedad del Bien Inmueble (original y fotocopia).
      2. Folio Real/Tarjeta de Propiedad (original y fotocopia).
      3. Poder notariado específico (original y fotocopia).
      4. Fotocopia NIT.
      5. Cédula Identidad del/los apoderado(s) o representante legal. (original y fotocopia).

En caso de propiedad horizontal, adjuntar:

      1. Plano de Fraccionamiento aprobado (fotocopia).
      2. Tabla de Fraccionamiento aprobada (fotocopia).

En casos de inmuebles ubicados en sectores sin planimetría:

      1. Además de los requisitos, es indispensable verificar que el bien inmueble esté consolidado mínimamente con muros de cerco.

En caso de Usucapión, adjuntar:

      1. Sentencia Ejecutoria del proceso de usucapión (original y fotocopia).
      2. Plano que formo parte del proceso judicial o inspección ocular.

Pasos del ciudadano:

      1. Inicio del trámite, en plataformas de atención de Catastro. Presentación de requisitos.
      2. Seguimiento al trámite.
      3. Pago por la emisión de Certificado de Registro Catastral.
      4. Recepción del Certificado de Registro Catastral. Conclusión del trámite.

Importante:

La Tasa por el servicio está establecida según la superficie del lote.

Propiedades de hasta 999.99 m2                                      492.40 Bs.

Propiedades de entre 1000 m2 y 1999.99 m2              732.50 Bs.

Propiedades iguales o mayores a 2000 m2                   1221.80 Bs.

Documento/Servicio final:

      1. Certificado de Registro Catastral.
      2. Plano de Levantamiento Topografico Georreferenciado
      3. Reporte Alfanumérico.

Marco Legal: 

      1. Constitución Política del Estado
      2. Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002.
      3. Ley Nº 2372 de Regularización de Derecho Propietario Urbano de 22 de mayo de 2002.
      4. Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez” de 19 de julio de 2010.
      5. Ley Nº 247 de Regularización de Derecho Propietario sobre bienes inmuebles Urbanos destinados a Vivienda de 5 de junio de 2012.
      6. Texto ordenado de las Leyes Autonómicas Municipales Nos. 007-013 y 014 sobre Ordenamiento Jurídico y Administrativo Municipal.
      7. Texto ordenado de las Leyes Autonómicas Municipales Nos. 017-024-050 y 080 sobre Uso de Suelos Urbanos.
      8. Ley Autonómica Municipal Nº 58 de Catastro de 30 de diciembre de 2013.
      9. Ley Autonómica Municipal Nº 031 de 26 de febrero de 2013.
      10. Decreto Supremo Nº 22902 de 19 de septiembre de 1991.
      11. Ordenanza Municipal Nº 561/2007 de 10 de octubre de 2007, modificado por la Ordenanza Municipal Nº 349/14 de 07 de julio de 2014.
      12. Ordenanza Municipal Nº 456/2009 de 1º de septiembre de 2009.
      13. Resolución Municipal Nº 227/04 de 1º de julio de 2004 modificado por la Resolución Ejecutiva Nº 342/12 de 23 de octubre de 2012.
      14. Decreto Municipal Nº 15/14 Reglamento a la Ley de Catastro de 27 de junio de 2014. Resolución Administrativa Nº 008/2009 sobre “Tolerancias y Precisiones” de 04 de agosto de 2009.