Revisión de Manifiesto Ambiental (excepto sector hidrocarburos, minería, telecomunicaciones, electricidad, transportes) únicamente para Áreas Protegidas Municipales

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

El Manifiesto Ambiental (MA) es un instrumento mediante el cual el Representante Legal de la actividad, obra o un proyecto, en proceso de implementación, operación, o etapa de abandono, informa a la Autoridad Ambiental Competente del estado ambiental en que se encuentre la actividad, obra o proyecto (AOP).
Este documento, es un instrumento técnico-legal que tiene categoría de declaración jurada, refleja la situación ambiental actual de la AOP, corresponde plantear un Plan de Adecuación Ambiental de la actividad, obra y proyecto así como el Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PAA-PASA).
La Presentación del Manifiesto Ambiental ante la Dirección de Prevención y Control Ambiental aplica para las actividades obras o proyectos, que estén en proceso de implementación, operación o etapa de abandono, específicamente dentro de área protegida municipal.
El Representante Legal de la Actividad, Obra o Proyecto (AOP) que requiera solicitar la Licencia Ambiental deben remitir a la Dirección de Prevención y Control Ambiental (DPCA), el Manifiesto Ambiental debe ser elaborado por un equipo de Consultores Ambientales inscritos en el Registro Nacional de Consultoría Ambiental RENCA, mediante una nota dirigida al Director de Prevención y Control Ambiental.
Una vez recepcionado el documento este pasara a ser evaluado por el personal técnico, los cuales emitirán un criterio técnico mediante un informe de aprobación o rechazo.
Si el Manifiesto Ambiental es validado, la DPCA remite a la Autoridad Ambiental Competente Departamental el informe para fines consiguientes.
Si el Manifiesto Ambiental es observado, será devuelto mediante nota al Representante Legal, quien deberá recoger el mismo para que el consultor ambiental realice las aclaraciones, complementaciones y enmiendas al documento en el plazo establecido.

Donde se inicia el servicio

Plataforma Sitram
Zona Miraflores, Calle Chichas esq. Juan de Vargas Z. Edificio TORRE ESPRA Nº 1204, Planta Baja. (cerca al Puente de las Américas)

Instancia responsable:

Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovables– Dirección de Prevención y Control Ambiental – Unidad de Prevención y Control Ambiental a las Actividades Obras y Proyectos (UPCAAOP).
Zona Miraflores, Calle Chichas esq. Juan de Vargas Z. Edificio TORRE ESPRA Nº 1204, 1er Piso. (cerca al Puente de las Américas)

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

22651035 – Facebook: Secretaría Municipal de Gestión Ambiental y Energías Renovables

Días y horarios de atención:

Lunes a Viernes
Continuo: 8:30 a 16:30

Tiempo de duración:

30 días hábiles (sin observaciones) que corren a partir del día siguiente de recepcionado el trámite, acorde lo establecido en los procedimientos técnicos administrativos señalados en la normativa ambiental vigente.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

Debe contratar a un equipo de consultores ambientales inscritos en el Registro Nacional de Consultoría Ambiental, caso contrario no se podrá dar curso al trámite. El listado de consultores RENCA puede ser solicitado en el Viceministerio de Medio Ambiente, y Agua, ubicado en la Obrajes, Av. 14 de Septiembre N°5397 Piso 2, esquina calle 8. o en la página web del Ministerio de Medio Ambiente y Agua http://snia.mmaya.gob.bo/web/modulos/RENCA/

Requisitos:

Persona Natural: 

      • Formulario de Manifiesto Ambiental llenado de acuerdo a características establecidas por el Anexo 5 del Reglamento de Prevención y Control Ambiental, con carácter de Declaración Jurada, adjuntando la siguiente documentación
      • Plan de Higiene Seguridad Ocupacional y Bienestar aprobado por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social y/o nota de constancia de entrega del documento
      • Certificado de uso de suelo de acuerdo a Ley Municipal Autonómica Nº 17 de Uso de Suelos Urbanos y sus modificaciones.
      • Certificado de compatibilidad de uso de suelos emitido por la Dirección de Áreas Protegidas Bosques y Arbolado Urbano de la SMGAER.
      • Fotocopia de Derecho propietario (Registro Catastral y de Derechos Reales)
      • Resumen ejecutivo
      • Plano de ubicación georreferenciada
      • Fotografías claras y actuales del lugar de emplazamiento de la Obra, Actividad o Proyecto
      • Mapas temáticos (riesgos, recursos hídricos, áreas protegidas, geológico, arqueológico, etc. según corresponda)
      • Estudio Geológico – Geotécnico “in extenso” adjuntando el informe de la SMGIR
      • Proyecto Estructural firmado y sellado por un profesional legalmente habilitado adjuntando planos legibles.
      • Proyecto hidrosanitario firmado y sellado por un profesional legalmente habilitado adjuntando planos legibles (para proyectos multifamiliares).
      • Planos legibles de instalaciones eléctricas e instalaciones de gas (según corresponda)
      • Planos arquitectónicos elevaciones de planta y perfil los cuales deben ser legibles en tamaño A3 o escala conveniente
      • Fotocopia de cédula de identidad representante legal
      • Fotocopia de Certificado RENCA vigente de los consultores
      • Fotocopias de cédulas de identidad de los consultores RENCA
      • Memorándum de Disposición de Escombros emitido por la Secretaria Municipal de Gestión Integral de Riesgo (SMGIR) para la disposición de material de corte, y/o escombros (si corresponde)
      • Original Boleta de depósito bancario por concepto de pago de aranceles establecidos en la Ley Departamental Nº 86 (una vez aprobado el tramite)
      • Autorizaciones de Instancias Municipales (autorización de obras menores, autorización de construcción, plan de contingencias según corresponda)

Nota.- Presentar cuatro ejemplares impresos del Programa de Prevención y Mitigación y Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental incluyendo una copia en formato digital con todos los documentos de respaldo.

Persona Jurídica:

Estas deben añadir a toda la documentación presentada por una persona natural, lo siguiente:

      1. Testimonio de constitución de sociedad
      2. Poder de representación legal
      3. Fotocopia de Certificado NIT (si corresponde)
      4. Fotocopia de Certificado FUNDEMPRESA (Si corresponde)

Pasos del ciudadano:

      1. Se debe contratar a un consultor ambiental inscrito en el RENCA
      2. El Consultor debe elaborar el Manifiesto Ambiental acorde formato establecido en el Reglamento de Prevención y Control Ambiental aprobado mediante Decreto Supremo N° 24176.
      3. Presentar a la Dirección de Prevención y Control Ambiental el documento (2 ejemplares) mediante nota vía SITRAM.
      4. Realizar el seguimiento dentro de los 30 días hábiles.
      5. Si el documento fue aprobado se deberá recoger la nota con el sello de presentación a la Autoridad Ambiental Competente Departamental. Caso contrario el Representante Legal deberá recoger la nota con las observaciones correspondientes mismas que deberán ser subsanadas por el consultor ambiental que elaboro el documento inicial, en plazo de 30días hábiles.

Importante:

Tomar en cuenta los depósitos bancarios descritos en los requisitos del Manifiesto Ambiental:

      • Cuatrocientos cincuenta (450) bolivianos a la Cuenta Única de la Gobernación N° 1-4696396  del Banco Unión adjuntar una vez validado el documento

Iniciar una actividad obra o proyecto sin contar con la respectiva Licencia Ambiental está tipificada como una infracción administrativa de impacto ambiental, por lo tanto la presentación del Manifiesto Ambiental  deriva en sanciones establecidas en la normativa ambiental vigente a cargo de  la Autoridad Ambiental Competente Departamental

Documento/Servicio final:

Nota de aprobación del documento y envío a la Autoridad Ambiental Competente Departamental / Nota de respuesta instruyendo al Representante Legal subsanar el documento.

Marco Legal: 

Ley 1333 de Medio Ambiente y Reglamentos Generales aprobados mediante Decreto Supremo Nº 24176