El trámite consiste en el Levantamiento de las Restricciones técnicas o legales, impuestas a predios con el objeto de que se encuentren sin observaciones para la administración territorial.
Unidad de Administración Territorial
Dirección de Administración y Control Territorial
Ubicación física piso 6 Edificio Tobía (toda atención es a través de Ventanilla Única piso 1 Edificio Tobía)
Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram), Planta Baja Edificio Tobía Calle Potosí Nº1285
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
Telefono: 2652065
Web: www.lapaz.bo
Lunes a Viernes de 08:30 a 14:30 en Ventanilla Única Piso 1Todos los días, por la tarde, en horario laboral.
30 días
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
El trámite es personal o con poder y posterior al cumplimiento de las restricciones impuestas al predio en Ordenanza Municipal de aprobación de la planimetría del sector.
- Levantamiento de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR) y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden legal (de acuerdo a la casuística detallada para cada lote):
Acreditación Derecho Propietario
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Fotocopia Escritura Pública sobre derecho propietario, previo cotejo con el original.
- Fotocopia Folio Real o Tarjeta de Propiedad, previo cotejo con el original.
- Certificado de tradición o de origen, cuando corresponda.
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Presentación de declaración Jurada de posesión.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Declaración Jurada de posesión presentada ante Juzgado de Turno en lo Civil.
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Presentación de documentación que evidencie la resolución de conflictos sobre derecho propietario entre particulares.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Fotocopia Escritura Pública sobre derecho propietario, previo cotejo con el original.
- Fotocopia Folio Real o Tarjeta de Propiedad, previo cotejo con el original.
- Fotocopia legalizada de la Resolución Judicial pasada en calidad de cosa juzgada, sobre mejor derecho propietario.
- Fotocopia legalizada del Acta de Conciliación, homologada ante la autoridad jurisdiccional competente, que resuelve el conflicto de mejor derecho.
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Suscripción de minuta de transferencia de lote de terreno a título gratuito a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Escritura Pública de la transferencia a título gratuito.
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Presentación de documentación que acredite derecho propietario sobre áreas excedentes.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Fotocopia Escritura Pública sobre derecho propietario, previo cotejo con el original.
- Fotocopia Folio Real o Tarjeta de Propiedad, previo cotejo con el original.
- Documentación sobre deslinde.
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Presentación de documentación gráfica sobre servidumbres.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Documento judicial o notariado que acredite el deslinde.
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Otras condicionantes.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
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Documento que sea requerido por la Dirección de Administración y Control Territorial, de acuerdo a las características de cada caso
Levantamiento de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR) y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico (de acuerdo a la casuística detallada para cada lote):
Presentación de Proyecto para la ejecución de obras civiles.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Especificaciones técnicas (planos, cálculos, etc) en un original y dos fotocopias, elaborados y firmados por profesionales especializados, los cuales deben estar visados y registrados por la Sociedad de Ingenieros de Bolivia.
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Estudios geológicos – geotécnicos
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Estudio geológico – geotécnico en un original y dos copias, visado y registrado por la SIB y por la SMGIR del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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Presentación de estudios ambientales.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Ficha o licencia Ambiental en un original y dos copias elaborado por un profesional especialista habilitado, en las instancias competentes, visados y registrados por la SIB según corresponda y la SMGAER del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
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Presentación de documentación gráfica sobre deslinde técnico
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Plano que acredite el deslinde técnico, cumpliendo las normas y patrones de asentamientos establecidos en la planimetría aprobada y/o vigente, parte indisoluble de la documentación judicial o notariada.
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Presentación de documentación gráfica sobre servidumbres.
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Plano que acredite la servidumbre, cumpliendo las normas y patrones de asentamientos establecidos en la planimetría aprobada y/o vigente, parte indisoluble de la documentación judicial o notariada.
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Otras condicionantes
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- Fotocopia rubricada de Cédula de Identidad, previo cotejo con el original.
- Documentación requerida por la Dirección de Administración y Control Territorial.
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1.- En Ventanilla Única el propietario o representante legal debe llenar la solicitud de Regularización dispuesta en la sección 1 del Formulario para Levantar la de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR) y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico y/o legal, adjuntando, según sea el tipo de observación la documentación antes descrita el cual será autorizada por el saneador técnico o legal encargado.
2.- Posteriormente introduce este formulario y la documentación adjunta en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) planta baja Edificio Tobia.
3.- En un plazo de cinco días hábiles de haber sido emitida la Resolución Administrativa de Levantamiento de la de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR) y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico y/o legal, se notificará al administrado con el citado acto administrativo
Costo del Servicio: Gratuito
Resolución Administrativa de Levantamiento de condición de Áreas Sujetas a Revisión (ASR) y Restricción Administrativa Predial (RA) de orden técnico y/o legal.
Marco Legal:
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- Ley Municipal Autonómica Nº 059/2013 de 30 de diciembre de 2013.
- Reglamento Municipal de Levantamiento de la Condición de Área Sujeta a Revisión (ASR) o Restricción Administrativa Predial (RA), aprobado mediante Decreto Municipal Nº 38/2014 de fecha 26 de diciembre de 2014.
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