Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
Consiste en modificar la gestión de inicio de cobro de impuestos del registro tributario, conforme a la verificación de los documentos de propiedad y disposiciones vigentes, previa evaluación de la documentación correspondiente.
Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado)
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación y Empadronamiento, Sección Inmuebles.
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
800 13 55 55 (Servicio de Atención al Contribuyente)
Lunes a Viernes de: 08:00 a 18:00
Sábados: 08:00 a 13:00
De acuerdo a la complejidad del caso.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- Los datos técnicos del inmueble deberán estar actualizados caso contrario debe proceder a su modificación.
- En caso que el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre, debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes.
- Debe hacer el seguimiento del trámite con el número de Hoja de Ruta asignada.
- Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente.
- La persona que realizara el trámite deberá portar el original del su Cedula de Identidad.
- El Padrón Municipal de Contribuyentes de o los propietarios no deberá registrar ningún proceso Administrativo pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
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- Documentos del Contribuyente:
- Solicitud expresa de cambio de año de inicio dirigida a la Autoridad de la Administración Tributaria Municipal.
- Documentos del Contribuyente:
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- Persona natural.
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- Cédula de identidad del o los contribuyentes.
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- Persona jurídica.
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- Cédula de identidad del representante legal.
- Testimonio Poder o documento que acredite su representación legal.
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- Trámite realizado por terceras personas.
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- Testimonio Poder Notariado que le faculte a realizar el trámite solicitado.
- Cédula de identidad vigente del apoderado.
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- Documentos del Derecho de Propiedad
- Testimonio de propiedad.
- Folio real actualizado, máximo 3 meses de antigüedad, y si no posee el actualizado adjuntar además la información rápida del folio.
- Documentos del Inmueble :
- Comprobante de pago o proforma del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, si tiene más de un inmueble registrado, a efecto de identificar el número de inmueble.
- Planos de ubicación del terreno
- Certificado Catastral o Formulario Único de registro catastral
- Plano de Fraccionamiento
- Documentos del Derecho de Propiedad
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ATENCIÓN PRESENCIAL OFICINA CENTRAL- PIAC SUR
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- Presentación de los requisitos en Ventanilla de Informaciones.
- En caso de que su trámite sea observado por algún requisito se le entregará a la Persona Natural o Jurídica, el Formulario de Revisión de Requisitos.
- Si su trámite cuenta con todos los requisitos se le asignará una ficha con la cual pasará a la Plataforma de Atención.
- El solicitante deberá encontrarse atento al llamado de su ficha por la persona encargada (azafato @) o el llamador que se registra en pantalla ubicada en la Plataforma de Atención.
- Se apersona con el Oficial Tributario de acuerdo al turno de la ficha asignada.
- El Oficial Tributario efectúa la revisión de los documentos presentados y la información de los sistemas del GAMLP, en caso de existir observaciones emite Formulario de Observaciones.
- De no tener observaciones se procede a realizar el trámite en sistema y la firma de los formularios de Declaración Jurada como constancia del o los trámites efectuados.
- De ser necesario puede solicitar una explicación adicional.
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Nota.- El solicitante una vez subsanadas las observaciones, debe apersonarse a Ventanilla de Informaciones, donde se le designará nuevamente una ficha para dar continuidad al trámite requerido.
PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (PIACS)
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- Se tomará el procedimiento de la Oficina Central, sin embargo toda la atención será realizada por el Oficial Tributario.
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Costo del Servicio: Gratuito.
Proforma de pago de Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles por las gestiones que se actualicen.
Marco Legal:
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- Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
- Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
- Ley Nacional Nº 843.
- Ley Municipal Nº 214/2016
- Reglamento del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Supremo Nº 24204.
- Ley Municipal Autonómica Nº 12 de Creación de Impuestos Municipales.
- Reglamento del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Municipal Nº 1.
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