Traslado de restos a sepultura perpetua

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Traslado de restos mortales de nichos temporales a sepulturas perpetuas (nichos, sarcófagos) dentro del Cementerio General.
Nicho perpetuo es una sepultura para cuerpo entero y no es temporal.
Sarcófago perpetuo es para cuerpo menor o reducido y no es temporal.

Donde se inicia el servicio

Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199.

Instancia responsable:

Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2455259

Días y horarios de atención:

Lunes a Viernes 08:00 a 15:00 horas.

Tiempo de duración:

20 minutos el tramite respectivo.
1 hora para el tema operativo de acuerdo a día de programación.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      • Cuando la solicitud sea realizada por un tercero que no acredite parentesco alguno, deberá tramitar una Orden Judicial y presentar carta notariada estableciendo la inexistencia de otro familiar y la concurrencia de un interés legal.
      • En el caso que se pretenda trasladar un cuerpo fresco (antes de los cinco años), se procede mediante una Orden Judicial.
      • Si se pretende trasladar restos de un nicho perpetuo a otro nicho o sarcófago perpetuo es necesario contar con la autorización escrita de ambos titulares de dicha sepultura perpetua.
      • Si se pretende trasladar restos de un nicho perpetuo perteneciente a un Mausoleo Institucional se debe presentar la autorización de la institución mediante memorándums que contenga el nombre de fallecido y su ubicación, firmas y sellos correspondientes.
      • La reducción de los restos para el traslado de los mismos deben ser autorizados por familiares en línea directa y en caso de que los restos de la persona sepultada no cuenten con familiar alguno, se procederá mediante Orden Judicial.

Requisitos:

Persona Natural/ Jurídica

AUTORIZACION DE TRASLADO DE RESTOS A SEPULTUA PERPETUA

      1. Cedula de Identidad del Familiar solicitante o quien acredite un interés legal (Fotocopia simple)
      2. Cedula de Identidad del o los usuarios Titulares autorizando el ingreso de restos a la sepultura perpetua (fotocopia simple).
      3. Acreditación de relación de parentesco hasta el 4ta grado consanguíneo o colateral entre el o los titulares y el fallecido (certificados de nacimiento, Bautizo, matrimonio, etc.)
      4. Cedula de Identidad de todos los familiares en línea directa autorizando el traslado a la sepultura perpetua, en caso de no contar con este requisito se deberá presentar carta notariada estableciendo las causas (Fotocopia simple).
      5. Documentos que acrediten parentesco entre los familiares en línea directa y el fallecido (certificados de nacimiento, Bautizo, matrimonio, etc.)
      6. Comprobante del último pago del servicio de Conservación y Limpieza de vías de circulación (fotocopia simple).
      7. Comprobante de pago del servicio de inhumación de la sepultura temporal (fotocopia simple).
      8. Memorándum de autorización de DIRECTIVA Y/O REPRESENTANTES LEGALES (si fuera mausoleo institucional).
      9. Boleta de inspección de la sepultura perpetua y temporal emitida por la ENTIDAD  (si corresponde).

Pasos del ciudadano:

      1. Recaba ticket de atención en plataforma y espera su turno para ser atendido
      2. Se apersona a la plataforma indicada, entrega el ticket de atención y presenta los requisitos establecidos.
      3. Recibe la proforma de pago FUEC de la plataforma
      4. Cancela en el cajero de la EDMCLP y recaba su factura.
      5. Programación del servicio en plataforma de programación de servicios.

Importante:

TRASLADOS DE SEPULTURA PERPETUA

ITEM

TOTAL Bs.

TRASLADO A NICHO PERPETUO

627

TRASLADO A SARCOFAGO PERPETUO

517

Documento/Servicio final:

Proforma de pago FUEC (formulario único de entidad de cementerio), factura

Marco Legal: 

      • Resolución Administrativa N° 076/2022 Reglamento General de Cementerios de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerios de La Paz

      • Resolución de Directorio Nº 009/2021.