REGISTRO EXENCIONES DE INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL ESTADO, MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES E INSTITUCIONES RELIGIOSAS

En que consiste:

Es la exención del pago total de los tributos del Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres a favor de vehículos automotores de propiedad del Gobierno Central, de las Gobernaciones Departamentales de los Gobiernos Municipales y de las instituciones públicas además de las Misiones Diplomáticas y consulares, Organismos Internacionales e instituciones religiosas.

Donde se inicia el servicio:

SERVICIO PRESENCIAL

      1. CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Nº 1298, Ingreso Calle Colón, piso 1, plataforma de atención al ciudadano.
      2. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC SUR: Edificio Atlanta Planta Baja – Av. Gral. José Ballivián Nº 720, entre calles 13 y 14 Calacoto.
      3. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC CAMACHO: Centro Comercial Camacho Subsuelo, Av. Camacho.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal (ATM), a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo (UREA) y la Sección de Vehículos (SV).

Teléfono(s) de consultas:

      1. Línea Gratuita: 155 (opción 2)
      2. Líneas WhatsApp: 62443035 – 71552352
      3. Teléfono: 2652228 – 2652234

Sitio(s) web y/o redes sociales de consultas:

      1. Página web: http://atm.lapaz.bo (consultas)
      2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal – ATM

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL (horario continuo)

      1. CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00
        – Sábados: 08:00 a 13:00
      2. PIAC SUR – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00
      3. PIAC CAMACHO – Lunes a  Viernes de : 9:00 a 17:00

NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

5 minutos (tiempo promedio de un registro)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      1. El trámite es personal o con testimonio poder.
      2. La documentación presentada debe ser legible, sin tachaduras ni enmiendas.
      3. Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).

Requisitos:

DOCUMENTOS DEL OBJETO:

      1. Detalle de vehículos sujetos al beneficio (si corresponde).
      2. Fotocopia del Certificado de Propiedad (RUAT – 03).

DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:

Persona natural.

      1. Fotocopia del documento de identidad del contribuyente.

Persona jurídica.

      1. Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
      2. Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
      3. Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.

En caso de ser apoderado adicionalmente debe presentar:

      1. Fotocopia del Testimonio Poder.
      2. Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.

Misiones Diplomáticas, Consulares Extranjeras y Miembros Acreditados:

      1. Documento que acredite su condición en el Estado.

Instituciones Religiosas:

      1. Certificado emitido por la Conferencia Episcopal de Bolivia.

Pasos del ciudadano:

ATENCION PRESENCIAL

El sujeto pasivo o tercero responsable debe:

      1. Presentar todos los requisitos para obtener una ficha de atención en plataforma.
      2. Apersonarse a la ventanilla con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
      3. Procesado el Trámite requerido, revisar y firmar el formulario de declaración jurada.
      4. En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.

Importante:

El presente trámite no genera costo.

Documento/Servicio final:

Proforma de Pago sin deuda.

Marco Legal: 

      1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492 y sus modificaciones.
      2. Ley Nacional Nº 843.
      3. Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales y sus modificaciones.
      4. Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011.
      5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014 y sus modificaciones.
      6. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
      7. Resoluciones Administrativas de Inicio de Cobro del Impuesto Municipal a la Propiedad de Vehículos Automotores Terrestres (IMPVAT).
      8. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.