Permiso excepcional para ingreso al área de restricción vehicular

En que consiste:

Otorga permiso excepcional para el ingreso al Área de Restricción Vehicular.

Donde se inicia el servicio

Plataforma de Atención Ciudadana (PAC).

      • PAC Subalcaldia Periférica, Av. Montes Esq. Calle Uruguay
      • PAC Edificio Ex Banco del Estado – Calle Mercado
      • AC Palacio Consistorial Planta Baja, Calle Mercado

Instancia responsable:

Secretaría Municipal de Movilidad y Seguridad Ciudadana a través de la Dirección de Regulación y Ordenamiento de la Movilidad – Unidad de Regulación de la Movilidad.

Ubicación física:

Calle Uruguay casi esquina. Av. Montes (lado Subalcaldia Periferica).

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2651034 – 2406841 – 2406811 – 2406812 – www.lapaz.bo/inforservicio/

Días y horarios de atención:

Lunes a Viernes de 08:30 a 16:00

Tiempo de duración:

15 Días hábiles

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

Carta dirigida al Secretario Municipal de Movilidad y Seguridad Ciudadana, solicitando se extienda permiso excepcional y explicando los motivos por los cuales requiere dicho permiso.

EXCEPCIONES A LA RESTRICCIÓN POR NÚMERO DE PLACA

La restricción vehicular, no se aplica a vehículos motorizados pertenecientes al Cuerpo Diplomático, Consular, Misiones y Organismos Internacionales y Organismos No Gubernamentales cuyas placas de circulación tanto para vehículos y motocicletas sean otorgadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de tratados internacionales.

Requisitos:

Persona Natural: 

      • Cédula de identidad (fotocopia) o Testimonio de Poder Especial para efectuar trámites en el GAMLP (fotocopia legalizada) en caso de no ser el solicitante, el propietario del o los vehículos para los que se solicita el permiso.
      • En caso de renovación adjuntar el Permiso Excepcional original vencido.
      • Licencia de Funcionamiento vigente en el caso de actividades económicas. (original y fotocopia).
      • Certificado de Propiedad de Registro del Vehículo Automotor CPRVA-03, con radicatoria en el Municipio de La Paz (original y fotocopia).
      • Póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) (original y fotocopia).
      • No tener deudas pendientes por concepto de impuestos a la propiedad vehicular con el GAMLP.
      • Para vehículos motorizados de Transporte Oficial de Pasajeros, con Placas de Circulación extendidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se solicitará a demás Resolución Administrativa emitida por la Autoridad Tributaria Municipal, de liberación de impuestos a vehículos motorizados (fotocopia y original).
      • Para vehículos motorizados utilizados en la prestación del Servicio Privado de Transporte de Turismo, además de los requisitos antes señalados, se requerirá: Fotocopia legalizada de la Resolución Administrativa emitida por la Gobernación del Departamento de La Paz, autorizando la prestación del servicio y Licencia de Funcionamiento extendida por el GAMLP.

Pasos del ciudadano:

Presenta los requisitos en Plataforma de Atención Ciudadana
Seguimiento a su trámite.

Importante:

El servicio no tiene costo.

Documento/Servicio final:

Permiso Excepcional para Circulación en el Área de Restricción Vehicular, informe o nota de rechazo.

Marco Legal: 

Reglamento Municipal de Paradas Momentáneas, Estacionamientos y Restricciones de Tránsito.