Mantenimiento correctivo y atención de urgencias de la infraestructura de alumbrado público

En que consiste:

En la atención del mantenimiento correctivo y urgencias de alumbrado público en los macrodistritos urbanos del GAMLP:

Mantenimiento correctivo de alumbrado público

      • La característica de este tipo de mantenimiento es la intervención una vez ocurrida la falla y consiste en la intervención operativa del personal del GAMLP a causa de luminarias apagadas, luminarias intermitentes, fallas de conexión en los circuitos de Alumbrado Público, luminarias encendidas 24 horas, dispositivos de control y/o protección que no operen oportunamente o cualquier otra circunstancia que afecte a la continuidad del funcionamiento del Servicio de Alumbrado Público, por lo cual se procede a la reparación de todas las averías con la sustitución y/o ajuste de las luminarias y componentes eléctricos, ajuste de conexiones eléctricas, sustitución ajuste y/o reprogramación dispositivos de control y protección.

Urgencia de alumbrado público

      • Se considera Urgencia de Alumbrado Público cuando la luminaria o parte del sistema de Alumbrado (poste, cables de energía, luminaria, brazo o soporte), representa un riesgo inminente en la vía pública. Así también se define como urgencia cuando se presentan más de tres luminarias contiguas apagadas.

Donde se inicia el servicio

      • Líneas gratuitas de atención al usuario 800-16-1010 / 800-13-1919
      • A las oficinas de la Unidad de Servicios Eléctricos y Semaforización
      • En ventanillas de las Plataformas de Atención Ciudadana – USAC.

Instancia responsable:

Unidad de Servicios Eléctricos y Semaforización
Av. Uruguay S/N altura plaza Antofagasta, lado terminal de buses

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

Línea gratuita: 800-16-1010 / 800-13-1919 – WhatsApp: +591 2 2285999

Días y horarios de atención:

Horarios de atención de la línea:
Disponible las 24 horas del día, 7 días a la semana, 365 días al año.
Horarios de atención de la ejecución de casos regulares:
De lunes a viernes de 8:00 a 16:00
Horarios de atención de la ejecución de urgencias:
De lunes a domingo de 8:00 a 16:00 y de 18:00 a 05:00

Tiempo de duración:

El tiempo de atención varía según el caso para ser resueltos por los macro distritos

      • Casos regulares en un plazo hasta 72 horas (3 días hábiles)
      • Urgencias en un plazo hasta 24 horas (incluye sábados, domingos y feriados)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      • El presente servicio solo tiene atribución dentro de los límites territoriales de la jurisdicción del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
      • La atención de casos obedece a una programación de la unidad ejecutora (Subalcaldías) dentro de los plazos establecidos.
      • La ejecución del mantenimiento correctivo de la infraestructura de alumbrado público debe garantizar mantener y/o mejorar los niveles existentes en la vía antes de la realización de los trabajos.
      • En caso de no contar con un nombre de contacto y número de telefónico fijo, la comunicación con el cliente puede será limitada, lo que libera de responsabilidad al GAMLP sobre los puntos de control y coordinación para la atención.
      • En caso de que el número de teléfono sea de celular la  comunicación se limita  a mensajes de texto.

Requisitos:

Persona Natural: 

Llamadas a la línea gratuita 800161010, 800-13-1919 y Solicitudes en oficinas de USES

      • Nombre y número telefónico de contacto
      • Dirección e intersecciones referenciales

Nota de solicitud

1ra opción:

      • Para atención de mantenimiento correctivo de infraestructura de Alumbrado Público, dirigida a la autoridad recurrida (mediante Plataformas de Atención Ciudadana – USAC)
      • Croquis de ubicación de la solicitud.
      • Fotocopia de cedula de identidad + número telefónico de contacto

2da opción:

      • Formulario de “Nota de solicitud para la atención de alumbrado público”, disponible en las oficinas de la Unidad de Servicios Eléctricos y Semaforización,  en ventanillas de las Plataformas de Atención Ciudadana.
      • Fotocopia de cedula de identidad

Correo electrónico (OPCIONAL)

linea.gratuitase@lapaz.bo

Persona Jurídica:

Llamadas a la línea gratuita 800161010, 800-13-1919 y Solicitudes en oficinas de USES

      • Nombre y número telefónico de contacto
      • Dirección e intersecciones referenciales

Nota de solicitud

1ra opción:

      • Para atención de mantenimiento correctivo de infraestructura de Alumbrado Público, dirigida a la autoridad recurrida (mediante Plataforma de Atención Ciudadana – USAC)
      • Croquis de ubicación de la solicitud.
      • Fotocopia de cedula de identidad + número telefónico de contacto

2da opción:

      • Formulario de “Nota de solicitud para la atención de alumbrado público”, disponible en las oficinas de la Unidad de Servicios Eléctricos y Semaforización,  en ventanillas de las Plataformas de Atención  Ciudadana – USAC.
      • Fotocopia de cedula de identidad

Correo electrónico (OPCIONAL)

linea.gratuitase@lapaz.bo

Pasos del ciudadano:

Llamadas a la línea gratuita 800161010 / 800-13-1919

      1. Realizar la llamada a la línea gratuita 800 16 1010 / 800-13-1919

Solicitudes por mensajería vía WhatsApp:

      1. Realizar la solicitud por mensajes vía WhatsApp al número +591 2 2285999

Solicitudes en oficinas de USES (Área de Sistemas de Información)

      1. Realizar la solicitud de forma verbal y obtener el número de caso.

Plataformas  de Atención Ciudadana – USAC.

      1. Entregar la documentación de la solicitud con los requisitos correspondientes en Plataforma  de Atención Ciudadana.

Importante:

El servicio es gratuito, no tiene costo alguno.

Documento/Servicio final:

Servicio realizado en conformidad con el ciudadano.

Marco Legal: 

EL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE LA PAZ

      • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO, del 7 DE FEBRERO DE 2009, Capítulo octavo: distribución de Competencias, artículo 302, parágrafo I inciso (30) Servicio de Alumbrado Público de su jurisdicción. Inciso (42), determina como competencia exclusiva de los gobiernos municipales autónomos, la planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación nacional y departamental.
      • LEY Nº 453, Ley General de los Derechos de las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores, de 4 de diciembre de 2013
      • Ley de Gobiernos Autónomos Municipales Ley Nº 482, articulo 31 Bienes Municipales de dominio público, del 9 de enero del 2014
      • ORDENANZA MUNICIPAL G.A.M.L.P. Nº 13/87 HAM Cobro de la tasa por concepto de Alumbrado Público, 31 de marzo de 1986