Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
En la incorporación de predios con una superficie menos a 10.000 m2 a planimetrías vigentes, permitiendo su administración.
Ventanillla Sitr@m – 1° Piso Edificio Tobía Calle Potosí Nº1285
Unidad de Administración y Control Territorial
Dirección de Administración Territorial y Catastral
Edificio Tobia – Piso 6
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
2202771 – 2652065 – www.lapaz.bo
Lunes a Viernes de 08:45 a 11:45 y 14:45 a 18:45
El tiempo de duración del trámite es variable, en función a la revisión y aprobación de la Resolución Ejecutiva por el Alcalde Municipal.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
Los predios sujetos a inclusión deberán cumplir con las siguientes condiciones técnicas administrativas:
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- No estar inmerso en ninguna planimetría de administración territorial.
- No estar sujeto a otro procedimiento regular de administración territorial vigente.
- Estar inmerso dentro de un área con el uso de suelo de vivienda de acuerdo al mapa de Uso de Suelos y Patrones de Asentamiento vigente, conforme lo establecido por la Ley de Uso de Suelos y sus Ordenanzas complementarias, además debe ser colindante a una planimetría aprobada y vigente.
- Debe accederse al predio por vía(s) consolidada(s) físicamente, que a su vez debe vincularse a una estructura vial aprobada.
- Contar con servicios básicos, siendo obligatorio el acceso a los servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad.
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En predios con superficies mayores a 2.500 m2, obligatoriamente se debe transferir de manera gratuita a favor del GAMLP el 15% de la superficie total para áreas verdes y de equipamiento y el porcentaje que corresponda para las vías, pudiendo alternativamente, ante la imposibilidad de consolidar físicamente dichas cesiones, de acuerdo a verificación e inspección técnica, compensar su carencia total o parcial con el respectivo pago según valor catastral, considerándose al efecto, en cuanto al porcentaje de vías, su cuantificación según su existencia y consolidación física.
Persona Natural:
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- Nota de solicitud dirigida al Director de la DATC.
- Levantamiento topográfico georreferenciado del área sujeta a inclusión de predios, adjuntando adicionalmente en formato físico y digital la memoria de cálculo respectiva.
- Estudio geológico – geotécnico que establezca la posibilidad de edificar construcciones con fines habitacionales, especificando las condiciones y parámetros técnicos del predio.
- Testimonio, Tarjeta de Propiedad o Folio Real del Bien Inmueble (fotocopia).
- Cedula Identidad del o los propietario(s) (fotocopia).
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Ultimo Comprobante de Pago de Impuestos (fotocopia – Requisito exigido por Sitr@m).
Persona Jurídica:
Adicionalmente a los requisitos previamente señalados, en caso de empresa o sociedad deberá estar representado por un personero, quien obligatoriamente deberá adjuntar un Testimonio – Poder Notariado que acredite su condición.
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- Inicia el trámite en Ventanilla Sitr@m de la DATC (6° piso), presentando los
- Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en plataforma de atención al ciudadano.
- Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite.
- Recoge el Informe sea de aprobación o no de la solicitud.
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Gratuito
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- Acta de transcripción de predio en planimetría aprobada o vigente.
- Resolución Ejecutiva de aprobación de inclusión de predio en planimetría aprobada o vigente.
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Marco Legal:
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- Leyes Municipales Autonómicas Nº 17-24-50-80 de uso de suelos urbanos (LUSU), de fecha 27 de julio de 2014.¡
- Decreto Municipal Nº 13/2012, que aprueba el Reglamento a la LUSU.
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