Habilitación de tierras para usos urbanos

En que consiste:

Es la autorización municipal a nuevas urbanizaciones y/o asentamientos planificados en áreas destinadas a usos habitacionales y compatibles con este, en el cual se garantice de acuerdo a norma la dotación de espacios destinados a equipamientos, áreas verdes y vías a ceder al GAMLP.

Instancia responsable:

Unidad de Administración Territorial.

Dirección de Administración y Control Territorial

Ubicación física piso 6 Edificio Tobía (toda atención es a través de Ventanilla Única piso 1 Edificio Tobía)

Donde se inicia el servicio

Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram), Planta Baja Edificio Tobía Calle Potosí Nº1285

Teléfonos: 2652065

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

  Teléfono: 2652065

   Web:  www.lapaz.bo

Días y horarios de atención:

Lunes a Viernes de 08:30 a 14:30 en Ventanilla Única Piso 1

Tiempo de duración:

Etapa 1: 10 Días Hábiles

Etapa 2: 15 Días Hábiles

Etapa 3: 10 Días Hábiles

Etapa 4: 15 Días Hábiles

Vigencia de cada etapa:

Etapa 1: 6 meses

Etapa 2: 6 meses

Etapa 3: 12 meses

Etapa 4: Una vez emitida la Resolución Ejecutiva de aprobación de la Urbanización, su vigencia es indefinida.

Todo documento que no haya concretado su objetivo, posibilitando el paso a otra etapa de tramitación, dentro del plazo previsto, podrá ser revalidado mediante solicitud expresa.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

El trámite cuenta con 4 etapas:

                                Etapa 1: Emisión de normativa

                               Etapa 2: Visado preliminar (anteproyecto)

                               Etapa 3: Autorización para la ejecución de obras de habilitación de urbanización

                               Etapa 4: Aprobación de proyectos de urbanización

Toda operación de habilitación de tierras supone la tácita aceptación de transferir gratuitamente al Municipio en calidad de aportes áreas destinadas al uso público bajo la figura de vías, áreas verdes, equipamientos, etc. en el porcentaje establecido para cada tipología de habilitación.

Requisitos:

Persona Natural: 

Etapa 1:

      1. Nota dirigida al Director de la DATC solicitando acogerse al Reglamento de Habilitación de Tierras (RHAT).
      2. Folio Real o Tarjeta de Propiedad preferiblemente registrado bajo una sola partida.
      3. Registro Catastral Actualizado.
      4. Levantamiento topográfico georreferenciado.
      5. Estudio Geológico Geotécnico (puede recabarse información en la SMGIR – Secretaría Municipal de Gestión Integral de Riesgos)
      6. Documentación de derecho propietario.

Etapa 2:

      1. Informe de otorgación de normativa.
      2. Planos originales y 1 copia de la propuesta de diseño urbano con el Visado del Colegio de Profesionales que corresponda.

Etapa 3:

      1. Haber presentado todos los estudios complementarios requeridos en la Resolución Administrativa de visado preliminar (etapa 2) y presentación de estudios complementarios
      2. Solicitud de autorización de inicio de obras.
      3. Presupuesto y Cronograma de Ejecución de Obras.
      4. Plan de contingencias para época de lluvias.
      5. Boleta Bancaria que garantice la ejecución de las obras de infraestructura.

Etapa 4:

      1. Solicitud de aprobación definitiva de Urbanización.
      2. Plano As Built de la urbanización con el respectivo visado del Colegio de Profesionales correspondiente (2 originales y 1 copia).
      3. Minuta de cesión de áreas públicas a nombre del GAMLP.

Persona Jurídica:

Adicionalmente a los requisitos previamente señalados, en caso de empresa o sociedad deberá estar representado por un personero, quien obligatoriamente deberá adjuntar un Testimonio –  Poder Notariado que acredite su condición.

Pasos del ciudadano:

Etapa 1:

      1. Inicia el trámite en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos.
      2. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en plataforma de atención al ciudadano.
      3. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite.
      4. Recoge su Informe de Otorgación de Normativa para urbanizaciones/ o Informe de observaciones.

Etapa 2:

      1.  Continúa la tramitación en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos.
      2. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en ventanilla única piso 1 Edificio Tobía.
      3. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite.
      4. Recoge la Resolución Administrativa que autoriza el visado preliminar del proyecto presentado y el plano firmado y sellado.

Etapa 3:

      1. Continúa la tramitación en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos.
      2. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en plataforma de atención al ciudadano.
      3. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite.
      4. Recoge la Resolución Administrativa que autoriza el inicio de obras.

Etapa 4:

      1. Continúa la tramitación en Plataforma de Atención Ciudadana (Sitram) de la DACT (planta baja Edificio Tobía), presentando los requisitos.
      2. Hace el seguimiento de su trámite vía web (www.lapaz.bo) y/o en ventanilla única piso 1 Edificio Tobía.
      3. Presenta su cédula de identidad y contraseña del trámite.
      4. Realiza la cesión de áreas públicas.
      5. Recoge la Resolución Ejecutiva de aprobación de la urbanización y los planos de Urbanización aprobados

Importante:

Etapa 1: Gratuito

Etapa 2: Debe presentar una boleta de garantía que se determinará en base al presupuesto por obras.

Etapa 3: Gratuito

Etapa 4: De acuerdo al patrón de asentamiento.

   
   
   
   

Documento/Servicio final:

Etapa 1:

      1. Informe de Otorgación de Normativa para urbanizaciones/ o Informe de observaciones.

Etapa 2:

      1. Resolución Administrativa de visado preliminar y autorización de presentación de estudios complementarios.
      2. Plano firmado y sellado.

Etapa 3:

      1. Resolución Administrativa de Autorización de inicio de obras.

Etapa 4:

      1. Resolución Ejecutiva de aprobación de la urbanización.
      2. Planos de Urbanización aprobados.

Marco Legal: 

Reglamento de Habilitación de Tierras para Usos Urbanos (RHAT), aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 032/95 HAM – HCM 031/95 de fecha 20 de abril de 1995.