Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
Es el desglose que se realiza a un bien inmueble, que puede ser dividido en dos o más unidades, que se aplica para Terrenos, Viviendas Unifamiliares y Propiedades Horizontales del cual se generan y nacen nuevos registros tributarios individualizados.
¿Dónde se inicia el trámite/ servicio?:
ATENCIÓN PRESENCIAL
- OFICINA CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría con ingreso por la Calle Mercado, Plataforma de Atención al Ciudadano de la Sección Inmuebles.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Sur ubicada en el “Edificio Atlanta” Planta Baja Av. Ballivián entre calle 13 y 14 de Calacoto.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Camacho ubicada en la Av. Camacho Centro Comercial Camacho nivel 1.
Nota.- Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación y Empadronamiento, Sección Inmuebles.
Teléfono(s) de consulta(WhatsApp):
71552352 – 62443034
Sitio(s) web y/o redes sociales::
ATENCIÓN PRESENCIAL
- OFICINA CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 19:00 – Sábado de: 08:00 a 13:00
- OFICINA PIAC SUR – Lunes a Viernes de : 08:30 a 17:00
- PIAC CAMACHO – Lunes a Viernes de : 10:00 a 17:00
Nota.- Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.
- 60 minutos hasta 5 unidades, a partir de 6 unidades a fraccionar, se fija día y hora de entrega con un Oficial Tributario asignado. (Servicio presencial)
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
- Los sujetos pasivos del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles y/o Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, tienen la obligación de actualizar los datos técnicos del bien inmueble y los datos del propietario, si hubieran modificaciones. (revisar las Guías de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: MODIFICACIÓN DE DATOS DEL OBJETO GRAVADO (BIENES INMUEBLES código Nro. ATM-UREA –SI – GOC 002/2025). En caso de existir pagos rectificados, deberán cancelarse y consolidarse previo al fraccionamiento.
- El trámite de aprobación de planos en régimen de propiedad horizontal debe estar sustentado técnicamente por la Resolución Administrativa de fraccionamiento emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
- El objeto tributario no deberá registrar deudas pendientes de impuestos municipales a la fecha de la Resolución Administrativa de Fraccionamiento.
- El documento de identidad debe encontrarse vigente o indefinido al momento de su solicitud, según corresponda.
- En caso que el bien inmueble no se encuentre registrado en el Padrón Municipal de Contribuyentes, debe realizar el empadronamiento. (revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: EMPADRONAMIENTO DEL OBJETO (BIENES INMUEBLES) código Nro. ATM- UREA -SI-GOC 001/2025).
- Cuando el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre (copropiedad), se debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes. (revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: REGULARIZACIÓN DE PROPIEDAD código Nro. ATM- UREA – SI -GOC 008/2025).
- La presentación de los documentos requeridos deberán ser legibles y sin enmiendas (no tener tachaduras, ni borrones).
- El objeto tributario no deberá registrar ningún proceso de Oficio o Determinación Mixta pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
Requisitos (Presentar Originales y copias para la compulsa) :
FRACCIONAMIENTO
PERSONA NATURAL:
- Cedula de identidad del o los propietarios.
PERSONA JURIDICA:
- Cedula de identidad vigente del representante legal.
- Poder del representante legal o documento que acredite su representación legal.
- NIT (si corresponde).
IDENTIFICACION DEL OBJETO:
- Resolución Administrativa.
- Tabla de fraccionamiento.
- Planos de fraccionamiento.
- Pago de impuesto (un año anterior a la Resolución Administrativa).
- Factura de luz con una antigüedad no mayor a 180 días.
DOCUMENTOS OPCIONALES:
- Folio real individual (si posee)
- Testimonio de Propiedad (División y Partición)
- Certificado catastral fraccionado (si posee)
En caso de no estar actualizados los datos técnicos del inmueble presentar:
- Folio real (ACTUALIZADO máximo 90 días, si no está actualizado además adjuntar INFORMACIÓN RÁPIDA no mayor a 30 días).
- Certificado Catastral como propiedad única.
- Testimonio de propiedad.
NOTA: Para terceras personas adjuntar cedula de identidad y poder notariado de representación legal.
ATENCIÓN PRESENCIAL
OFICINA CENTRAL
- Presentación de los requisitos en Ventanilla de Informaciones.
- En caso de que su trámite sea observado por algún requisito se le entregará a la Persona Natural o Jurídica, el Formulario de Revisión de Requisitos.
- Si su trámite cuenta con todos los requisitos se le asignará una ficha con la cual pasará a la Plataforma de Atención.
- El solicitante deberá encontrarse atento al llamado de su ficha por el Oficial Tributario o el llamador que se registra en pantalla ubicada en la Plataforma de Atención.
- Se apersona con el Oficial Tributario de acuerdo al turno de la ficha asignada.
- El Oficial Tributario efectúa la revisión de los documentos presentados y la información de los sistemas del GAMLP, en caso de existir observaciones emite Formulario de Observaciones.
- De no tener observaciones se procede a realizar el trámite en sistema y la firma de los formularios de Declaración Jurada como constancia del o los trámites efectuados.
- De ser necesario puede solicitar una explicación adicional.
Nota.- El solicitante una vez subsanadas las observaciones, debe apersonarse a Ventanilla de Informaciones, donde se le designará nuevamente una ficha para dar continuidad al trámite requerido.
PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (PIACS)
- Se tomará el procedimiento de la Oficina Central, sin embargo toda la atención será realizada por el Oficial Tributario.
El presente trámite es gratuito.
- Proforma de pago del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles de cada unidad fraccionada.
Marco Legal (Respaldo legal referente al servicio):
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014, artículo 60 (Fraccionamiento de Bienes Inmuebles), artículo 61 (Fraccionamiento por efecto de una transferencia total).
