Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
En aplicar la reducción de la Multa por Incumplimiento a Deberes Formales dentro del régimen de incentivos del Art. 156 de la Ley 2492, previsto en el Art. 162 del Código Tributario a todos los contribuyentes que tienen deudas pendientes por el Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles y que procedan a la actualización o rectificación de sus datos técnicos siempre que no se encuentren con proceso de fiscalización.
Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado)
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Inmuebles.
Ubicación física/Dirección: Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Mercado, planta baja, plataforma de atención al ciudadano.
Teléfonos:2651066
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
2651066
Lunes a Viernes de: 07:30 a 20:30 horas.
Sábados: 08:00 a 13:00
15 a 20 minutos (promedio) en plataforma de atención al contribuyente.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- Los datos técnicos del inmueble deberán estar actualizados caso contrario debe proceder a su modificación.
- En caso que el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre, debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes.
- Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente.
- Debe recabar un formulario Nº 408. En la Sección de Inmuebles ubicada en el Edificio Armando Escobar Uría (Ex banco del Estado), Planta Baja.
- La persona que lizará el trámite deberá portar el original del su Cédula de Identidad.
- El Padrón Municipal de Contribuyentes del o los propietarios deberá encontrarse actualizado caso contrario se debe proceder a su modificación.
- El inmueble no deberá registrar ningún proceso Administrativo pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
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- Documentos del Contribuyente:
- Solicitud expresa dirigida a la Autoridad de la Administración Tributaria Municipal.
- Documentos del Contribuyente:
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- Persona Natural.
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- Fotocopia de la Cédula de Identidad del o los contribuyentes.
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- Persona Jurídica.
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- Fotocopia de la Cédula de Identidad del representante legal.
- Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite su representación legal.
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- Tramite realizado por terceras personas.
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- Fotocopia del Testimonio Poder Notariado que le faculte a realizar el trámite solicitado.
- Fotocopia Cédula de Identidad vigente del apoderado.
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- Documentos del Inmueble:
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- Fotocopia del comprobante de pago o proforma del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, si tiene más de un inmueble registrado, a efecto de identificar el número de inmueble objeto del incentivo.
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- Presentación de requisitos para obtener una ficha para atención en plataforma.
- Se apersona con el oficial tributario de acuerdo al turno asignado.
- Revisa y firma la constancia del registro. Y proforma de inmueble.
- Verifica el monto por pagar si corresponde.
- Solicita una explicación detallada en caso de ser necesario.
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Gratuito
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- Copia de la declaración Jurada.
- Proforma de inmueble con la reducción de sanciones.
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Marco Legal:
Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
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- Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
- Ley Nacional Nº 843.
- Reglamento del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Supremo Nº 24204.
- Ley Municipal Autonómica Nº 12 de Creación de Impuestos Municipales.
- Reglamento del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Municipal Nº 1.
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