Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
En la facilidad de pagos (cuotas), anulación y reprogramación que proporciona la Administración Tributaria Municipal al contribuyente para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
ATENCIÓN PRESENCIAL
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- CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Colón, planta baja, plataforma de atención al ciudadano.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Centro Comercial Camacho.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Sur.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Torres
- SERMAT Miraflores.
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Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Vehículos.
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
2652228 – 800135555 – www.lapaz.bo (consultas)
ATENCIÓN PRESENCIAL
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- CENTRAL – Lunes a Viernes de: 07:30 a 20:30 – Sábados: 08:00 a 13:00
- PIAC MERCADO CAMACHO – Lunes a Viernes de: 8:40 a 16:30
- PIAC SUR – Lunes a Viernes de : 8:45 a 16:30
- PIAC TORRES MALL – Lunes a Viernes de: : 8:40 a 16:30
- SERMAT MIRAFLORES – Lunes a Viernes de: 8:00 a 16:00
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NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.
15 minutos (tiempo promedio de un registro)
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- El trámite es personal o con testimonio poder.
- Presentación de requisitos legibles y sin enmiendas.
- Las generales de ley del o los sujetos pasivos deberán estar actualizados, caso contrario debe proceder a su actualización.
- Al momento de realizar cualquier tipo de trámite en las plataformas de atención presencial, se tomará una fotografía, huella digital y fijará en el SITv3 su domicilio legal. (Registro que se realiza solo una vez y al momento que quiera actualizar su fotografía o la ubicación de su domicilio legal en el SITv3).
- El beneficio del pago en cuotas puede efectuarse con la subrogación del adeudo por un tercero a solicitud por escrito. No dando la opción de realizar un nuevo Plan de Pagos si no el pago al contado de la Totalidad de la deuda.
- El incumplimiento del pago de cualquier cuota, anula el plan de pagos automáticamente y el impuesto se actualiza con multas, mantenimiento de valor a la UFVs e intereses. No dando la opción de realizar un nuevo Plan de Pagos si no el pago al contado de la Totalidad de la deuda.
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DOCUMENTOS DEL OBJETO:
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- Fotocopia del Certificado de Propiedad.
- Solicitud expresa dirigida a la Administración Tributaria Municipal.
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DOCUMENTOS DEL CONTRIBUYENTE:
Persona natural.
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- Fotocopia del documento de identidad del contribuyente.
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Persona jurídica.
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- Fotocopia del documento de identidad del representante legal.
- Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite la representación legal.
- Fotocopia del Certificado de Inscripción NIT.
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En caso de ser apoderado:
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- Fotocopia del Testimonio Poder.
- Fotocopia del documento de identidad vigente del apoderado.
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ATENCION PRESENCIAL
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- Presentación de los requisitos en ventanilla de Informaciones, para obtener una ficha para atención en plataforma.
- Se apersona con el Oficial Tributario de acuerdo a la ficha asignada.
- El contribuyente puede programar su plan de pagos de acuerdo a su posibilidad de pago. Conforme a normativa legal vigente.
- Una vez procesado el Trámite requerido, el contribuyente deberá revisa y firma la Resolución Administrativa de Plan de Pagos, como constancia de su aceptación.
- Se emite el Detalle de la Consolidación de Plan de Pagos.
- En caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
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El presente trámite no genera costo.
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- Resolución administrativa de Plan de Pagos
- Detalle de la consolidación de plan de pagos
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Marco Legal:
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- Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
- Ley Nro. 812 Modificaciones al Código Tributario Municipal.
- Ley Nacional Nº 843.
- Ley Municipal Autonómica Nº 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales.
- Decreto Municipal Nro. 01/2012 que reglamenta la Ley Municipal Autonómica 12/2011
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 09/2014.
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
- Decreto supremo Nro. 27310 Reglamento al código Tributario Boliviano.
- Decreto Supremo Nro. 3442 Modificación del D.S Nro. 27310.
- Otros reglamentos y normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el GAMLP.
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