Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
Es la unión de dos o más inmuebles colindantes que se encuentran bajo el régimen de propiedad única, consolidándose en un solo registro tributario que puede encontrarse a nombre de uno o varios copropietarios. Asimismo, para el caso de acciones y derechos, consiste en la unión de dos o más acciones de un mismo registro tributario de inmueble. Esta fusión tiene que ser técnica y legalmente viable.
¿Dónde se inicia el trámite/ servicio?::
ATENCIÓN PRESENCIAL
- OFICINA CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría con ingreso por la Calle Mercado, Plataforma de Atención al Ciudadano de la Sección Inmuebles.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Sur ubicada en el “Edificio Atlanta” Planta Baja Av. Ballivián entre calle 13 y 14 de Calacoto.
- PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Camacho ubicada en la Av. Camacho Centro Comercial Camacho nivel 1.
Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo, Sección Inmuebles.
Teléfono(s) de consulta(WhatsApp):
71552352 – 62443034
Sitio(s) web y/o redes sociales:
ATENCIÓN PRESENCIAL
- OFICINA CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 18:00 – Sábado de: 08:00 a 13:00
- OFICINA PIAC SUR – Lunes a Viernes de : 08:30 a 17:00
- PIAC CAMACHO – Lunes a Viernes de : 10:00 a 17:00
Nota.- Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.
35 minutos (tiempo promedio de un registro)
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
Los sujetos pasivos del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles y/o Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, tienen la obligación de actualizar los datos técnicos del bien inmueble y los datos del propietario, si hubiera modificaciones. (Revisar las Guías de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: MODIFICACIÓN DE DATOS DEL OBJETO GRAVADO (BIENES INMUEBLES código Nro. ATM-UREA –SI – GOC 002/2025).
- El documento de identidad debe encontrarse vigente o indefinido al momento de su solicitud, según corresponda.
- En caso que el bien inmueble no se encuentre registrado en el Padrón Municipal de Contribuyentes, debe realizar el empadronamiento. (revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: EMPADRONAMIENTO DEL OBJETO (BIENES INMUEBLES) código Nro. ATM-UREA-SI-GOC 001/2025).
- Cuando el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre (copropiedad), se debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes. (revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: ACTUALIZACIÓN DE PROPIEDAD código Nro. ATM-UREA – SI -GOC 008/2025.
- En caso de existir pagos (IMPBI) cancelados el día de la solicitud deberán consolidarse en el sistema bancario previo a la fusión.
- La presentación de los documentos requeridos deberán ser legibles y sin enmiendas (no tener tachaduras, ni borrones).
- El objeto tributario no deberá registrar ningún proceso de Oficio o Determinación Mixta pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
- El sujeto pasivo habiendo empadronado su inmueble en el Padrón Municipal de Contribuyentes tiene como obligación tributaria comunicar modificaciones de sus datos técnicos mediante declaraciones juradas.
Requisitos: (Presentar Originales y copias para la compulsa)
FUSION DE INMUEBLES
PERSONA NATURAL:
- Cedula de identidad del o los beneficiarios y cedentes.
PERSONA JURIDICA:
- Cedula de identidad vigente del representante legal.
- Poder del representante legal o documento que acredite su representación legal.
- NIT (si corresponde)
IDENTIFICACION DEL OBJETO:
- Comprobante de pago o proforma.
- Factura de luz con una antigüedad no mayor a 180 días.
- Folio real fusionado (si posee) si no está fusionado presentar los folios a fusionar actualizados (90 días), si no está actualizado ADJUNTAR información rápida (30 días).
- Testimonio/s de propiedad.
- Certificado Catastral fusionado (para los casos en que la fusión no este registrada en Derechos Reales).
- Ficha catastral (no es necesario que esté aprobada más fotografías internas y externas).
NOTA: Para terceras personas adjuntar cedula de identidad y poder notariado de representación legal.
ATENCIÓN PRESENCIAL
OFICINA CENTRAL
- Presentación de los requisitos en Ventanilla de Informaciones.
- En caso de que su trámite sea observado por algún requisito se le entregará a la Persona Natural o Jurídica, el Formulario de Revisión de Requisitos.
- Si su trámite cuenta con todos los requisitos se le asignará una ficha con la cual pasará a la Plataforma de Atención.
- El solicitante deberá encontrarse atento al llamado de su ficha por el Oficial Tributario o el llamador que se registra en pantalla ubicada en la Plataforma de Atención.
- Se apersona con el Oficial Tributario de acuerdo al turno de la ficha asignada.
- El Oficial Tributario efectúa la revisión de los documentos presentados y la información de los sistemas del GAMLP, en caso de existir observaciones emite Formulario de Observaciones.
- De no tener observaciones se procede a realizar el trámite en sistema y la firma de los formularios de Declaración Jurada como constancia del o los trámites efectuados.
- De ser necesario puede solicitar una explicación adicional.
Nota.- El solicitante una vez subsanadas las observaciones, debe apersonarse a Ventanilla de Informaciones, donde se le designará nuevamente una ficha para dar continuidad al trámite requerido.
PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (PIACS)
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- Se tomará el procedimiento de la Oficina Central, sin embargo toda la atención será realizada por el Oficial Tributario.
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El presente trámite es gratuito.
Proforma de pago de Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles.
Marco Legal: (Respaldo legal referente al servicio)
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro. 02/2014.
- Resolución Administrativa GAMLP/ATM Nro. 09/2014 Requisitos para el registro de Tramites tributarios.
