AMUN/17-08-23
El oficial Asesor de la Alcaldía de La Paz, Oscar Navarro, informó este jueves que la comuna paceña identificó 125 edificios de hasta 10 pisos que no se registraron como edificaciones, sino como terrenos en el padrón municipal, y para identificarlos el municipio utilizó la sobreposición del plano catastral con el plano tributario.
“Comentar a la gente de la prensa y, sobre todo, a los contribuyentes, de que el trabajo que se ha hecho no permite ningún error, lo que se ha hecho es sobreponer a la capa del plano de catastro la capa del plano tributario en base a la superficie construida, entonces, usted veía el plano catastral y decía que ese terreno tenía una pequeña casita de 150 metros construidos, cuando se ha sobrepuesto al plano tributario se ha visto que ese terreno no tenía ni registro del municipio o, en algunos casos, se ha visto que no eran 150 metros sino eran 400, 1.000, 2.000 metros construidos”, explicó Navarro en conferencia de prensa que brindó junto al alcalde Iván Arias y la directora de la Administradora Tributaria Municipal, Noemí Lastra.
El oficial Asesor detalló que gracias al sistema con el que cuenta la comuna se pudo evidenciar la diferencia entre la declaración catastral y la declaración tributaria. Especificó que los 125 edificios identificados en el macrodistrito Sur son los primeros señalados en el municipio, pero habrá más.
“Esto no significa que serán los únicos si no se ha visto a aquellos que tengan una masa tributaria no pagada significativa, ¿por qué?, porque puede existir otros que solamente tenía una autorización de construcción de 300 metros y ha construido 310, esos todavía no van a entrar en la fase de lo que es la declaración de los bienes o edificios no declarados como construidos”, aseguró Navarro.
A partir de este jueves la Alcaldía de La Paz anunció que notificará a los propietarios de estos 125 edificios que fueron identificados como no registrados en el Padrón de Contribuyente como edificaciones, sino como terrenos, con el fin de que se registre adecuadamente en un periodo de 15 días y paguen los tributos municipales que les corresponde. De no hacerlo, serán pasibles al inicio de procesos de fiscalización que podrían derivar en el embargo o remate de los inmuebles.
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