Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
En la extinción de las obligaciones tributarias correspondientes a tributos, multas, intereses y recargos en exceso o indebidamente, podrá pagar mediante nota de crédito previa tramitación.
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- Central: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso Calle Mercado, planta baja, plataforma de atención al ciudadano.
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho (PIAC Camacho) Plaza Camacho nivel -1, Av Simón Bolívar esq. calle Bueno.
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur (PIAC Sur) Edif. Atlanta PB, Av José Ballivián entre calles 13 y 14 (carril de subida).
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Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudaciones, Sección Inmuebles.
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
2652226
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- Central – Lunes a Viernes de: 07:30 a 20:30 Sábados: 08:00 a 13:00
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Camacho (PIAC Camacho) – Lunes a viernes, de 8:15 a 15:30.
- Plataforma Integral de Atención Ciudadana Sur (PIAC Sur) – Lunes a viernes, de 8:15 a 15:30.
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Dependiendo de la complejidad del caso.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- Los datos técnicos del inmueble sujeto a pago mediante crédito fiscal deberán estar actualizados.
- Debe hacer el seguimiento del trámite con el número de Hoja de Ruta asignada.
- Las fotocopias requeridas deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones, además estar rubricadas por el contribuyente.
- La persona que realizará el trámite deberá portar el original de su Cédula de Identidad.
- El Padrón Municipal de Contribuyentes del o los propietarios no deberá registrar ningún proceso Administrativo y/o Judicial pendiente en la Administración Tributaria Municipal correspondiente al cobro de impuestos.
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- Documentos del Contribuyente:
- Solicitud expresa dirigida a la Autoridad de la Administración Tributaria Municipal.
- Persona natural.
- Fotocopia de la cédula de identidad del o los contribuyentes.
- Persona jurídica.
- Fotocopia de la cédula de identidad del representante legal.
- Fotocopia del Testimonio Poder o documento que acredite su representación legal.
- Trámite realizado por terceras personas.
- Fotocopia del Testimonio Poder Notariado que le faculte a realizar el trámite solicitado.
- Fotocopia cédula de identidad vigente del apoderado.
- Documentos del Inmueble:
- Nota de Crédito Municipal fotocopia.
- Fotocopia del comprobante de pago o proforma del impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, si tiene más de un inmueble registrado, a efecto de identificar el número de inmueble del que se solicita la Compensación mediante la Nota de Crédito.
- Documentos del Contribuyente:
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- Presenta toda la documentación requerida.
- Presenta su cédula de identidad y carta de solicitud con el número de hoja de ruta asignado al trámite.
- Verifica el Comprobante de Compensación de Deudas y en caso de ser necesario puede solicitar una explicación detallada.
- Registran el trámite en el sistema S.I.G.E.P.
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Gratuito.
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- Formulario 412.
- Comprobante de Compensación de Deudas.
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Marco Legal:
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- Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.
- Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.
- Ley Nacional Nº 843.
- Reglamento del Impuesto a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Supremo Nº 24204.
- Ley Municipal Autonómica Nº 12 de Creación de Impuestos Municipales.
- Reglamento del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles, Decreto Municipal Nº 1.
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