Descuento en el impuesto anual a personas mayores  de 60 años

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Las personas de 60 años o mayores no requieren obtener Resolución Administrativa y deberán apersonarse por sí mismos o a través de su apoderado legal a las ventanillas de atención de la Unidad del Padrón Municipal de Contribuyentes con la documentación señalada en el Decreto Municipal Nº 001/2012, artículo 8 numeral 3, procediéndose al descuento de la gestión vigente de cobro previa actualización de los datos técnicos en sistemas y previa verificación de las condiciones establecidas en la Ley Autonómica Municipal G.A.M.L.P. Nº 12/ 2011 artículo 6 inciso e).

Los propietarios de bienes inmuebles que son mayores de 60 años, a partir de haber cumplido dicha edad, son beneficiarios de un descuento del 20% (veinte por ciento) en el Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles anual hasta el límite del primer tramo de la escala impositiva publicada anualmente en la Resolución Administrativa de inicio de cobro, siempre y cuando el bien inmueble sea de tipo económico, interés social o marginal y esta sea su residencia permanente (vivienda).

Donde se inicia el servicio

ATENCIÓN PRESENCIAL

  1. OFICINA CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría con ingreso por la Calle Mercado, Plataforma de Atención al Ciudadano de la Sección Inmuebles.
  2. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Sur ubicada en el “Edificio Atlanta” Planta Baja Av. Ballivian entre calle 13 y 14 de Calacoto.
  3. PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO – PIAC Camacho ubicada en la Av. Camacho Centro Comercial Camacho nivel 1.

Instancia responsable:

Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento  y Archivo, Sección Inmuebles.

Teléfono(s) de consulta (WhatsApp):

71552352 – 62443034

Sitio(s) web y/o redes sociales:

www.lapaz.bo

Días y horarios de atención:

ATENCIÓN PRESENCIAL

  1. OFICINA CENTRAL – Lunes a Viernes de: 08:00 a 18:00 – Sábado de: 08:00 a 13:00
  2. PIAC SUR – Lunes a Viernes de : 08:30 a 17:00
  3. PIAC CAMACHO – Lunes a Viernes de : 10:00 a 17:00

Nota.- Horarios sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio.

Tiempo de duración:

45 minutos (tiempo promedio por registro de descuento)

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

  1. El descuento del 20% no se registra de forma automática en el sistema RUAT NET, por lo que previo al pago del IMPBI, en entidades financieras, debe solicitar su descuento ante la Administración Tributaria Municipal.
  2. Los sujetos pasivos previamente al registro del descuento, tienen la obligación de actualizar los datos técnicos del bien inmueble y los datos del propietario, si hubieran modificaciones. (revisar las Guías de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: MODIFICACIÓN DE DATOS DEL OBJETO GRAVADO (BIENES INMUEBLES código Nro. ATM-UREA –SI – GOC 002/2024).
  3. El descuento será otorgado al inmueble que sirva de vivienda permanente, por lo que no están incluidos los terrenos, bauleras, nichos, parqueos, casetas, etc.
  4. El descuento no será otorgado si uno de los bloques construidos del total del predio es de tipología buena o muy buena por norma.
  5. El descuento y beneficio será aplicado, solo, si todos los bloques construidos son de tipología económica, interés social o marginal (no hormigón armado).
  6. El solicitante del beneficio debe acreditar su derecho propietario (Con Folio).
  7. En caso que el propietario no haya registrado el inmueble a su nombre (copropiedad), se debe regularizar la titularidad en el Padrón Municipal de Contribuyentes. (revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: REGULARIZACIÓN DE PROPIEDAD código Nro. ATM-UREA – SI-GOC 008/2024.
  8. El beneficio es de carácter personal e individualizado, no transferible a terceros; en caso de existir más de un propietario y alguno de ellos no cumpla con la condición de tercera edad, no aplica al beneficio.
  9. El documento de identidad debe encontrarse vigente o indefinido, así como todos los requisitos solicitados al momento de su solicitud, según corresponda.
  10. En caso que el bien inmueble no se encuentre registrado en el Padrón Municipal de Contribuyentes, debe realizar el empadronamiento del inmueble. (revisar la Guía de Orientación Ciudadana de Trámites y Servicios Municipales: EMPADRONAMIENTO DEL OBJETO (BIENES INMUEBLES) código Nro. ATM-UREA-SI-GOC 001/2024.
  11. La presentación de los documentos requeridos deberán ser legibles y sin enmiendas (no tener tachaduras, ni borrones) en originales y fotocopias.

Requisitos:

DESCUENTO MAYORES DE 60 AÑOS

PERSONA NATURAL:

  • Cedula de identidad del o los propietarios.

IDENTIFICACION DEL OBJETO:

  • Comprobante de Pago de impuesto o proforma
  •    – Boleta último pago renta o bono dignidad del o los propietarios.
  •    – Formulario 408 si están en copropiedad.
  •    – Factura de luz con antigüedad no mayor a 180 días.

NOTA:

El descuento únicamente podrá ser aplicado al inmueble que sirva de vivienda permanente del propietario cuya ubicación debe coincidir con el domicilio declarado en el CI.

Terceras personas presentar cedula de identidad  y poder de representación legal.

Los datos técnicos del inmueble como los datos del contribuyente deben estar actualizados.

Pasos del ciudadano:

ATENCIÓN PRESENCIAL

OFICINA CENTRAL

  1. Presentación de los requisitos en Ventanilla de Informaciones.
  2. En caso de que su trámite sea observado por algún requisito se le entregará a la Persona Natural o Jurídica, el Formulario de Revisión de Requisitos.
  3. Si su trámite cuenta con todos los requisitos se le asignará una ficha con la cual pasará a la Plataforma de Atención.
  4. El solicitante deberá encontrarse atento al llamado de su ficha por el Oficial Tributario o el llamador que se registra en pantalla ubicada en la Plataforma de Atención.
  5. Se apersona con el Oficial Tributario de acuerdo al turno de la ficha asignada.
  6. El Oficial Tributario efectúa la revisión de los documentos presentados y la información de los sistemas del GAMLP, en caso de existir observaciones emite Formulario de Observaciones.
  7. De no tener observaciones se procede a realizar el trámite en sistema y la firma de los formularios de Declaración Jurada como constancia del o los trámites efectuados.
  8. De ser necesario puede solicitar una explicación adicional sobre que personas aplican a este descuento según Normativa.

Nota.- El solicitante una vez subsanadas las observaciones, debe apersonarse a Ventanilla de Informaciones, donde se le designará nuevamente una ficha para dar continuidad al trámite requerido.

PLATAFORMA INTEGRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (PIACS)

Se tomará el procedimiento de la Oficina Central, sin embargo toda la atención será realizada por el Oficial Tributario.

Importante:

El presente trámite es gratuito.

Documento/Servicio final:

Proforma detallada de pago del Impuesto Municipal a la Propiedad de Bienes Inmuebles que consigne el descuento.

Marco Legal: 

  1. Ley Municipal Autonómica Nro. 12/2011 de Creación de Impuestos Municipales.
  2. Decreto Municipal Nº1 Reglamento de Ley Municipal Autonómica Nro. 12/2011  Municipal  de Creación de Impuestos Municipales.
  3. Resolución Administrativa GAMLP/ATM/ Nro.02/2014 Reglamento del Padrón Municipal de Contribuyentes.
  4. Resolución Administrativa GAMLP/ATM Nro. 09/2014 Requisitos para el registro de Tramites tributarios.
  5. Resolución Administrativa GAMLP/ATM Nro. 07/2014