Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo
Traslado de restos mortales de nichos temporales a sepulturas perpetuas (nichos, sarcófagos) dentro del Cementerio General.
Nicho perpetuo es una sepultura para cuerpo entero y no es temporal.
Sarcófago perpetuo es para cuerpo menor o reducido y no es temporal.
Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199.
Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz.
Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:
2455259
Lunes a Viernes 08:00 a 15:00 horas.
20 minutos el tramite respectivo.
1 hora para el tema operativo de acuerdo a día de programación.
Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:
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- Cuando la solicitud sea realizada por un tercero que no acredite parentesco alguno, deberá tramitar una Orden Judicial y presentar carta notariada estableciendo la inexistencia de otro familiar y la concurrencia de un interés legal.
- En el caso que se pretenda trasladar un cuerpo fresco (antes de los cinco años), se procede mediante una Orden Judicial.
- Si se pretende trasladar restos de un nicho perpetuo a otro nicho o sarcófago perpetuo es necesario contar con la autorización escrita de ambos titulares de dicha sepultura perpetua.
- Si se pretende trasladar restos de un nicho perpetuo perteneciente a un Mausoleo Institucional se debe presentar la autorización de la institución mediante memorándums que contenga el nombre de fallecido y su ubicación, firmas y sellos correspondientes.
- La reducción de los restos para el traslado de los mismos deben ser autorizados por familiares en línea directa y en caso de que los restos de la persona sepultada no cuenten con familiar alguno, se procederá mediante Orden Judicial.
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Persona Natural/ Jurídica
AUTORIZACION DE TRASLADO DE RESTOS A SEPULTUA PERPETUA
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- Cedula de Identidad del Familiar solicitante o quien acredite un interés legal (Fotocopia simple)
- Cedula de Identidad del o los usuarios Titulares autorizando el ingreso de restos a la sepultura perpetua (fotocopia simple).
- Acreditación de relación de parentesco hasta el 4ta grado consanguíneo o colateral entre el o los titulares y el fallecido (certificados de nacimiento, Bautizo, matrimonio, etc.)
- Cedula de Identidad de todos los familiares en línea directa autorizando el traslado a la sepultura perpetua, en caso de no contar con este requisito se deberá presentar carta notariada estableciendo las causas (Fotocopia simple).
- Documentos que acrediten parentesco entre los familiares en línea directa y el fallecido (certificados de nacimiento, Bautizo, matrimonio, etc.)
- Comprobante del último pago del servicio de Conservación y Limpieza de vías de circulación (fotocopia simple).
- Comprobante de pago del servicio de inhumación de la sepultura temporal (fotocopia simple).
- Memorándum de autorización de DIRECTIVA Y/O REPRESENTANTES LEGALES (si fuera mausoleo institucional).
- Boleta de inspección de la sepultura perpetua y temporal emitida por la ENTIDAD (si corresponde).
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- Recaba ticket de atención en plataforma y espera su turno para ser atendido
- Se apersona a la plataforma indicada, entrega el ticket de atención y presenta los requisitos establecidos.
- Recibe la proforma de pago FUEC de la plataforma
- Cancela en el cajero de la EDMCLP y recaba su factura.
- Programación del servicio en plataforma de programación de servicios.
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TRASLADOS DE SEPULTURA PERPETUA |
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ITEM |
TOTAL Bs. |
TRASLADO A NICHO PERPETUO |
627 |
TRASLADO A SARCOFAGO PERPETUO |
517 |
Proforma de pago FUEC (formulario único de entidad de cementerio), factura
Marco Legal:
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Resolución Administrativa N° 076/2022 Reglamento General de Cementerios de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerios de La Paz
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Resolución de Directorio Nº 009/2021.
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