Autorización de salida de restos a otro Cementerio

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo 

En que consiste:

Autorizar la salida de restos mortales del Cementerio General de La Paz de nichos en alquiler o desde sepulturas perpetuas (nichos, sarcófagos) mediante el proceso de exhumación para que sean trasladados a otro cementerio.

Donde se inicia el servicio

Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199.

Instancia responsable:

Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz.

Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas:

2455259

Días y horarios de atención:

Lunes a Viernes 08:00 a 15:00 horas.

Tiempo de duración:

20 minutos el tramite respectivo.
1 hora para el tema operativo de acuerdo a día de programación.

Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que:

      • Para el servicio de traslado de cuerpo mayor a cuerpo menor, el fallecido tendría que haber permanecido en su nicho de cuerpo mayor mínimamente 5 años y 1 día siendo recién considerado como restos.
      • Cuando la solicitud sea realizada por un tercero que no acredite parentesco alguno, deberá tramitar una Orden Judicial y presentar carta notariada estableciendo la inexistencia de otro familiar y la concurrencia de un interés legal.
      • En el caso que se pretenda trasladar un cuerpo fresco (antes de los cinco años), se procede mediante una Orden Judicial.
      • Si se pretende trasladar restos de un nicho perpetuo es necesario contar con la autorización escrita del titular de dicha sepultura perpetua.
      • Si se pretende trasladar restos de un nicho perpetuo perteneciente a un Mausoleo Institucional se debe presentar la autorización de la institución mediante memorándums que contenga el nombre de fallecido y su ubicación, firmas y sellos correspondientes.

Requisitos:

Persona Natural/ Jurídica

AUTORIZACION DE SALIDA DE RESTOS O CENIZAS A OTRO CEMENTERIO

      1. Cedula de Identidad en copia simple de todos los familiares en línea directa autorizando el traslado de restos.
      2. Documentos que acrediten parentesco entre los familiares en línea directa y el fallecido (CERTIFICADO DE DESCENDENCIA del fallecido/a, certificado de matrimonio del esposo/a, etc.).
      3. Autorización del Cementerio de destino ORIGINAL
      4. Carta notariada en caso de ser Hijo Único o Único Familiar previa presentación del certificado de descendencia emitido por el SERECI.

En caso de ser un traslado de una sepultura perpetúa deberá adjuntar también los siguientes requisitos:

      1. Memorándum de autorización de DIRECTIVA Y/O REPRESENTANTES LEGALES (en caso de mausoleos institucionales)
      2. Cedula de Identidad vigente del o los usuarios Titulares autorizando de forma escrita la apertura de la sepultura perpetua (fotocopia simple).
      3. Comprobante del último pago del servicio de Conservación y Limpieza de vías de circulación (fotocopia simple).

Pasos del ciudadano:

      1. Recaba ticket de atención en plataforma y espera su turno para ser atendido
      2. Se apersona a la plataforma indicada, entrega el ticket de atención y presenta los requisitos establecidos.
      3. Recibe la proforma de pago FUEC de la plataforma
      4. Cancela en el cajero de la EDMCLP y recaba su factura.
      5. Programa el servicio en plataforma de programación de servicios.

Importante:

AUTORIZACION DE SALIDA RESTOS A OTRO CEMENTERIO

ITEM

TOTAL Bs.-

CUERPO MAYOR CON REDUCCCION

535,10

CUERPO MAYOR SIN REDUCCION

401,10

CUERPO MENOR

401,10

Documento/Servicio final:

Proforma de pago FUEC (formulario único de entidad de cementerio), factura.

Marco Legal: 

      • Decreto Municipal Nº 033/2017 Reglamento del Cementerio General.
      • Resolución de Directorio Nº 007/2018.