18 de noviembre de 2025

Solicitud de inhabilitación (Baja) de actividades económicas

i tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: La Inhabilitación de Actividades Económicas, es el trámite mediante el cual se obtiene la inhabilitación o baja de los derechos y obligaciones emergentes de la actividad económica, que se consolida mediante la firma del Formulario de inhabilitación de actividades económicas (Formulario 403) documento que es otorgado por el G.A.M.L.P. en favor de personas naturales o jurídicas La inhabilitación o baja de la actividad económica, debe realizarse mediante la plataforma de atención ciudadana adjuntando los datos de la solicitud, y el pago de las duodécimas que correspondan por concepto de la Patente de Funcionamiento Anual, luego de la revisión de los documentos se procede a verificar la documentación y se deriva el trámite a la instancia pertinente. Finalmente se emitirá el Formulario 403 de baja o inhabilitación de la actividad económica y se procesará la baja en el sistema tributario pertinente. Donde se inicia el servicio Plataforma de Atención Ciudadana de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo de la Administración Tributaria Municipal, ubicada en el Edificio Armando Escobar Uría ( Ex Banco del Estado), calle Colón esq. Mercado. Piso 1, ventanillas, 8, 9, 10, 11 y 12. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo. Teléfono(s) y sitio(s) web de consultas: Líneas WhatsApp 62443035 – 71552352 Sitio(s) web y/o redes sociales: 1. Página web: http://atm.lapaz.bo2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal Días y horarios de atención: Lunes a Viernes de: 08:00 a 18:30 NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio. Tiempo de duración: 15 minutos Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: La inhabilitación o baja de la actividad económica se la efectúa únicamente cuando la actividad no cuenta con deuda por concepto de la Patente de Funcionamiento Anual, ni registre Facilidades de Pago o procesos de fiscalización activos. En caso de solicitar baja para varias actividades, se debe presentar un trámite para cada actividad económica a inhabilitar de forma individual. La Inhabilitación de la Actividad Económica corre a partir de la comunicación formal del cese de la baja actividad económica (presentación de la solicitud). Requisitos: Persona Natural o Unipersonal: Nota de solicitud dirigida a la Administración Tributaria Municipal  con la referencia “INHABILITACIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA” Fotocopia de Cedula de Identidad del  titular Licencia de Funcionamiento Original en caso de estar vigente. Una fotografía del frontis de la actividad económica que  acredite el retiro de la Variable de identificación o su inexistencia. Fotografía del local vacío (que muestre el número de la puerta de actividad económica que se requiere dar de baja). Pago de patentes de funcionamiento hasta la fecha  de solicitud de inhabilitación. Persona Jurídica:  Nota de solicitud dirigida a la Administración Tributaria Municipal con la referencia “INHABILITACIÓN DE ACTIVIDAD ECONÓMICA”. Fotocopia de Cédula de Identidad del Representante legal Fotocopia del Poder del Representante legal Licencia de Funcionamiento Original en caso de estar vigente. Una fotografía del frontis de la actividad económica que acredite el retiro de la Variable de identificación o su inexistencia. Fotografía del local vacío (que muestre el número de la puerta de actividad económica que se requiere dar de  baja). Pago de patentes de funcionamiento hasta la fecha de inhabilitación. Apoderado adicionar: Documento de Identidad del apoderado. Testimonio Poder. Pasos del ciudadano: 1. Verificar la inexistencia de deuda por Patentes de Funcionamiento.2. Presentar los requisitos en la Plataforma.3. Firmar la Declaración jurada de Inhabilitación/baja, Formulario 403. Importante: El trámite es presencial y se realiza directamente en las plataformas de atención habilitadas para este fin, el pago de duodécimas a la fecha de inhabilitación (fecha de presentación de la solicitud), es requisito imprescindible para efectuar el trámite de baja de la actividad económica. Documento/Servicio final: Inhabilitación de la actividad económica, Firma y entrega de la Declaración Jurada de baja (Formulario 403). Marco Legal:  1. Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492.2. Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310.3. Ley Municipal Autonómica N° 217 y sus modificaciones.4. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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EMISIÓN DE CERTIFICACIONES DE NO TENENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO NI PATENTE DIGITALES

En que consiste: Emisión de certificaciones digitales de no tenencia de Licencia de Funcionamiento ni Patente, de forma directa a través del sistema Igob 24/7. Donde se inicia el servicio: Sistema Igob 24/7 Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo. Teléfono(s) de consulta(s): Líneas WhatsApp 62443035 – 71552352 Sitio(s)  web y/o redes sociales: Página web: https://igob247.lapaz.bo Página Facebook: Administración Tributaria Municipal Días y horarios de atención: El servicio está disponible las 24 horas del día y todos los días, es un trámite digital. Tiempo de duración: Máximo 30 minutos. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Inicialmente el usuario tiene que estar registrado o debe registrarse en el Igob 24/7. Requisitos: Registrarse en el Igob 24/7 Pasos del ciudadano: 1. Para la emisión en línea de certificaciones de no existencia de registro de Licencias de Funcionamiento y Patentes, el usuario debe ingresar al siguiente enlace:https://igob247.lapaz.bo/2. Una vez cargada la página, deberá ingresar sus credenciales de acceso (usuario y contraseña) para continuar con el trámite.3. Luego de haber iniciado sesión, el usuario debe dirigirse al menú en el lado izquierdo, en la quinta opción para así poder observar y seleccionar la opción de: CERTIFICACIÓN DE NO EXISTENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y/O PATENTE.4. Se generará una pantalla donde el usuario pueda obtener el certificado, para el efecto debe dar clic sobre el botón “Crear Solicitud”, debiendo verificar los datos personales registrados en el Igob 24/7, en caso de no existir observaciones, el solicitante podrá proseguir el trámite.5. NOTA: En caso de contar con Licencia de Funcionamiento o Patente el sistema emitirá un mensaje y no permitirá la creación de la solicitud.6. Verificados los datos personales el solicitante deberá presionar el botón PAGAR, el sistema generará las opciones de pago (con tarjeta o QR).7. Confirmado el pago, se generará un mensaje de confirmación donde el usuario debe presionar sobre el botón “SI” y automáticamente se abrirá una nueva pestaña en el navegador con el certificado.8. Para descargar la factura el solicitante debe volver a la pantalla de solicitudes creadas, la cual podrá ser impresa. Importante: El presente tiene costo. Documento/Servicio final: Certificado Original Marco Legal:  Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492. Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310. Ley Municipal Autonómica N° 217 y sus modificaciones. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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Emisión de Liquidaciones con el beneficio del descuento por la Variable de Identificación de  actividades económicas

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Consiste en el registro del descuento por la Variable de Identificación de la Actividad Económica. En caso de que la exhibición del elemento de identificación de la actividad económica tenga carácter obligatorio en razón de disposición normativa específica, para el efecto los contribuyentes deberán cumplir con las condiciones establecidas por la normativa municipal vigente. Donde se inicia el servicio CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Planta Baja, plataforma de atención al ciudadano SITRAM 24/7. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, empadronamiento y Archivo. Sitios Web: Líneas WhatsApp 62443035 – 71552352 Sitios Web: Página web: http://atm.lapaz.bo Página Facebook: Administración Tributaria Municipal Días y horarios de atención: ATENCIÓN PRESENCIAL Lunes a Viernes de: 08:30 a 18:30 NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio. Tiempo de duración: 72 horas para el procesamiento del trámite desde que ingresa la solicitud a la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: 1. La actividad económica no debe tener bloqueo por proceso de fiscalización o liquidación mixta por las gestiones que solicita la certificación. 2. Los requisitos solicitados deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones. 3. La proforma o liquidación tiene una validez de dos días hábiles. Requisitos: Persona Natural o Unipersonal: Nota de Solicitud Documento de Identidad del propietario Licencia de Funcionamiento Vigente Normativa específica que determine la obligatoriedad de colocar una Variable de Identificación, dependiendo al rubro al que pertenece la actividad económica. Persona Jurídica:  Documento de Identidad del representante legal. Poder del representante legal. Normativa especial, dependiendo al rubro al que pertenece la actividad económica. Licencia de Funcionamiento Vigente Normativa específica que determine la obligatoriedad de colocar una Variable de Identificación, dependiendo al rubro al que pertenece la actividad económica Apoderado: Documento de Identidad del apoderado. Testimonio Poder Pasos del ciudadano: Ingresa los requisitos en la ventanilla del SITRAM. En caso de corresponder la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo atenderá el trámite y en el término de 72 horas emitirá la liquidación con el beneficio del descuento del 50% y entregara al contribuyente. El ciudadano puede hacer seguimiento del trámite mediante el número de hoja de ruta asignado. El contribuyente una vez recepciona la liquidación debe apersonarse  a cualquier entidad financiera autorizada para realizar el pago. Importante: El trámite es Gratuito. Documento/Servicio final: Proforma o liquidación de pago con el descuento correspondiente. Marco Legal:  Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492. Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310. Ley Municipal Autonómica N° 217 y sus modificaciones. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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Emisión de certificaciones de actividades económicas

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: La emisión de certificaciones se realiza en atención a solicitudes presentadas por los contribuyentes o ciudadanos. Donde se inicia el servicio CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Planta Baja, plataforma de atención al ciudadano SITRAM 24/7. Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo. Teléfono(s) de consulta(s): Líneas WhatsApp 62443035 – 71552352 Sitio(s) web: 1. Página web: http://atm.lapaz.bo2. Página Facebook: Administración Tributaria Municipal Días y horarios de atención: Lunes  a  Viernes de: 08:30  a 18:30  NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio. Tiempo de duración: 72 horas para el procesamiento del trámite desde que ingresa la solicitud a la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Los requisitos solicitados deberán ser legibles, no tener tachaduras ni borrones. Recojo del certificado, Archivo Central, ubicado en el primer piso del Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Ingreso por la Calle Colón. Previamente al trámite se debe realizar el ingreso de los requisitos con Hoja de Ruta en la plataforma de SITRAM 24/7. Requisitos: Persona Natural o Unipersonal: Nota de Solicitud Documento de Identidad del interesado  Persona Jurídica:  Nota de solicitud Documento de Identidad del representante legal. Poder del representante legal.  Apoderado: Documento de Identidad del apoderado. Testimonio Poder Pasos del ciudadano: Ingresa los requisitos en la ventanilla del SITRAM 24/7 El ciudadano puede hacer seguimiento del trámite mediante el número de hoja de ruta asignado. El ciudadano deberá apersonarse a Archivo General de la Administración Tributaria Municipal para recoger la certificación después de realizar el pago correspondiente. Documento/Servicio final: Certificado Original Importante: El presente no tiene costo. Marco Legal:  Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492. Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310. Ley Municipal Autonómica N° 217 y sus modificaciones Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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Emisión de Resolución Administrativa de Exención de actividades económicas

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Es el beneficio que otorga la Administración Tributaria Municipal a todas aquellas actividades cuya función no persigue fines lucrativos, que consiste en la exención del 100% en el pago de la Patente de Funcionamiento Anual. Donde se inicia el servicio CENTRAL: Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado) Planta Baja, plataforma de atención al ciudadano SITRAM 24/7 Instancia responsable: Administración Tributaria Municipal, a través de la Unidad de Recaudación, Empadronamiento y Archivo. Teléfono(s)  de consulta(s): Líneas WhatsApp 62443035 – 71552352 Sitio(s) web Página web: http://atm.lapaz.bo Página Facebook: Administración Tributaria Municipal Días y horarios de atención: CENTRAL – lunes a viernes de: 08:30 a 18:30 NOTA.- Estos horarios están sujetos a modificación por emergencias, contingencias u otros que puedan generar algún cambio. Tiempo de duración: 30 días hábiles para el procesamiento del trámite desde que ingresa la solicitud a la Administración Tributaria Municipal. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: La actividad económica no debe tener bloqueo por proceso de fiscalización o liquidación mixta por ninguna gestión. El solicitante debe cumplir las condiciones establecidas en normativa vigente. La Exención es otorga desde la gestión en la cual se solicita la exención. Recojo de la Resolución Administrativa de exención en oficinas de la Sección Jurídica dependiente de la Administración Tributaria Municipal, el tercer piso del Edificio Armando Escobar Uría (Ex Banco del Estado). Previamente al trámite se debe realizar el ingreso de los requisitos con Hoja de Ruta en la plataforma de SITRAM 24/7. Requisitos: Titular: Nota de solicitud dirigida a la Administración Tributaria Municipal Estatuto Orgánico o Acuerdo Marco aprobado Reglamento Interno Poder del Representante Legal Documento De Identidad del Representante Legal Número de Identificación Tributaria – NIT Certificado de Inscripción en el Servicio de Impuestos Nacionales Licencia de Funcionamiento Vigente Apoderado: Documento de Identidad del apoderado. Testimonio Poder. Pasos del ciudadano Dejar la solicitud en la Plataforma del Sistram 24/7 adjuntando todos los requisitos. En caso de que el trámite cumpla todos los requisitos y condiciones determinadas en la normativa municipal vigente, el contribuyente podrá recoger de la Sección Jurídica dependiente de la Administración Tributaria Municipal la Resolución Administrativa de exención. De forma anual debe solicitar la liquidación en cero, adjuntando la Resolución Administrativa de Exención para el registro de la exención, el Estatuto Orgánico o Acuerdo Marco aprobado, Poder del Representante Legal, el Documento de Identidad del Representante Legal y Licencia de funcionamiento vigente. El ciudadano puede hacer seguimiento del trámite mediante el número de hoja de ruta asignado. El contribuyente una vez recepciona la liquidación debe apersonarse a cualquier entidad financiera autorizada para realizar la presentación de la liquidación en cero durante el periodo de cobro de la gestión fiscal, posteriormente el sistema generará Multa Por Incumplimiento a Deberes Formales. Importante: El presente trámite no genera costo. Documento/Servicio final: Resolución Administrativa de Exención de Patentes Municipales y liquidación en cero. Marco Legal:  Código Tributario, Ley Nacional Nº 2492. Reglamento Código Tributario, Decreto Supremo Nº 27310. Ley Municipal Autonómica N° 217/2016 y sus modificaciones. Otros Reglamentos y Normativas emitidas por la Administración Tributaria Municipal y el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

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APROBACION DE PLANOS AS BUILT

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Aprobación de planos, con el fin de tener información actualizada y verídica de las construcciones en el Cementerio General. Donde se inicia el servicio Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199. Instancia responsable: Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz. Teléfono(s) de consulta(s): 2455259  Sitio(s) web y/o redes sociales: https://www.lapaz.bo/infoservicio/cementerio/ Días y horarios de atención: Lunes a Viernes 08:00 a 16:00 horas. Tiempo de duración: Variable según el caso. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Las mediciones para la elaboración de los planos As Built deben ser realizados por un profesional externo. Requisitos: Persona Natural/Jurídica: Nota de solicitud dirigida a la Abog. Erika Patricia Endara Franco Director General Ejecutivo. Cedula de identidad del titular(es) del mausoleo o representante legal de la persona jurídica (fotocopia). Comprobante de pago de la última gestión (fotocopia) Copia legalizada de resolución municipal pronunciada por el ejecutivo o el consejo municipal (en el caso del que se haya otorgado alguna transferencia, con sesión, autorización u otro documento. Copia legalizada del testimonio de escritura pública en concesión de derecho de construcción Plano de ubicación, Planos Arquitectónicos 1 original y 2 copias con firma del proyectista y los solicitantes.  Planos arquitectónicos (2 copias), en formato digital (CD en AutoCAD protegido en caja y rotulado). Con layer de polígonos cerrados con cálculo de superficies. Pasos del ciudadano: Presenta solicitud escrita en plataforma de información para registro de Hoja de Ruta en Sitr@m. Realizar seguimiento en el Área de Mantenimiento Recoger el informe del Área de Mantenimiento para su prosecución. Recaba ticket de atención en Informaciones y espera su turno para ser atendido (si corresponde) Se apersona a la plataforma indicada, entrega el ticket de atención y presenta los requisitos establecidos. Recibe la proforma de pago FUEC de la plataforma Cancela en caja de la EDMCLP y recaba su factura. Recoge los planos aprobados en el tiempo señalado por los funcionarios. Importante: APROBACION DE PLANOS DE MAUSOLEOS (M2) 90Bs. Documento/Servicio final: Proforma de pago FUEC (Formulario único de entidad de cementerio), factura, informe Técnico de Aprobación de Planos. Marco Legal:  Resolución de Directorio Nº 011/2024, 30 de Diciembre 2024.

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Certificaciones

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: La certificación es un documento emitido por Administración del Cementerio General, donde se certifica la prestación de servicios, titularidad de sepulturas perpetuas y otros relacionados. Donde se inicia el servicio Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199. Instancia responsable: Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz. Teléfono(s) de consulta(s): 2455259 Sitio(s) web y/o redes sociales: FACEBOOK “Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz” Días y horarios de atención: Lunes a Viernes 08:00 a 16:00 horas. Tiempo de duración: 48 horas. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Podrán solicitar la certificación familiares en línea directa (1er. y 2do. grado), los titulares de las sepulturas perpetuas. La solicitud realizada por terceras personas deberá ser mediante orden judicial o con algún poder emitido. Requisitos: Persona Natural/Jurídica: Nota de solicitud dirigida a la Directora General Ejecutiva de la Entidad. Fotocopia de la cedula de identidad del solicitante para acreditar su interés legal. Pasos del ciudadano: Apersonarse a Plataforma de Atención al Ciudadano para recepción de la solicitud de la certificación. Recabar ticket de atención en Informaciones y espera su turno para ser atendido. Se apersona a la plataforma indicada, entrega el ticket de atención y presenta la carta de solicitud de cambio de titularidad con el sello de recibido. Recibe la proforma de pago FUEC de la plataforma Cancela en el cajero de la EDMCLP y recaba su factura. Recaba personalmente su certificación. Importante: ITEM TOTAL  Bs CERTIFICACIONES 198 Documento/Servicio final: Proforma de pago FUEC (formulario único de entidad de cementerio), factura, certificación de lo solicitado emitido por el Área de Archivo. Marco Legal:  Resolución de Directorio Nº 011/2024, 30 de Diciembre 2024.

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Permiso de construcción, remodelación y ampliación de mausoleos familiares o institucionales

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Es otorgar permisos de construcción, remodelaciones y ampliaciones de Mausoleos familiares y/o institucionales, con el fin de satisfacer las necesidades de las personas naturales y/o jurídicas. Donde se inicia el servicio Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199. Instancia responsable: Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz. Teléfono(s) de consulta(s): 2455259 Sitio(s) web y/o redes sociales: FACEBOOK “Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz” Días y horarios de atención: Lunes a Viernes 08:00 a 16:00 horas. Tiempo de duración: Variable según el caso. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Si el mausoleo está declarado patrimonio del municipio, no puede realizar ningún tipo de remodelación o ampliación o en su caso requerir previamente a la Dirección de Patrimonio del GAMLP una autorización expresa. Requisitos: Persona Natural/Jurídica: Nota de solicitud dirigida a la Abog. Erika Patricia Endara Franco Directora General Ejecutiva. Cedula de identidad del titular(es) del mausoleo o representante legal de la persona jurídica (fotocopia). Comprobante de pago de la última gestión (fotocopia) Copia legalizada de resolución municipal pronunciada por el ejecutivo o el consejo municipal (en el caso del que se haya otorgado alguna transferencia, con sesión, autorización u otro documento. Copia legalizada del testimonio de escritura pública en concesión de derecho de construcción Para la construcción, remodelación y/o ampliación, Plano de ubicación, Planos Arquitectónicos 1 original y 2 copias con firma del proyectista y los solicitantes. Planos arquitectónicos (2 copias), en formato digital (CD en AutoCAD protegido en caja y rotulado). Con layer de polígonos cerrados con cálculo de superficies. Fotocopia simple de la Cedula de Identidad vigente de las personas que realizaran el trabajo. Para la construcción, remodelación y/o ampliación Cronograma de trabajo. Pasos del ciudadano: Presenta solicitud escrita en plataforma de información para registro de Hoja de Ruta en Sitr@m. Realizar seguimiento en el Área de Mantenimiento Recoger el Memorándum de Autorización del Área de Mantenimiento para su prosecución. Importante: Una vez concluidos los trabajos deben apersonarse por el área de Mantenimiento para la conformidad. Documento/Servicio final: Memorándum de Autorización. Marco Legal:  Resolución de Directorio Nº 011/2024, 30 de Diciembre 2024.

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REGULARIZACIÓN DE TITULARIDAD

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Es la regularización por el cual se reconoce la titularidad y los derechos de uso a perpetuidad sobre sepulturas, constituidos o adquiridos por transferencias o cesión antes de diciembre de 2013, pudiendo regularizarse en Archivos y sistemas del Cementerio General. Donde se inicia el servicio Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199. Instancia responsable: Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz. Teléfono(s) de consulta(s): 2455259 Sitio(s) web y/o redes sociales: FACEBOOK “Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz” Días y horarios de atención: Lunes a Viernes 08:00 a 16:00 horas. Tiempo de duración: De 15 a 20 días de acuerdo a los plazos establecidos. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: No se reconocerán los derechos de uso a perpetuidad constituidos entre particulares con posterioridad a diciembre de 2013. Requisitos: Persona Natural/Jurídica: CARTA SIMPLE DIRIGIDA a la Abg. Erika Patricia Endara Franco – Directora General Ejecutiva de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerios de La Paz, presentado en folder de color amarillo y foliado de atrás hacia adelante solicitando ingresar al proceso de regularización. Documento Público de Transferencia o Cesión emitido antes de Diciembre de 2013. Pagos de Servicio de Conservación y Limpieza de Vías de Circulación vigentes, sin deuda. Cedula de Identidad de ambas partes (fotocopia simple). Boleta de Inspección ORIGINAL emitida por la Entidad. La sepultura debe encontrarse ocupada con restos de familiares del solicitante desde antes de Diciembre de 2013. Debiendo acreditar parentesco mediante certificados de nacimiento, Bautizo, matrimonio, etc.   Pasos del ciudadano: Presenta solicitud escrita en plataforma de  atención al ciudadano para registro de Hoja de Ruta en Sitr@m. Realiza el seguimiento del trámite vía llamada telefónica. Recaba ticket de atención en plataforma y espera su turno para ser atendido. Se apersona a la plataforma indicada, entrega el ticket de atención y presenta la carta de solicitud de cambio de titularidad con el sello de recibido. Recibe la proforma de pago FUEC de la plataforma. Cancela en caja de la EDMCLP y recaba su factura. Recaba personalmente su Resolución de Cambio de Titularidad en secretaria de la Entidad. Importante: ITEM TOTAL  Bs CAMBIO DE TITULARIDAD DE SEPULTURA 349 Documento/Servicio final: Proforma de pago FUEC (formulario único de entidad de cementerio), factura y Resolución Administrativa de Regularización de Titularidad. Marco Legal: Resolución de Directorio Nº 011/2024, 30 de Diciembre 2024.  

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CAMBIO DE TITULARIDAD DEL DERECHO DE USO A PERPETUIDAD DE SEPULTURA PERPETUA POR SUCESIÓN HEREDITARIA

Si tiene alguna duda o consulta sobre el contenido de este trámite no dude en contactarse al siguiente correo: correspondencia@lapaz.bo  En que consiste: Es la sucesión del derecho de uso a perpetuidad de nichos y sarcófagos entre familiares, para preservar la titularidad de los nichos y sarcófagos y conservar los restos inhumados en su interior.Derecho de uso, es el derecho de uso real sobre una cosa ajena en este caso las sepulturas perpetuas, cuya propiedad no le pertenece al usuario. Donde se inicia el servicio Oficinas de la Administración de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz, Zona Callampaya, Av. Baptista N° 1199 Instancia responsable: Dirección General de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz. Teléfono(s) de consulta(s):    2-455259 Sitio(s)  web y/o redes sociales:   FACEBOOK “Entidad Descentralizada Municipal de Cementerio La Paz” Días y horarios de atención: Lunes a Viernes 08:00 a 16:00 horas. Tiempo de duración: De 10 a 15 días. Antes de empezar su trámite, usted necesita saber que: Si no cuenta con los documentos de titularidad deberá solicitar de forma escrita la revisión en archivo de la Administración del Cementerio General. Para realizar la sucesión hereditaria y/o solicitud escrita del usuario titular a favor del conyugue o hasta el cuarto grado de consanguinidad en línea directa o colateral, en relación al derecho de uso a perpetuidad de un nichos y sarcófagos se debe tener los pagos al día de Conservación y Limpieza de Vías de Circulación. Requisitos: Persona Natural/Jurídica 1. CARTA SIMPLE DIRIGIDA a Abg. Erika Patricia Endara Franco – Directora General Ejecutiva de la Entidad Descentralizada Municipal de Cementerios de La Paz solicitando el cambio de titularidad por sucesión hereditaria.2. Pagos de Servicio de Conservación y Limpieza de Vías de Circulación vigentes, sin deuda.3. Original o fotocopia legalizada del Testimonio o la Resolución de la Declaratoria de Herederos, emitido por el juez de Instrucción en lo Civil del Tribunal Departamental de Justicia, o Notario de Fe Publica.4. Cedulas de identidad de los declarados herederos (fotocopia simple).5 Certificados de Nacimiento y/o matrimonio de los declarados herederos (fotocopia simple)6. Boleta de Inspección ORIGINAL emitida por el inspector de la EntidadEn caso de que el usuario titular solicitara el cambio de titularidad en vida deberá presentar:7. Minuta protocolizada de cambio de titularidad del derecho de uso a perpetuidad a favor de un familiar hasta el cuarto grado consanguíneo o colateral.8. Cedulas de identidad del o los familiares beneficiados (fotocopia simple).9. Documento que acredite parentesco entre el titular y los familiares beneficiados (Certificados de Nacimiento y/o matrimonio, etc.)10. Testimonio de protocolización de la escritura pública de la Minuta de Cambio de titularidad del derecho de uso a perpetuidad a favor del conyugue o hasta el cuarto grado de consanguinidad en línea directa o colateral. Pasos del ciudadano: Presenta solicitud escrita en plataforma de información para registro de Hoja de Ruta en Sitr@m. Realiza el seguimiento del trámite vía llamada telefónica Recaba ticket de atención en Información y espera su turno para ser atendido Se apersona a la plataforma indicada, entrega el ticket de atención y presenta la carta de solicitud de cambio de titularidad con el sello de recibido. Recibe la proforma de pago FUEC de la plataforma Cancela en caja de la EDMCLP y recaba su factura. Recaba personalmente su Resolución de Cambio de Titularidad en secretaria de la Entidad. Importante (Precios): ITEM TOTAL  Bs CAMBIO DE TITULARIDAD DE SEPULTURA 349 Documento/Servicio final: Proforma de pago FUEC (formulario único de entidad de cementerio), factura y Resolución Administrativa del cambio de titularidad. Marco Legal: Resolución de Directorio Nº 011/2024, 30 de Diciembre 2024.

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